H.3 Lo que se puede ver en este periodo es la extraña lógica del censor. ¿Conque de que yo diga que a la ilustración no la hacen volver atrás las excomuniones injustas o ad terrorem,(238) que eso quiere decir fulminantes, se infiere que ninguna atención ni deferencia me debe la suprema potestad de la Iglesia? ¡Valiente modo de sacar consecuencias! Si el doctor Lerdo advirtiera que yo hablo y siempre he hablado de las excomuniones injustas, no hiciera tan mal uso de su lógica. El señor doctor Mier,(239) cuya sabiduría y virtudes no serán sospechosas al censor, acaba de decir en su comunicado sobre la Encíclica citada, inserto en El Sol(240)del 20 del próximo pasado julio, hablando de esto, lo que sigue: “A fuerza de abusar de los rayos del Vaticano se desvaneció su ilusión y los ven pasar tranquilamente como fuegos fatuos. Ésas son armas que no valen sino para el que las tema.” No he dicho yo otro tanto, y me acrimina el censor terriblemente y sin ningún provecho, porque lo mismo que ha dicho el padre Mier, yo y tantos otros, lo dijo muchos años ha un papa y un santo como san Gelasio.(241) Oiga vuestra señoría sus palabras citadas por Van-Espen, en su tratado De censurae conditionibus, capítulo VI: “si la censura es injusta debe dar tanto menos cuidado cuanto que tal sentencia jamás puede gravar a nadie ante Dios y ante la Iglesia. Así es que no desee ser absuelto de ella el que no se crea obligado a pedir la absolución por la notoria injusticia de su delito.” Que diga ahora el doctor Lerdo que este papa habló con desprecio de las censuras y que ninguna deferencia le merecía la suprema potestad de la Iglesia.

I.3 No enseño, digo que los gobiernos pudieran y debieran mandar por ley que no fueran perpetuos los votos monacales. Estas palabras pudieran y debieran estar en el modo optativo y no en el indicativo como pueden y deben según dice el censor; creo de positivo que el gobierno debe velar por la felicidad de la sociedad que se ha entregado a su cuidado y que, contribuyendo no poco a esta felicidad el arrancarle a la indiscreción devota mil víctimas que por su cuenta yacen en los claustros, pudieran, no por sí sino impenetrando de su santidad la licencia necesaria, mandar que no se hicieran votos perpetuos.

Éste es el sentido con que se debe entender mi proposición, y lo entenderá fácilmente cualquiera que no trunque las palabras como el doctor Lerdo, sino leyendo todo mi párrafo entero. Allí se verá a la página segunda [sic] mi sumisión a la silla apostólica; y allí digo: “¿no está la puerta abierta y no es ahora el tiempo más oportuno para celebrar el Supremo Gobierno un concordato con la silla apostólica, exponiéndole en el idioma de los sabios todo cuanto yo digo en mi estilo sencillo y familiar, suplicándole su apostólico beneplácito para que alce el gobierno este formidable anatema de la perpetuidad de los votos, que tanto daño causa a los Estados, y cuya pública relajación, manifestada con públicos excesos, tanto escandaliza al pueblo fiel y religioso?”(242) ¿No está aquí demasiado claro mi modo de pensar en la materia? ¿Podré enseñar que en los gobiernos civiles haya facultad para relajar el voto sin permiso de la silla apostólica, cuando digo que puede suplicarse su apostólico beneplácito, y en la página 8 de mi Conversación 16 digo que: “el honorable Congreso [...] debe [...] mandar” (y “esto es muy fácil conseguirlo de nuestro santo [padre] León XII) [...] que ínterin se consulta a su santidad, los votos de las monjas no sean”(243) perpetuos? Es menester, señor provisor, renunciar a la justicia y a la razón para producirse contra mí como se produce el doctor Lerdo, aislando proposiciones, truncando periodos, fraguando sofismas, imputando al autor cosas que no dijo, y deduciendo consecuencias que no se infieren. Yo saco hereje al Espíritu Santo. Oiga vuestra señoría qué bello modo de probarlo. La Sagrada Escritura es dictada por el Espíritu Santo; es así que en la Sagrada Escritura se dice que no hay Dios; luego el Espíritu Santo dictó que no hay Dios. El que niega la existencia de Dios es hereje; el Espíritu Santo la niega, como lo hemos visto; luego, el Espíritu Santo es hereje.

En efecto, estas palabras: no hay Dios se hallan en la Sagrada Escritura dictadas por el Espíritu Santo; ¿pero cómo se hallan?, atribuidas a un ateísta, que es como decir a un tronco, y por eso dice el Espíritu Santo: dixit insipiens in corde suo, non est Deus. Dijo el necio en su corazón no hay Dios.(244) Ésta, lejos de ser herejía, es una verdad infalible; pero en omitiendo las palabras que anteceden dijo el necio en su corazón sale una herejía diabólica, cual es asegurar que el Espíritu Santo dijo que no hay Dios.

