[NÚMERO 7]

NO HAY CONTRA UN OBISPO LEY, POR MÁS QUE PROCLAME AL REY

 

ES LA SÉPTIMA CONVERSACIÓN DEL PAYO
Y EL SACRISTÁN(1)

 

"Señor alcalde constitucional. El ciudadano Joaquín Fernández de Lizardi con el debido respeto presentó a usted el adjunto manifiesto del obispo de Sonora, impreso en Guadalajara, y el reimpreso en esta ciudad e impugnado por mí, el que denuncio ante la ley como subversivo, sedicioso y alarmante en primer grado, cuyas pruebas abundan en el referido impreso, reducido a hacer abominable y herética la sagrada máxima de que la soberanía reside en la nación, que sus patronos son herejes, que el pronunciamiento de los pueblos por esta máxima sagrada es un pretexto fútil y fementido para negar la existencia del Ser Supremo; porque siendo Dios el soberano absoluto del universo, Él solo ha partido su soberanía con los reyes; y de consiguiente, éstos solamente son los soberanos de la Tierra, y los que le niegan la obediencia y respeto son rebeldes y dignos de castigo temporal y eterno.

"Todo esto dice el obispo de Sonora, y lo dice en unos pueblos sin ilustración y entre los que un eclesiástico de tan alta dignidad tiene un prestigio casi divino, y puede hacer su papel impreso un daño transcendental y terrible en la naciente República Mexicana.

"El manifiesto, atacando la soberanía nacional, destruye de un golpe todo nuestro sistema republicano, porque atacada la soberanía popular y declarados ateístas, desde el presidente hasta el último carbonero, se sigue que, por necesidad de nuestra salvación, debemos volver a las cadenas de su amado Fernando. Ésta es la malicia que incluye el manifiesto, malicia que en un pueblo ilustrado es harto ridícula y despreciable, y en el que yo pidiera por último castigo que al señor obispo le curasen el cerebro en una casa de orates; pero en la América, en Sonora y Sinaloa, donde la ilustración es tan escasa que apenas saben qué significa libertad, es una malicia enorme que puede traernos fatales resultados, y debe llamar desde luego toda la atención del supremo gobierno.

"Vuestra señoría, por tanto, admitida como debe ser mi denuncia, se servirá hacer que corra todos los trámites de la ley.

"Dios y libertad. México, febrero 6 de 1825. Joaquín Fernández de Lizardi.Señor alcalde de primer voto, ciudadano Miguel Cervantes. "

No crea usted, compadre, ni por un momento que yo deseo que ese señor obispo corra la suerte de Valdés, a pesar de que bien lo merece y de que no es de mejor condición que los Hidalgos(5) y Morelos,(6) Saltos,(7)Matamoros,(8) Crespos(9) y... tantos otros dignos sacerdotes que nos fusiló el gobierno español; no obstante, yo no deseo que muera un obispo, sino que se destierre lejos de nosotros un enemigo de la patria, ocupándole las temporalidades.

Yo lo que deseo es que la Comisión de Libertad de Imprenta tenga este asunto muy presente para cuando forme su proyecto, pues la disculpa que los señores jueces de hecho han dado para no juzgar el manifiesto sedicioso del obispo de Sonora es, con su licencia, una herejía política.

La independencia que los Estados de la Federación tienen entre sí, no es absoluta sino respectiva; esto es, son independientes unos de otros respecto a sus intereses domésticos o particulares; pero cuando se trata del interés general de la nación, todos y cada uno de ellos deben trabajar en conservarlo; así es que, luego que un Estado vea un papel notoriamente subversivo y sedicioso contra la patria como el manifiesto en cuestión, puede y debe juzgarlo y sentenciar a su autor según la ley, y en el caso de que entre un Estado y otro se suscitasen competencias contenciosas en pro y en contra del supuesto impreso, me parece que se debe ocurrir para la sentencia definitiva a la Corte Suprema de Justicia, cuya primera atribución es decidir entre las diferencias de los Estados; y así, si no me equivoco en mi opinión, cualquier Estado, en el caso del obispo, puede fallar que ha lugar a formación de causa su impreso por ser notoriamente contra la patria.

La mayor duda que pudiera ocurrir fuera designar la autoridad que debiera aplicarle la pena; pero ya hemos dicho que esto compete al Supremo Tribunal de Justicia, ante quien no hay fuero privilegiado. Todos estos espantajos vienen de que ni somos, y acaso ni en muchos años seremos verdaderamente liberales. El teocracismo y la aristocracia son dos arrecifes formidables donde a cada paso se estrella el derecho público y el de gentes. La soberbia los inventó y la ambición los sostiene; donde haya fueros privilegiados, esa decantada igualdad ante la ley es una paradoja ridícula, es el vidrito que llaman mamadera con que se engaña el niño creyendo que come algo, no haciendo otra cosa que lastimarle las encías y gastar su saliva. Mientras haya fueros privilegiados no puede haber igualdad ante la ley. Otro día hablaremos de esto más despacio.

México, 12 de febrero de 1825.

El Pensador

 

Se hallará el sedicioso manifiesto del obispo de Sonora impugnado por El Pensador, en esta imprenta.

 


(1) Oficina de don Mariano Ontiveros.

(2) juri. Cf. nota 16 a El Payaso de los Periódicos.

(3) Guadalajara. Cf. nota 16 al número 3 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria.

(4) Basiliso Valdés. Cf. nota 7 al núm. 17 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(5) Hidalgo. Cfnota 8 al núm. 2 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(6) Morelos. Cfnota 10 al núm. 2 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(7) Salto. Cf. nota 12 al núm. 25 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(8) Matamoros. Cf. nota 9 al núm. 2 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán.

(9) Crespo. Cf. nota 13 al núm. 25 de las Conversaciones del Payo y el Sacristán