PROTESTAS DE EL PENSADOR ANTE EL PÚBLICO
Y EL SEÑOR PROVISOR(1)

 

señor provisor(2)

 

 

El capitán Joaquín Fernández de Lizardi ante vuestra señoría, con el debido respeto y conforme a derecho, digo que el día 13 de éste se me entregaron de orden de vuestra señoría dos calificaciones hechas por los doctores don Ignacio Grajeda(3) y don Ignacio María Lerdo a mis Conversaciones Sexta, Vigésima y Vigésima Segunda,del primer tomo del Payo y el Sacristán;(4) previniéndome vuestra señoría que las conteste dentro del preciso término de ocho días, entendido de que pasados se dará por desamparada la causa y a mí por convencido, como previene el artículo 26 del reglamento del eminentísimo señor cardenal de Escala.(5)

No es de mi objeto, por ahora, examinar si el tal reglamento, que se hizo para España, donde no tuvo efecto, debe regir en esta República, ni si es compatible una Junta de Censura Eclesiástica,(6) a cuya previa calificación se sujetan algunos escritos, con la verdadera libertad de imprenta y con un tribunal de jurados a la vista. Mucho menos me detendré en averiguar si la actual Junta que me juzga tiene la legitimidad legal que se requiere para no temer que proceda por pasión, parcialidad o venganza, para que no sean nulas sus determinaciones, porque, habiendo yo hablado contra los abusos de los inquisidores, canónigos y religiosos graves, y componiéndose la junta de esta misma clase de sujetos, está muy en el orden el que me sean sospechosas sus providencias.

Pero prescindiendo, por ahora, de estos poderosos recursos que me franquea la ley a mi defensa, me contraeré únicamente a hacer ver a vuestra señoría que el plazo de ocho días que me ha señalado es insuficiente no ya para contestar dos calificaciones, pero ni para imponerme de una de ellas, cual es la del doctor Lerdo, que consta de quince fojas en folio de letra bien metida. Vuestra señoría conoce bien el tiempo que necesitaré para confrontar las citas que hace el censor, para ver si son fieles, si están truncadas o alteradas, para confrontar a los autores unos con otros, para averiguar el sentido en que han hablado, y para indagar si algunas doctrinas antiguas han sido reformadas o variadas por la Iglesia.

Un trabajo tan ímprobo como éste no pudiera concluirlo en ocho días un literato con una buena biblioteca, ¿cómo podré yo hacerlo careciendo de estos dos auxilios poderosos: literatura y libros? Agregue vuestra señoría a esto el tiempo que necesitaré para sostener mis opiniones con doctrinas de los mismos santos padres de la Iglesia; y, por último, llame toda su prudencia para conocer que el condenar una proposición es lo más fácil; pero el defenderla es muy difícil, demanda más tiempo y estudio; y si al doctor Lerdo apenas le bastaron tres meses para calificar mis proposiciones de heréticas y erróneas, ¿cuántos necesitaré yo para sacarlascatólicas y ortodoxas?

Si buscara en mi auxilio a la malicia, creería que la precipitación con que se quiere que responda en un tiempo tan estrecho y limitado era con el fin de sorprenderme para no dar lugar a mi defensa; pero no quiero pensar tan feamente de la virtud de vuestra señoría, y sólo lo atribuyo a una falta de advertencia en el asunto; pero después que yo mismo la hago, no debo creer que vuestra señoría sostenga su decreto por capricho.

Yo soy tan católico cristiano como vuestra señoría: me glorio de serlo, y aunque la fe no me asegurara en mi creencia y estuviera persuadido como los impíos a que todas las religiones son inventos humanos, necesarios para conservar el orden en las sociedades, yo no profesaría otra que la católica, porque, a la verdad, no hay otra religión más suave ni más conforme a la naturaleza que ésta. Amar y reconocer al Ser Supremo como autor y conservador nuestro es lo más sencillo y natural; amar y hacer bien a nuestros semejantes es tan natural que las bestias lo hacen sin violencia. En estos dos preceptos se encierra toda la ley, y los profetas: Amar a Dios sobre todo, y al prójimo como a ti.(7) La observancia de estos preceptos, y el reconocimiento al Ser Supremo, está impreso en nuestros corazones desde que existimos, en expresión del santo rey David: signatum est super nos lumen vultus tui, Domine.(8) Hasta aquí todo es natural; pero perdonar al enemigo, hacer bien al que nos hace mal,(9) darle la camisa al que nos quiere quitar la capa,(10) vender nuestros bienes para socorrer a los pobres, y renunciar los placeres del himeneo para consagrar a Dios nuestra perpetua castidad, esto no es natural: es muy heroico; y tan grandes virtudes estaban reservadas a la religión de Jesucristo; religión de paz, de amor y de dulzura, y por lo mismo digna del aprecio de todo el mundo.