Éste es el modo de argüir del doctor Lerdo. Si este señor hubiera leído la célebre Bula del sabio Benedicto XIV que comienza: Solicita ac provida,(245)se hubiera abstenido de imputarme herejías y blasfemias, que no contienen mis escritos. “Amonestamos (dice este sabio pontífice) que se advierta cuidadosamente no poder formarse recto juicio del verdadero sentido del autor de una proposición, si no se lee enteramente todo su escrito; si no se comparan entre sí las expresiones colocadas en diversos lugares; si no se examina enteramente(246) todo el plan y objeto de su autor. No se pronuncie jamás de un escrito por una u otra proposición arrancada de su contexto, o considerada separadamente de las otras que se contienen en él; porque muchas veces sucede que lo que el autor dice en un lugar, de paso o con cierta oscuridad, en otro lo explica tan clara, distinta y copiosamente, que se desvanecen de todo punto las tinieblas esparcidas al parecer en la primera sentencia, a la siniestra inteligencia que presentaba a primera vista; de suerte que aparezca aquella proposición libre de toda nota... La misma equidad parece pedir que sus expresiones explicadas benignamente, se entiendan en buen sentido.”(247)Yo sentiré mucho que el doctor Lerdo no aproveche en lo subcasivo [sic] estas sabias lecciones que no le da El Pensador Mexicano, sino un papa literato como el señor Benedicto XIV.

Pero además de esto yo puedo probar, siempre que vuestra señoría lo exija, que los gobiernos pueden y deben reformar los puntos de disciplina providencial, aunque Roma no quiera siempre que conozcan que las reformas no son contrarias al Evangelio y necesarias a la felicidad de los pueblos. De esta clase es la reforma del voto de castidad. Cuando escribí mi Conversación no dije esto: ahora lo digo y para probarlo no necesito sino de su insinuación por escrito.

J.3 No hay complicación sino cuando no se me quiere entender.

K.3 El doctor Lerdo nunca comprende lo que es a mi favor.

L.3 Contra ese texto se pueden oponer los que mandan que los eclesiásticos no se mezclen en los negocios de los seculares. Córrase traslado de esta conformidad de textos a los beneméritos eclesiásticos que han sido y son ministros de estado y diputados a Cortes, esto es, legisladores de seculares. Es menester mucha parcialidad para no advertir que es temeridad apedrear el tejado del vecino, teniendo el nuestro de vidrio. Se quiere que les disimulemos a los eclesiásticos no sólo que se injieran en nuestros negocios, sino que nos den leyes, y a ese tiempo se nos niega la facultad de clamar siquiera por la reforma de sus abusos; aquí sí encaja de perlas aquel versito viejo:

Si quieres que nos queramos,

ha de ser con condición,

que tú pases por lo mío

y yo por lo tuyo no.

Nosotros los seculares hemos de pasar por cuanto nos manden los eclesiásticos y no nos ha de ser lícito decir siquiera que los curas gravan a los pueblos, y que no los gravaran si los canónigos no se aprovecharan de los diezmos, que son y deben ser consagrados a los curas como ministros del culto, y a los pobres como parte de la Iglesia.

Las palabras de Osio, que fue un obispo, citadas por el censor en latín, y dirigidas al emperador Constancio, yo se las pondré al pueblo en castellano para que entienda cuánto ha sido el orgullo, ambición y despotismo eclesiástico, empeñado en perpetuar a los pueblos en la esclavitud. Dice, pues, aquel obispo al emperador: “No te metas en asuntos eclesiásticos sino aprende de nosotros lo que debes hacer: Dios te dio el imperio pero a nosotros nos dio las cosas eclesiásticas.” ¡Qué tal! ¿No está avanzado el texto? A nosotros Dios nos ha concedido nuestra libertad; pero con la condición de que nos manden los eclesiásticos. Es decir, hemos sacudido el yugo español; pero no hemos de sacudir el yugo teocrático, mientras que estos señores no quieran. Que admita el gobierno esta doctrina, que sujete a la decisión del clero rico (el clero pobre no debe dar cuidado) su modo de pensar, o a la del mismo papa que hoy es nuestro enemigo capital en materias políticas y veremos si somos independientes de aquí a cuatro años.

LL.3 El censor creerá lo que quisiere; pero yo creo que no ha probado nada.

