[NÚMERO 9]

NONA CONVERSACIÓN DEL PAYO
Y EL SACRISTÁN(1)

 

Decía esto, porque la avería le sucedió en el mismísimo cementerio o atrio de Catedral. Yo le dije: "Hija, no hables mal de todos los mexicanos. La gente fina y de educación no se ensucia en las calles; esto lo hace la gente baja, los léperos(2) y el populacho ordinario" "Lo mismo se me da —contestó Rosa—, de que lo hagan los léperos que los decentes; así se hubiera ensuciado mi zapato con las sobras de un marqués como con las de un borracho sin calzones. Lo que me da asco es la inmundicia pública de México y otras que noto por este estilo. En mi tierra, ¿cuándo se ve una porquería de éstas en la calle?"

"Esto consiste —le dije— en que en tu tierra son más activos los alguaciles de policía que en México." "¿Y quiénes son estos alguaciles de policía que no conozco?" —preguntó Rosa. "Hija —le contesté—, son los cochinos. Ésos en los pueblos tienen cuidado de limpiar las calles; pero aquí no se consienten."

"¿No se consienten? —decía Rosa muy admirada—, no se habían de consentir tanto. ¡Jesús y cuántos cochinos andan en las calles! Ya se ve su obra; díganlo mis zapatos nuevecitos. ¿Y qué no hay aquí algún juez o cura que tenga cuidado de la limpieza y castigue a los puercos que no obedezcan sus mandatos?" "Sí hay —le dije—, el Ayuntamiento tiene individuos encargados de la limpieza pública de esta ciudad." Entonces Rosa se sonrió, movió la cabeza a un lado y otro, como que no lo creía, y se entró a su recámara.

Bien advertirá usted, compadre, la sencillez de mi hija. Si continúa su conversación seguramente se echa a hablar contra el Ayuntamiento de México, que (sin adulación) ha trabajado con tesón y energía, y sus mismas obras hacen su elogio.

Decreto para la perpetua pacificación de las Américas

DON FERNANDO POR LA GRACIA DE DIOS, rey de Castilla, de León, de Aragón, de Cerdeña, de Murcia, de Gibraltar, de Jerusalén; conde de Arpug, Tirol y Barcelona; señor de las Indias Orientales y Occidentales, etcétera, etcétera.

Por cuanto colocado en el trono de San Fernando y San Hermenegildo por la Divina Providencia, y sabedor de los disturbios que agitan a mis amados vasallos de América, ocasionados por equivocaciones que les han inspirado algunos genios turbulentos que llaman liberales, substrayéndolos de la obediencia que deben a su legítimo soberano, relajándoles el solemne juramento que prestaron de fidelidad y vasallaje, y haciéndoles creer que mis augustos abuelos y yo les teníamos usurpados unos reinos sobre los que adquirimos legítimo dominio y propiedad, así por el incontestable derecho de conquista, como por la graciosa donación que nos hizo la Santa Sede de todas aquellas tierras descubiertas y por descubrirse, encargándonos muy particularmente que conserváramos aquellos países en la pureza de nuestra santa y católica religión, excomulgado motu proprio en el nombre de Dios omnipotente y de los bienaventurados Pedro y Pablo a cuantos siquiera se acercasen a las dichas tierras descubiertas y por descubrirse, sin nuestra expresa voluntad; por todo lo cual y no pudiendo mi corazón paternal sufrir que aquellos mis amados vasallos vivan gravados en lo espiritual con el formidable anatema del santísimo papa Alejandro VI,(11)y en lo temporal con las divisiones y amarguras interiores que padecen, he venido en decretar, como en efecto decreto, lo siguiente:

1º Inmediatamente que mis generales se apoderen de aquellos mis vastos dominios, pondrán en posesión del virreinato de México a don Félix Calleja;(12) en el gobierno y presidencia de Guadalajara a don José de la Cruz;(13)en el de Puebla a don Francisco Javier Venegas,(14) y así a los demás que presenten mis reales cédulas.

