[NÚMERO 12]

CORREO SEMANARIO DE MÉXICO(1)

Miércoles 7 de enero de 1827


El precio de la subscripción a este periódico serán 6 reales mensales en México y un peso fuera. Se reciben las subscripciones en esta capital en la Librería del difunto Ontiveros; en Durango,(2) en casa del ciudadano Pedro Carrasco; en Guadalajara,(3) en la del ciudadano José Ignacio Herrera; en Tlacotalpan,(4) en la del ciudadano coronel Joaquín García Terán; en Perote,(5) en la Administración de Correos, y se irá advirtiendo en qué otras de otros lugares, según se proporcionen correspondientes.

 

PAPAS

43 CELESTINO I

De 422 a 432

En su tiempo se celebró, año 431, el Concilio General de Éfeso(6) contra Nestorio,(7)patriarca de Constantinopla, y no tuvo el papa más parte que otro cualquiera obispo. El emperador Teodosio II lo convocó, señaló el pueblo, el tiempo y el objeto;(8) expidió las cartas a los patriarcas, primados y metropolitanos exentos del Oriente, y al papa por lo respectivo a todos los obispos de Occidente. San Celestino envió legados, y cuando llenaron ya el Concilio estaba congregado; había tenido sesiones, pronunciado y promulgado la condenación de la herejía y del heresiarca y sus sectarios, presidiendo san Cirilo,(9) patriarca de Alejandría. En la carta que se leyó en el Concilio reconoció Celestino que los obispos tenían su derecho y potestad por institución divina, y no se quejó de que se hubiera comenzado el Concilio sin esperar sus legados, antes bien, en las instrucciones dadas por escrito a éstos y leídas en sesión conciliar, encargaba dar satisfacción de la tardanza de llegar por la gran distancia, y que se conformasen con lo que hubiese decretado ya el Concilio si veían haberse procedido arregladamente.

Iguales observaciones en cuanto a lo substancial del objeto de potestad se pueden hacer sobre los Concilios Generales congregados, años 325 en Nicea,(10) y 380 en Constantinopla,(11) de manera que ninguno podía negar a los emperadores el derecho de mandar al obispo de Roma y a los demás obispos cristianos de su Imperio, reunirse en el pueblo que asignasen para el tiempo que dijeran, y tratar los asuntos de la fe y demás eclesiásticos. Solamente la ignorancia de los siglos posteriores y el trastorno del Imperio Romano fueron capaces de dar lugar a la introducción de ideas contrarias. La división de Europa en muchos reinos no era obstáculo para el sistema si los soberanos se conformaban en el señalamiento de pueblo y tiempo. El emperador de Alemania, Carlos V, pudo sostener sus derechos contra el papa en este punto y debió hacerlo a favor de los protestantes, insistiendo con tesón en que se celebrase Concilio General, no en Trento, sino en cualquiera ciudad de Alemania donde pudiesen aquéllos concurrir sin los recelos que manifestaron de la preponderancia del influjo de Roma. Lo cierto es haber sido éste excesivo y mucho mayor de lo que convenía para el bien de la Iglesia; y aun así no estaba contento Julio III, que por eso intentó trasladarlo a Bolonia. Es deshonor de Carlos V y afrenta del cristianismo haber confundido los intereses de la religión con los del papa en los términos que se hizo en el Concilio de Trento,(12) con daño incalculable del catolicismo sólo por debilidad de los soberanos, y por la contraposición de intereses profanos entre sí mismos, dando a los heterodoxos ocasión y aun motivo suficiente para impugnar terminaciones conciliares, calificándolas de no libres y de subordinadas servilmente a la voluntad pontificia.

 

44 SIXTO III

De 432 a 440

El historiador Platina,(13) en su obra intitulada Vidas de los papas, dice que Sixto III fue acusado por un tal Basso(14) en un Concilio de ciento y cincuenta obispos, los cuales lo absolvieron condenando a Basso como falso calumniador; y que el emperador Valentiniano III desterró a éste, y le confiscó sus bienes a favor de la iglesia romana. El cardenal Varonio(15) dice que el acusador fue Anicio Basso, excónsul de Roma; y el crimen, haber Sixto abusado de una mujer joven que había consagrado a Dios su virginidad; cuyo proceso fue presentado y examinado en el Concilio Romano del año 433. Supongamos que fue calumniosa la acusación; pero ¿esto basta para canonizar al papa Sixto? ¿Dónde está su canonización? ¿Dónde las virtudes en grado heroico para ello?