M.3 Las prohibiciones de los libros sin impugnarlos no son otra cosa sino provocaciones para leerlos. Me dicen que la Representación de Tailleran [sic] al papa está terrible, que echa por tierra todo el fundamento de nuestra santa religión, y que no es una obra de diez tomos en folio como la de Natal Alejandro, sino un cuadernito de cinco o seis pliegos, así como Las preguntas de Zapata,(248)que apenas tienen tres pliegos de papel. Estas obrillas heréticas están prohibidas; y sin embargo andan en todas manos. ¿No fuera mejor impugnarlas que prohibirlas? Una de dos, o hay razón o no hay razón para prohibirlas. Si hay razón, ¿por qué no se manifiesta?, ¿por qué no se impugnan?, ¿por qué no se destruyen sus pruebas?, ¿por qué no se desmienten sus citas? Y si no hay razón, ¿por qué se prohíben? Desengañémonos, señor provisor, el prohibir la lectura de un libro sin impugnarlo es decirle al público: este libro es bueno: no me tiene cuenta que lo leas, pero cómpralo más caro. Esto no es aprobar las doctrinas de Tailleran[d] ni de Zapata, sino decir que antes hubiera sido mejor que el doctor Lerdo y los sabios teólogos y críticos de México hubiesen empleado sus talentos en refutarlas, que entretenerse en impugnar con tanto trabajo mis Conversaciones Veinte y Veinte y dos que respiran catolicismo.

N.3 Yo creeré, en efecto, que vuestra señoría y su respetable Junta decidirán en este asunto con más acierto que el doctor Lerdo.

Ñ.3 Esta general aprobación del dictamen del doctor Lerdo en todas sus partes por uniformidad de votos, me hace creer que no es obra de la rectitud, sino del parcialismo. Siento explicarme así, señor provisor: podré engañarme; pero vuestra señoría y los señores que componen su respetable Junta tienen mucho talento y honor para dejar de conocer y confesar que, si me equivoco en mi opinión, mis sospechas no carecen de fundamento.

Siempre he abominado al despótico Tribunal de la Inquisición por cruel, ilegal, fanático, hipócrita, ignorante y ladrón; vuestra señoría, en conformidad con las costumbres de aquella época, perteneció a tan infame Tribunal, y es imposible que se conforme con mi modo de pensar: por tanto, vuestra señoría por delante, y dispénseme mucho, me es sospechoso. Los señores doctores don Ciro Villaurrutia, don José Nicolás Maniau y don José Guridi y Alcocer son canónigos, y yo he dicho que los canónigos no son de institución divina en la Iglesia, que son unos ociosos que de nada sirven, que gravan al pueblo absorbiéndose los diezmos destinados para el culto divino, sustentación de los curas y socorro de los pobres; y que los canónigos de México son además unos chaquetas(249) borbonistas de pública notoriedad, enemigos de nuestra Independencia, que no quieren pintar ni con carbón ni con almagre una aguilita(250) en el frontispicio de Catedral, donde con tanto lujo pusieron de preciosa calamina las armas de España; escudo que me dicen lo conservan sus señorías bien empapelado, esperando la venida del Mesías.(251) ¿Cómo es capaz que crea yo que haya un canónigo amigo mío?

Los doctores don Antonio Cabeza de Vaca y don Juan Policarpio Amesua son curas ricos, y yo he hablado contra esos pastores de Israel que, según el profeta Ezequiel, citado en mi nota [J.2], matan las ovejas más gordas, se beben su leche y aun su sangre en expresión de un santo padre, y se presentan lujosos con su lana. Es de fe católica que no debe haber no ya un cura rico, ni con coche, pero ni medianamente acomodado; y si no, falsifíquese nuestra religión que nos dice, según Ripalda, que los pobres de espíritu (que deben serlo todos los sacerdotes) son los que no quieren honras ni riquezas ni aun moderadas. Un cura que tiene su coche, o a lo menos su buena casa con vidrieras y ajuar lujoso, su buena mesa servida con plata, sus muchos criados, y cuanto el hombre puede apetecer para vivir en la molicie, no es pobre de espíritu: es de otra raza muy distinta de la de los apóstoles; es un azote de los pueblos y un intruso en la Iglesia de Dios. Contra estos curas he hablado: ¿cómo me han de querer estos señores?

El bachiller don Manuel Sartorio, que aparece graduado de licenciado, quién sabe por quién, aunque es un doctor por su virtud y sabiduría, es un buen eclesiástico, digno de mi consideración y muy patriota; pero un inocente que hace alarde de portar la Cruz de la Orden de Guadalupe,(252) instalada por un emperador que la nación misma despojó de su rango; yo he escrito contra esta sencillez de este benemérito eclesiástico: él es hombre, tiene amor propio y es imposible que defiera a mis opiniones, por santas que sean, si no se quita la cruz.

Entre los calificadores que se conformaron con la censura del doctor don Ignacio Grajeda, que hizo sobre mi Sexta Conversación del Payo y el Sacristán, hay otros a quienes les tocan las generales. Tales son los reverendos padres fray Buenaventura Homedes y maestro fray Domingo Barreda.(253) Estos individuos son frailes gordos, y como yo he declamado contra los frailes gordos que maltratan a los flacos con su orgullo antievangélico, y que los matan de hambre, partiendo con ellos las rentas de los conventos al modo de Nicolás, que siempre dejaba para sí lo más, es fuerza presumir que estos reverendos padres no han de ser muy de mi devoción. Agregue vuestra señoría a esto que ya desde el año de [18]22 me han dado en qué entender y yo les he dado en qué pensar. Los señores canónigos Maniau y Alcocer, los curas Cabeza de Vaca y Amesua y el reverendo Homedes fueron los que cooperaron con su calificación a que me excomulgara el señor Flores Alatorre. Yo los recusé a todos sacándoles sus faltas a la calle; se han creído agraviados de mí, antes y después de aquella época, con que es muy justo y muy prudente el juzgar que la unánime aprobación que dieron a la indigesta censura del doctor Lerdo no es obra del celo de la religión, sino de una venganza prevenida. Séame lícito explicarme así en términos de defensa, porque no encuentro en el idioma castellano pa[la]bras más sencillas con que expresar mi temor, temor muy razonable, como que ya llueve sobre mojado; y si siempre han de juzgar de mis escritos esos individuos, y los ha de censurar un padre gachupín(254) como el doctor Lerdo, siempre les hallarán herejías.