2º Todos de mancomún procederán a castigar severamente, con arreglo a las leyes, a todos los traidores que de cualquier manera cooperaron a la llamada emancipación, sin consideración de su número, sexo, edad, servicios, ni otros cualesquiera pretextos, sepultándolos en los campos para que los hálitos de sus criminales cadáveres no inficionen las ciudades.

3º Para que no se repitan jamás tan escandalosas agresiones contra mi real corona, se observarán inviolablemente las órdenes siguientes:

4º Ningún americano portará armas de ninguna clase, ni andará con capa, ni a caballo, ni en mula, sino precisamente en burro.

5º A ningún americano se permitirá andar en compañía de otro ni menos de las siete de la noche en adelante.

6º Ningún americano obtendrá ningún empleo civil, eclesiástico ni militar y, sólo serán destinados a los trabajos del campo y de las minas; y por gracia particular, en las ciudades a cocheros, porteros y verdugos.

7º Se cerrarán para siempre los colegios, escuelas y universidades, y no se permitirán otros libros que catecismos, breviarios y misales.

8º A ningún español se le permitirá casarse con americana, sea la que fuere, y el que lo hiciere sin mi expresa licencia, quedará infame y se le confiscarán sus bienes.

9º Todos los americanos serán de aquí en adelante tributarios de la corona de Castilla, designándoles la cuota del tributo, según sus facultades, la prudencia y conmiseración de mis virreyes.

10º El americano que de cualquier manera ultrajase a un español, sufrirá la pena de muerte, bajo la cual quedan sujetos los infractores de las órdenes anteriores.

11º Ningún americano podrá tener casa con balcón, ni vestir seda, en lo que quedarán comprendidas las mujeres.

Dado en Aranjuez a 22 de julio de 1824. YO EL REY.

El lunes 27 de éste se debe celebrar el aniversario de la feliz y triunfante entrada del ejército libertador en México el año de 1821. El Payo espera que no se solemnice este día con la tibieza que las demás fiestas nacionales.

México, 25 de septiembre de 1824.

El Pensador

 


(1) Oficina de don Mariano Ontiveros.

(2) lépero. Cf. nota 2 al núm. 2 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(3) Plaza del Volador. En los terrenos de esta plaza actualmente se encuentra el edificio de la Suprema Corte de Justicia, ubicado en la esquina de Pino Suárez y Corregidora.

(4) callejón de Tabaqueros. Cf. nota 10 al núm. 1 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(5) Acequia. Hoy Corregidora Josefa Ortiz de Domínguez.

(6) San Lázaro. Cf. nota 8 al núm. 1 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(7) Revillagigedo. Juan Vicente de Güemes Pacheco y Padilla, segundo conde de Revillagigedo (1740-1799). Militar y gobernante español. Virrey de México de 1789 a 1794. Protector de la instrucción pública, fomentó la agricultura y abrió nuevas vías de comunicación.

(8) Santa Liga. Cf. nota 19 al núm. 1 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria.

(9) Lemour. Cf. nota 6 al núm. 1 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria.

(10) tejiéndoles tupido. Tejer se emplea en el sentido de discurrir, maquinar con variedad de ideas o planes; tupido se usa como adverbio con el sentido de tesón y constancia. Por ende, discurrir con constancia cómo combatir al enemigo. Es de suponer que tejer también lo emplee en el sentido de acción. Es decir, que la proposición implique el planteamiento y práctica de los planes.

(11) Alejandro VI. Cf. nota 5 al núm. 4 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria.

(12) Calleja. Cf. nota 3 al núm. 5 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(13) José de la Cruz. General realista que hizo gala de crueldad en la Nueva Galicia y Michoacán. Como muchos realistas consideró a los insurgentes fuera de la ley y derecho. Se asentó en la creencia de que mayores serían los servicios que se harían al rey y a la religión mientras fuese mayor el número de rebeldes que se mataran.

(14) Venegas. Cf. nota 2 al núm. 5 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.