 

45 LEÓN I EL MAGNO

De 440 a 461

Este santo pontífice manifestó celo contra los herejes, especialmente contra los maniqueos; pero no conforme al espíritu de mansedumbre de Jesucristo, sino al de rigor, reprobado en el Evangelio con el ejemplo del apóstata san Pedro y el de los samaritanos contra quien se había pedido fuego del Cielo.

Libró a Roma del saqueo e incendios que le amenazaban por parte de Atila, rey de los hunos; pero no pudo conseguir otro tanto tres años después, en que Genserico, rey de los vándalos, saqueó la ciudad por espacio de catorce días. Dicen que Atila concedió la gracia, porque creyó ver al lado de León un varón venerable celestial que le amenazaba con la ira de Dios, si negaba la petición. Si esto fuera cierto, ¿por qué no sucedió lo mismo después a Genserico?

San León conservó y fortificó el espíritu de los antecesores en cuanto a extender los límites de la potestad del primado romano. Procuró tomar conocimiento de todos los negocios que ocurrían en Oriente y Poniente. Los patriarcas de Constantinopla, Alejandría, Antioquía, Jerusalén, los primados de Éfeso, Cesarea, Cartago, Ilírico, Tracia y Macedonia, Galias y Españas y muchísimos metropolitanos de todas partes tuvieron contestaciones jurisdiccionales; y san León procedió siempre procurando hacer creer a todos que como sucesor de la cátedra de san Pedro debía ser obedecido de todos, sin hacer distinción entre los asuntos de disciplina universal y los de gobierno particular interior de las provincias, en que no debía meterse si había de imitar a los doce primeros papas.

Por eso tuvo grande mortificación con el canon del Concilio General de Calcedonia,(16) convocado año 451 por el emperador Marciano. Los obispos concedieron al patriarca de Constantinopla jurisdicción primacial sobre las provincias de Ilírico y Tracia, y sobre las de Asia, inclusa la de Éfeso, hablando en estos términos:

Los antiguos padres concedieron a la silla de la antigua Roma, con derecho, algunos privilegios, atendiendo a ser aquella ciudad la corte del Imperio. Movidos por la misma razón, los ciento y cincuenta obispos del Concilio Constantinopolitano, muy amados de Dios, concedieron iguales privilegios a la santísima silla de la nueva Roma, juzgando rectamente que una ciudad decorada con las dignidades de corte y sentido imperiales y con privilegios iguales a los de la antigua Roma, debía ser ensalzada y engrandecida en el orden eclesiástico, de manera que dejando el primer lugar a Roma la antigua, tenga el segundo Roma la nueva.

Este canon no sólo es precioso por lo que dispone, sino por lo que refiere, pues dejó eterno testimonio de la verdad, que reconocen todos los críticos juiciosos y procuran desfigurar los romanos, de que la extensión jurisdiccional de los papas fuera del Occidente no proviene de concesión directa de Jesucristo, ni de transmisión de san Pedro, sino de la voluntad de los obispos congregados en Nicea, Sárdica(17)y otros Concilios, o del consentimiento de los demás por respeto a san Pedro y san Pablo, martirizados en Roma; cuya verdad es el origen de que san Policrates y otros de Asia, san Cipriano y otros de África, y todos los de España llevasen a mal y resistiesen las usurpaciones empezadas por el papa Víctor, continuadas por san Esteban y aumentadas sucesivamente por casi todos los posteriores.

 

46 HILARIO

De 461 a 468

Hilario fue elegido papa en 10 de noviembre de 461 y murió en 21 de febrero de 468.

Fue de carácter intolerante, y lo demostró en el tesón con que se opuso a la tolerancia de todas las sectas que quiso introducir en la ciudad de Roma el emperador Antemio. La debilidad de este soberano aumentó el vigor de Hilario: pues una cosa es la reprobación de doctrinas, otra la tolerancia de las personas que profesen la doctrina. El papa sólo se pudo mezclar por autoridad propia en lo primero; pero era privativo de la soberanía temporal lo segundo.

 

47 SIMPLICIO

De 468 a 483

San Simplicio fue consagrado papa en 25 de febrero de 468, y murió en 27 del mismo febrero de 483.

En su tiempo tuvo fin el Imperio de Occidente y comenzó el reino de las naciones septentrionales en Italia. Muerto el último emperador Rómulo Augústulo(18) en 475, ejerció la soberanía territorial Odoacre, rey de los hérulos. Éste murió en 493 y comenzó el reino de los ostrogodos. Teodorico, primer rey de Italia entre los de su nación, era tan ignorante de letras que no sabía escribir; pero de tanto talento natural como testifica su conducta política, superior a la de muchos reyes modernos.