Pasemos ahora a contestar brevemente la censura del doctor Grajeda sobre mi Conversación Sexta del tomo primero, acerca del bautismo.

CALIFICACIÓN DEL DOCTOR GRAJEDA(255)

Venerable Junta. He leído el papel intitulado Sexta Conversación del Payo y el Sacristán, que en oficio del 14 del corriente me remitió el señor secretario, haciéndome saber el honor que ustedes se habían servido hacerme de sujetarlo para su calificación a mis cortas luces. Y desde luego juzgo que la denuncia estuvo justamente hecha, porque El Pensador en las tres primeras páginas vierte doctrinas que la Iglesia tiene condenadas como heréticas. Tal es la de reprobar el bautismo de los párvulos, como disimuladamente lo hace, cuando se burla de él por razón de que no sabe el niño lo que recibe.03 El reprobar el bautismo de los párvulos es adoptar la herejía de los valdenses,(256) petrobrusianos,(257) cátaros,(258) anabaptistas,(259) socinianos(260) y otros, que está condenada por los concilios, por la tradición y por los padres. Así pues, en esta parte del papel es sospechoso de herejía. Además, decir, como expresamente dice El Pensador, que no hay justicia que pueda obligar a los párvulos al cumplimiento de una promesa que ellos no hicieron ni entendieron,(261) es enseñar a adoptar la herejía de los herejes modernos, condenada por el Concilio de Trento, en la sesión séptima, canon doce, por estas palabras: Si quis dixerit, parvulos eo quod actum credendi non habeant suscepto baptismo inter fideles computandos non esse; ac propterea cum ad annos discretionis advenerint, esse rebaptizandos; aut praestare amitii [sic] eorum baptisma, quam eos non actu proprio credentis baptizare in sola fide Ecclesiae, anathema sit. Y contra Erasmo. Sed eadem, canon catorce. Si quis dixerit huiusmodi parvulos baptizatos, dum adoleverint, interrogandos esse, in ratum habere velint, quod. Patrini eorum nomine, dum baptizarentur, polliciti sunt; et ubi si nolle responderint, suo esse arbitrio relinquendos: anathema sit. Es, pues, el tal papel en esta parte herético. Por otra parte el tono burlesco con que habla de la ceremonia del bautismo, de hacerse la pregunta en latín, y de admitir la protesta de los padrinos, no está libre de impiedad.(262) Yo creo que El Pensador por el prurito de reprobar todo lo que le parece abuso, ni advierte que ni el latín se dice al niño para que él responda, ni los padrinos responden por sí, sino en persona de la Iglesia.

Es cuanto en cumplimiento a lo dispuesto por esa venerable Junta tengo que decir, sujetándolo todo a su sabiduría. Seminario Conciliar,(263) y octubre 22 de 1824. Doctor Ignacio Grajeda.

Calificación

Certifico que en Junta, celebrada el 7 del presente mes, a que precedió la citación de estilo por cédula ante diem,aprobaron en todas sus partes, con uniformidad de votos, la censura precedente que hizo el doctor don Ignacio Grajeda, de la Sexta Conversación entre el Payo y el Sacristán, de El Pensador Mexicano, los señores: presidente, doctor don Ciro Villaurrutia, doctor don José Miguel Guridi y Alcocer, doctor don Juan Policarpo Amesua, licenciado don Manuel Sartorio, y reverendos padres doctor fray Buenaventura [H]omedes y maestro fray Domingo Barreda, que fueron los que compusieron la expresada Junta.(264) México, junio 8 de 1825. Licenciado Diego de Germán. Secretario.

México, junio 10 de 1825.

Decreto

Hágase saber a El Pensador Mexicano, don Joaquín Lizardi, la calificación con que se ha conformado la Junta de Censura Eclesiástica, dada a su impreso titulado Sexta Conversación del Payo y el Sacristán, entregándosele testimonio de ella, si lo pidiere, para que si no se conforma, haga las observaciones oportunas dentro del preciso término de ocho días, contados desde el día de la notificación; entendido de que pasados, se dará por desamparada la causa y por convencido, como previene el artículo veinte y seis, reglamento del eminentísimo señor cardenal de Scala, de 29 de abril de [1]820, mandado observar aquí por circular del Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos.(265) Lo decretó y firmó el señor provisor, vicario general, etcétera, Bucheli. Mariano Salas Álvarez. Notario oficial mayor.