Por tanto: yo soy cristiano por elección y por convencimiento; lo que deseo es que esta religión se presente al pueblo con toda la pureza y sencillez con que la dictó su Fundador, limpia de los lunares que la afean: sin superchería, sin fanatismo, sin ridiculeces y simonías interesables.

Contra los abusos, introducidos a sombra de nuestra santa religión, he declamado; contra los malos ministros del santuario, he escrito, no contra todos los ministros; contra las intrigas de Roma, intereses y vicios temporales de algunos papas,(11) he lamentado, no contra la sede apostólica, ni contra la autoridad pontificia, cuando ésta no excede los límites que le prescribe el Sacerdote Eterno, según el orden de Melchisedec.(12) Si éstas son herejías, repito que las he aprendido de los santos padres y doctores de la Iglesia.

Por tanto: a vuestra señoría suplico se sirva prorrogar el término de ocho días que me ha señalado, al de tres meses en que ofrezco contestar las calificaciones del doctor Lerdo y el doctor Grajeda, protestando dos cosas:

La primera, que, aunque vuestra señoría no me conceda este plazo (lo que no es de esperar de su prudencia), el público, sabedor de este asunto, entenderá muy bien que yo no desamparo mi causa por mala, ni menos me puedo dar por convencido si no se me oye.

La segunda, que, si después que yo defienda mis opiniones, se me redarguyere con la razón debida, hasta no dejarme qué decir, yo no soy irracional, ni soy indócil: protesto desde ahora para entonces reformar o retractar mis opiniones, que desde este instante sujeto al juicio de la Iglesia universal.

Vuestra señoría decretará en este asunto delicado según le dicte su prudencia e ilustración.

 

México, julio 19 de 1825.


[José] Joaquín Fernández de Lizardi

El Pensador Mexicano.

 

 


(1) Oficina de Ontiveros [Cf. nota 1 a La tragedia de los gatos...].

(2) provisor. Félix Flores Alatorre. Cf. nota 9 a Pésame de El Pensador...

(3) Ignacio Grajeda (1777-1847). En 1807 se graduó en Teología en la Universidad. Fue rector del Seminario entre 1824 y 1847. Reformador de estudios y disciplina. Catedrático de teología. Murió en Tepozotlán.

(4) Cf. en Obras Vop. cit.

(5) Dice así el citado artículo: “Siendo sumarios los juicios de censura, el Juez concederá término proporcionado al interesado para contestar al que se haya dado; y pasado éste sin contestar, se entenderá que se ha conformado con ella, y se estará y pasará por la calificación dada.” Se refiere a la Instrucción que debe observarse en el Arzobispado de Toledo para la censura y juicio religioso de los libros y proposiciones que sean dignos de sujetarse a ella, según las disposiciones conciliares, bulas pontificias y leyes de Cortes, a consecuencia de la abolición del Tribunal de la Inquisición. Dada en Madrid, a 24 de mayo de 1820, por Luis de Borbón, cardenal de Scala, arzobispo de Toledo, publicada en México y reimpresa en la Oficina de don Juan Bautista de Arizpe, 1821.

(6) En 1820 eran censores José Miguel Guridi y Alcocer, Manuel Gómez Marín, José Mariano Sardaneta, Pedro Acevedo y Andrés del Río, cura, catedrático, marqués, coronel y catedrático respectivamente. Suplentes: Vicente Ortiz, marqués del Apartado y el licenciado Carlos Ma. de Bustamante. En 1822, la Junta que excomulgó a Fernández de Lizardi estaba formada por Félix Flores Alatorre, presidente; José Nicolás Maniau y Torquemada, canónigo lectoral; José Miguel Guridi y Alcocer, canónigo magistral; Pedro González, prebendado racionero de la Catedral de México; Agustín de Iglesias, cura más antiguo del Sagrario; Antonio Cabeza de Vaca, cura de la parroquia de San Miguel; Juan Policarpo Amezua, cura de San Sebastián; Juan Díaz Calvillo, presbítero del oratorio de San Felipe Neri; Manuel Mercadillo, de la Orden de la Merced; Buenaventura Homedes, de la Orden de San Francisco; y José Ma. Aguirre, sacerdote secretario de la Junta.

(7) Dt. 6, 4-5. Mt. 7, 12; 22, 37-40. Mr. 12, 28-32.

(8) “¡Alza sobre nosotros, Señor, la luz de tu rostro!” Sal. 4, 7.

(9) Cf. nota 27 a Día del juicio...

(10) Mt. 5, 40 y Lc. 6, 29.

(11) Cf. Conversaciones del Payo y el Sacristán números 20, 22 y 23 del tomo II, enObras V, op. cit.

(12) Melquisedec. Rey de la ciudad de Salem y sacerdote de “El Elyon” (el Dios Altísimo) en tiempos de Abraham según está escrito en el Génesis 14, 18-20. El versículo de la Biblia en que se basa Fernández de Lizardi es: “Tú eres sacerdote para siempre según el orden de Melquisedec” (Sal. 109, 4). Cf. nota 9 a Mañas viejas...