Concuerda con sus originales donde se sacó, a que me remito. México, julio 13 de 1825. Mariano Salas Álvarez. Notario oficial mayor.

NOTAS

O.3 Asegura el censor que repruebo el bautismo de los párvulos disimuladamente, burlándome de él por razón de que no sabe el niño lo que recibe. Se equivoca el doctor Grajeda en su juicio, y tanto, que él mismo sin sentirlo confiesa su equivocación en tan pocas palabras. El Payo disputa con el Sacristán sobre que el niño no renuncia las pompas del mundo cuando le administran el bautismo. Es menester leer con mucho cuidado no sólo que [lo] dije, sino que lo voy diciendo. El Sacristán le dice: que “los sacristanes responden por él”; pero “que en cumplimiento de esta promesa llega la vanidad de los padrinos a tal locura, que arrojan dinero para manifestarla y lisonjear la holgazanería del leperaje(266) que los rodea”; y “después sigue en la casa de [sic] buen refresco y las propinas de costumbre.”(267)

A poco continúa el Sacristán diciendo que “ése no es el modo de renunciar las vanidades del mundo”, y prueba que los que tienen facultades son vanos hasta después de su muerte. Dice que “prometen en el bautismo ser humildes y renunciar las pompas del diablo, y como tengan dinero son tan soberbios, orgullosos y vanos, que hasta en el sepulcro y después que no existen, ostentan su locura y vanidad.” ¿No es esto (pregunta el Sacristán) obrar hasta la muerte, contrariando lo que prometieron en el principio de su vida?(268)

¿Encuentra vuestra señoría aquí alguna cosa herética, ni que signifique que no es válido el Sacramento del bautismo en los párvulos porque no saben lo que reciben? Seguramente no. De consiguiente, no habiendo yo negado lo válido del Sacramento del bautismo en los párvulos, es muy inoportuna la cita que hace el doctor Grajeda del Concilio de Trento. Pero mi Payo se revistió de los mismos sentimientos del doctor Grajeda; equivocó los conceptos, las promesas, su fin y su modo, e hizo este divino argumento: cuando yo prometo recibir mil pesos que me regalan y prometo al mismo tiempo (todo por apoderado) no desperdiciar un peso de los mil, en probándome que desperdicié el peso, se me argüirá que falté a esta promesa y a la de recibir los mil. Ésta es muy mala lógica. Ambas promesas por apoderado son cumplibles, porque ambas me son favorables, tanto el recibir los mil pesos que me dan de gracia, como el conservarlos, y no se puede decir en buena lógica que renuncio los mil pesos cuando malgasto diez. Éste es el argumento. No se puede decir que se hace burla del bautismo de los párvulos porque faltan de adultos a la promesa de renunciar las pompas del mundo. En el acto del bautismo se hacen dos promesas, o más bien, se protestan dos cosas: querer ser cristiano y renunciar [a] las vanidades del mundo;ambas son distintas entre sí, y muy bien se puede cumplir una sin cumplir otra; y en efecto, conocemos multitud de cristianos, o, por mejor decir, casi a todos, que están contentos con serlo y no renunciarán [a] su fe por ninguna cosa del mundo; pero no conocemos igual multitud de hombres humildes, pobres de espíritu y enemigos de las vanidades y riquezas. Es claro que éstos, cumpliendo la primera protesta que hicieron por sus apoderados, no cumplen la segunda. Esto le escandalizó a mi Payo y, como buen ranchero, los quería disculpar con que los niños no hacían tal promesa sino sus padrinos o los sacristanes, a quienes no les otorgaron ningún poder anticipadamente; pero el pobre Payo no se metió para nada en hablar del bautismo. Sin embargo, el doctor Grajeda infiere que yo soy el Payo de la ficción de mi diálogo, que yo digo eso mismo, y que quise decir otro tanto del Sacramento del bautismo; pero esto no lo sabe, ni tiene pruebas en qué fundarse sino que lo conjetura; por eso dice: “El Pensador se burla disimuladamente del bautismo.” Este adverbio disimuladamente, colocado por el censor, manifiesta lo que el creyó; pero no lo que yo quise decir.

Es regla de bellas letras que los interlocutores de un diálogo sostengan su carácter. Mi Payo es un tonto, el Sacristán no era teólogo, y en esta vez que no había necesidad de traspasar las reglas del buen gusto, hubiera sido una tontería hacer hablar al Payo como un santo Tomás.

Mi objeto de esa Conversación fue ridiculizar los despilfarros y desperdicios que con daño de las familias se hacen en los bautismos y en los entierros, recordándoles a los cristianos las obligaciones que contrajeron en el bautismo. El Payo, convencido de que es verdad que no cumplimos con tal promesa, y queriendo disculparla, salta con las simplezas de que el niño es chiquito, que no sabe hablar, que le preguntan en latín, que no ha dado poder para que respondan por él; mas esto lo dice no sosteniéndolo, sino comoun Payo tonto que no sabe lo que habla. Por eso el Sacristán le dice compadre, usted no lo entiende.(269) Es decir, es usted un ignorante, está usted hablando en materias que no entiende, está usted hablando herejías, se está burlando del bautismo; y el Payo en prueba de que se convence, no vuelve a hablar palabra en la materia. ¿Quiere vuestra señoría mejor testimonio de la inocencia de mi opinión al escribir este papel? Yo mismo le digo al Payo, en boca del Sacristán, que no lo entiende: es decir, yo mismo repruebo los sofismas del Payo y Sacristán antes que el doctor Grajeda.

He dicho sofismas, porque en efecto lo son entre cristianos, pero para los enemigos de nuestra religión son argumentos fuertísimos con que nos prueban que somos unos perjuros hipócritas, que prometemos ser humildes y moderados y no somos sino unos soberbios ambiciosos y vanos; de aquí arguyen que nuestra religión es una pura faramalla, una palabra que baboseamos desde niños, no la observamos de adultos y nos vamos al sepulcro sin entenderla.

Esto, ya se ve, es una temeridad de los impíos: debían advertir que la no observancia de una ley no prueba maldad en la ley; y así de que los cristianos no cumplan lo que ofrecen no se deduce que la ley sea mala, ni menos se puede argüir que el que se burla como yo de esta falta de obedecimiento a la ley se burle de la misma ley.

Pero esto está muy bueno entre nosotros los cristianos; mas no les convence a esos herejes del día que se dicen filósofos, ilustrados y espíritus fuertes; como buenos materialistas quieren siempre que las obras se conformen con las palabras, que a todo trance, sin consultar con nuestra miserable naturaleza, se cumpla siempre lo que una vez se ofrece; y así podía vuestra señoría ponerse de rodillas, no le hará creer a un cuácaro(270) que un obispo nuestro con su palacio, su coche y sus grandes rentas, es buen sacerdote, porque ellos dicen que nuestros presbíteros, y más los obispos, que hacen votos de ser santos al tiempo de su consagración, deben ser no solamente observadores de la ley común, sino perfectos evangélicos, y como en la perfección evangélica entra el voto de pobreza voluntaria que consiste en no querer honras ni riquezas, ni aun moderadas, dicen que ningún sacerdote rico es perfecto, sino un infractor del voto que hizo de ser pobre. Yo he tratado con algunos de estos hombres en puertos de mar, y a la verdad no he sabido qué responderles.

Pero volviendo al asunto de la censura, ya vuestra señoría ve que mi intención es santa, cual es ridiculizar las pompas y vanidades que hacen muchos cristianos desde que nacen hasta que se mueren sin acordarse de que ofrecieron ser humildes y sobrios; que para hacer fructuosa mi idea hice hablar en la escena no a dos teólogos, sino a un Payo y un Sacristán, gentes comunes y vulgares para que, viendo los lectores que aun a esta clase de gentes les chocan(271) nuestras vanidades y falta de cumplimiento a las promesas que hicimos en el bautismo, conozcan cuánto les chocará a los sabios moralistas y verdaderos cristianos.

No entiendo qué quiere decir el doctor Grajeda cuando asienta que yo no advierto que ni el latín se le dice al niño para que él responda, ni los padrinos responden por sí, sino a nombre de la Iglesia. Que el latín no se diga al niño para que él responda, está muy bien, porque está incapaz de responder; pero que los padrinos no respondan por su ahijado sino a nombre de la Iglesia, eso es lo que no entiendo, pues entonces quiere decir que el niño no contrae ninguna obligación en el acto del bautismo, supuesto que no responde ni por sí ni por el niño, sino a nombre de la Iglesia. En tal caso, cuando se pregunta ¿quieres bautizarte?, y responde el padrino quiero, si esta respuesta la da el padrino a nombre de la Iglesia, como dice el doctor Grajeda, la Iglesia será la que contrae la obligación consigo misma y no el niño. Vuelvo a decir que no lo entiendo.

Sé que en los primeros siglos de la Iglesia fue costumbre que se bautizasen varios adultos renunciando las supersticiones del gentilismo, y para que no apostatasen, llevaban unos fiadores que se llamaban suceptores, los que después se llamaron padrinos y madrinas. Éstos no estaban reducidos a número, hasta que el Concilio Tridentino dispuso que cuando más fueran dos personas, hombre y mujer. Ni era en estos tiempos conocido el parentesco espiritual entre padrinos y ahijados. Esta nueva casta de parentesco la inventaron los emperadores cristianos, y los sagrados cánones aprobaron este estatuto de los príncipes y quedó hecho impedimento del matrimonio. Esto sé acerca de los padrinos, pero no que respondan a nombre de la Iglesia. Lo más notable es que por lo ordinario ni los padrinos responden nada, sino los sacristanes.

Es cuanto tengo que decir a vuestra señoría en contestación a las dos censuras, repitiendo que, si en efecto en cuanto he dicho hay alguna expresión contraria a la disciplina fundamental de la Iglesia, desde ahora la sujeto a su corrección con la mayor docilidad.

México, 5 de octubre de 1825.

[José] Joaquín Fernández de Lizardi
o El Pensador Mexicano.



(238) ad terrorem. Para causar miedo. Herrero Llorente, Diccionario de expresiones y frases latinas, Madrid, Gredos, 1980, p. 27.

(239) Mier. Cf. nota 7 a Las sombras de Concha...

(240) El Sol. Cf. nota a de La tragedia de los gatos...

(241) Gelasio. Según se lee en el Correo Semanario de México número 13, el papa Gelasio sostuvo las prerrogativas de su silla, negando las de Constantinopla. Decía que los prelados romanos no podían ser juzgados por nadie: “con relación a dispensas de impedimentos matrimoniales, irregularidades, excomuniones, censuras, administración del Sacramento del Orden, nominación de personas de oficios o beneficios eclesiásticos, gobierno de parroquias, ni otra cosa del régimen interior de la diócesis, para el que reconoce san Gelasio toda la plenitud de autoridad en los obispos.” Obras VI, op. cit., p. 201.

(242) Vigésima Conversación, Ibid., p. 236. Las cursivas no existen en el original.

(243) Ibidem, p. 194.

(244) Sal. 13, 1. También Sal. 52, 1. Esta frase la utiliza san Agustín en La ciudad de Dios, libro V, capítulo IX.

(245) La Bula comienza Solicita ac provida romanorum pontificum. Hablando de que el provisor lo excomulgó, Fernández de Lizardi dice: “¿por qué se ha separado el provisor de las reglas que el mismo Benedicto le prescribe para censurar cualquier proposición en su memorable Bula Solicita ac provida?”; en Exposición del ciudadano don José Joaquín Fernández de Lizardi leída en el Supremo Congreso de Cortes, Obras XI, op. cit., p. 453.

(246) En el original dice “atentamente”.

(247) Exposición del ciudadano..., Idem.

(248) Entre las obras que Voltaire publicó está Questions de Zapata, traduites par le sieur Tamponet, docteur en Sorbonne (1767): “En esta obra finge Voltaire al licenciado Domingo Zapata, quemado en Valladolid en 1631. La alusión al doctor Tamponet es real y las cuestiones se redujeron á 67 dificultades contra el Antiguo y Nuevo Testamento y contra la infalibilidad de la Iglesia” (Enciclopedia universal ilustrada, Madrid, Espasa-Calpe, 1929, t. LXIX, p. 1010). Antonio Palau y Dulcet consigna el dato siguiente: “Preguntas de Zapata, traducidos [sic] por el señor Tamponet. Jaén (pero Burdeos), Copado, 1822, 32°, 124 p. papel de hilo.” Manual del librero hispanoamericano, Barcelona, Librería Palau, 1962, t. XIV, p. 117.

(249) chaquetas. Cf. nota d a Breve sumaria...

(250) aguilita. Cf. nota 2 a Calendario histórico...

(251) En las Conversaciones del Payo y el Sacristán número 20 del tomo II, en una parte de la “Constitución de una república imaginaria”, Fernández de Lizardi escribió: “Artículo 71. Quedan suprimidas las canonjías por ser unas plazas, a más de inútiles, sumamente gravosas a la sociedad.” Obras V, op. cit., p. 468. Sobre este tema también escribió, en 1821: “En nada se ofende la religión católica porque se declame contra el interés de la curia romana, contra los escandalosos salarios de los obispos, contra las superfluas rentas de los canónigos, libertad simoníaca de los curas y número excesivo e inútil de los frailes.” Papeles contra sermones, en Obras XI, op. cit., pp. 68-69; “convendría que se reformasen los diezmos, que se acortasen las rentas de los canónigos, que se aumentasen los curatos, y que se pusiesen a tasación los curas.” Ideas políticas y liberales. Número 2, Ibid., pp. 261-262; “¿Qué herejía más endiablada que querer se reformen los diezmos, porque, así como están, arruinan al labrador y atrasan la agricultura, sin más provecho que sostener el lujo de algunos canónigos?.” ¿Qué va que nos lleva el diablo con los nuevos diputados?, Ibid., p. 435. En 1822, Lizardi escribió: “He dicho que no son de institución divina los canónigos, nada útiles en la Iglesia, y perjudiciales al Estado por las cuantiosas rentas que se absorben, rentas que estarían mejor empleadas, y con más agrado de Dios, en fomentar escuelas y casas de beneficencia, hospitalidades e industrias, que en sostener magníficas habitaciones, dorados coches y un exceso de lujo prohibido por los cánones [aquí viene una nota del autor: “Yo deseara que el Supremo Congreso pidiese el estado de los diezmos y gastos de todas las catedrales del Imperio; después el de las rentas de los canónigos; que se sacara el total de diezmos, el de los gastos en el culto divino y el de las rentas de los señores canónigos. Que reducidos tales estados a un punto de vista, se cotejara lo mal cobrado en diezmos, lo supuesto en el culto y lo superfluo en ventas, con las actuales urgencias del Estado, y que sacara consecuencias la nación”]. Dije que los diezmos deben reformarse, porque, en el pie en que están, atrasan al labrador, arruinan la agricultura, y ni aun pueden llamarse diezmo.” Exposición del ciudadano don José Joaquín Fernández de Lizardi, Ibid., p. 462.

(252) Cruz de la Orden de Guadalupe. Cf. nota 42 a La tragedia de los gatos...

(253) Domingo Barreda (1752-1832). Sacerdote mexicano de la orden dominicana dedicada al ministerio de la confesión. Su cuerpo momificado era conservado en el convento de Santo Domingo; fue exhumado en 1843.

(254) gachupín. Cf. nota 22 a Breve sumaria...

(255) José Ignacio Grajeda. Cf. nota 3 a Protestas de El Pensador.

(256) valdenses. Sectarios de Pedro de Valdo. Inicialmente fueron campesinos o artesanos que trataron de seguir la vida de pobreza o apostolado de los primeros discípulos de Cristo. El Tercer Concilio de Letrán les negó el derecho de los legos a predicar que los valdenses reclamaban. Se rebelaron contra la Iglesia tachándola de corrompida por su riqueza, pompa y vanidad mundanas. Proclamaron la igualdad de todos en la Iglesia y que el sacerdocio había de fundarse en el mérito personal y no en la consagración. Algunos valdenses negaron el valor de la misa y el culto y la existencia del Purgatorio. Fueron condenados por el Sínodo de Verona (1184). Fueron perseguidos por más de dos siglos. Algunos se adhirieron a la Reforma en 1532. En 1848 se les concedieron los plenos poderes civiles y políticos de Italia.

(257) petrobrusianos. Seguidores de Pedro de Bruys, reformador de Provenza del siglo XII que rechazó la tradición eclesiástica, el bautismo de los infantes, la misa y los ritos del culto. Fue quemado en Saint-Gilles, Nimes, Francia, hacia 1132 o 1133.

(258) cátaros. Nombre de varias sectas que pregonaron la rígida dureza de las costumbres. El nombre de cátaros se aplicó a las sectas dualistas de la Edad Media; modernamente se aplica a los descendientes de los maniqueos. También se llama cátaros a los albaneses y albigenses. Esta secta desapareció casi totalmente en los siglos XIV y XV.

(259) anabaptistas o rebautizantes. Desaprueban el bautismo dado a los niños; lo impartían a los púberes o rebautizaban a los que habían recIbido este sacramento cuando niños. Unos atribuyen la creación de esta secta a Carlostand y otros a Zuinglio, Melanchton o Tomás Munzer. Se dieron a conocer en 1520 cuando este último dio varias batallas. Fueron casi exterminados en 1535. Esta secta se considera antecedente de los menonitas.

(260) socinianos. Secta que negaba la Trinidad, la divinidad de Cristo, el pecado original, la predestinación y la gracia. Nació a mediados del siglo XVI; tuvo como líderes a Lelio y Fausto Socino. El primero extendió sus creencias en Italia y luego en Polonia, de donde fueron expulsados en 1658, retirándose a Transilvania, Austria, Holanda e Inglaterra. Su doctrina se encuentra consignada en los dos catecismos de Racow, redactados uno por Schoman en 1574, y otro por Fausto Socino.

(261) Textualmente dice: “No hay una razón de justicia”, y cita a los “niños recién nacidos”, no a los párvulos. Ibidem, p. 215.

(262) Ibidem, p. 115: “dos poderosas razones [...] que no nos obliga la tal promesa. La primera es que se la exigen a los niños recién nacidos, preguntándoles en latín, idioma que no entienden; y la segunda, que ellos no responden sino sus padrinos o los sacristanes, a quienes no les han otorgado ningún poder anticipadamente.”

(263) Seminario Conciliar. Cf. nota 17 a Qué mal quedó...

(264) Cf. nota 6 a Protestas de El Pensador...

(265) Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos. Cf. nota 5 a este folleto.

(266) Conversación sexta, Ibid., p. 115; Leperaje. Conjunto o grupo de léperos, bribones o canallas de baja condición.

(267) Idem.

(268) Ibid. “Observan tan escrupulosamente esta humildad, que aun después de muertos la manifiestan con los lucidos entierros, elevadas tumbas o piras, suntuosos mausoleos y los larguísimos y molestísimos dobles con que nos martirizan los oídos y cabezas.”

(269) “Compadre, usted es quien no lo entiende.” Ibid., p. 115.

(270) cuácaro. Por cuáquero o cuákero (del inglés cuaker, tembloroso, porque los miembros de esta secta se manifestaban con temblores y convulsiones).

(271) chocan. Cf. nota 12 a Impugnación que los gatos...