Estas novedades tuvieron un influjo extraordinario en favor de las máximas del sumo pontificado romano, cuyos poseedores no perdieron jamás de vista reunir a su autoridad eclesiástica la dominación de la ciudad de Roma, en que ya mandaban indirectamente desde que los emperadores occidentales habían abandonado la residencia romana y puesto su corte imperial en Ravenna. La elevación del empleo de sumo pontífice, la extensión de poderes que había ido apropiándose progresivamente desde la conversión del emperador Constantino Magno, la debilidad y la ignorancia de los sucesores de Teodocio, y la reunión de otras muchas casualidades habían dado a los sumos pontífices un ascendiente grande sobre los prefectos de Roma, y aun sobre los emperadores careciendo sólo del señorío temporal para mandar en nombre propio. Pero los reyes Odoacre, Teodorico y sucesores eran herejes arrianos, y esta diversidad de religión debía inspirar en los papas una política muy diferente y producir una variación en sus ideas. Así veremos que los papas, para conservar autoridad en Roma, escogieron el medio de manifestar a veces inclinación a la dominación de los godos y en otras a la del emperador del Oriente, que con el tiempo poseyó buena parte de la Italia. El equilibrio entre las dos potencias fue norte de los papas para alejar de Roma la una y la otra, quedando así como vicesoberanos sin título, pero con esperanzas de tenerlo.

San Simplicio no alcanzó ese tiempo, pero lo preparó procurando ser agradable a Odoacre y a Teodorico, al mismo tiempo que procedía en el Oriente con animosidad acerca de las elecciones y límites de poder de los patriarcas de Constantinopla, Alejandría y Antioquía, de manera que resultó cisma entre unas y otras iglesias, el cual duró hasta el pontificado de Hormisdas. Yo ignoro las canonizaciones del papa Simplicio, de su antecesor Hilario y de otros pontífices a quienes llamo santos porque así vienen citadas en las obras impresas; pero confieso mi ignorancia: no he leído en las fuentes de la historia eclesiástica virtudes heroicas de Hilario ni de Simplicio que sirvan de fundamento a sus canonizaciones, las cuales acaso no han existido jamás, lo que se verifica en otros antecesores y sucesores suyos no martirizados.

 

48 FÉLIX III

De 483 a 492

Este sumo pontífice fue elegido a dos de marzo de 483, y murió en 21 de febrero de 492. Su elección se verificó en presencia y con autoridad de Basilio,(19) prefecto de Roma, comisionado al efecto por Odoacro, rey a quien se dio nombre de bárbaroporque no era romano; pero que lejos de tener barbaridad en sus costumbres, fue moderado y tolerante. Profesó la religión cristiano-arriana, y sin embargo no sólo [no] persiguió a los profesores de la católica, sino que los protegió, dándoles empleos del primer orden y procurando que la elección del sumo sacerdote se hiciera tranquilamente conforme a las reglas establecidas en el asunto. Los papas debieron aprender esta moderación sin que sirva de disculpa decir que la religión católica es la verdadera, pues los arrianos y los demás que profesan las otras pensaban lo mismo acerca de las suyas.

Félix celebró en Roma un Concilio contra Acacio,(20) patriarca de Constantinopla, en el cual éste fue depuesto y excomulgado porque favoreció a los que intentaban destruir la autoridad del Concilio General de Calcedonia. Es bien notable que los pontífices romanos se vieran en la necesidad de ser apologistas de aquel mismo Concilio en que se había declarado provenir del consentimiento de otros obispos los privilegios de la silla romana. La disposición de Acacio consolidó la cisma de Oriente que había comenzado en tiempo del papa Simplicio. El emperador Zenón no quiso revocar el edicto de profesión de fe llamado Henótico, aunque le dijo Félix que el soberano debía obedecer a la iglesia católica y silla de san Pedro y no darle leyes. Esta proposición es la primera que se ve atrevida en un pontífice romano a un emperador; pero debe tenerse presente la fecha, pues la dijo cuando ya no había Imperio de Occidente, y no se tenían en Roma atenciones algunas en el de Oriente por la dominación de Odoacro. ¡Cuántas cosas más graves tendría que permitir a éste! Sin embargo, no hay la menor noticia de que Félix chocase con él. Bien al contrario, consta que todos los romanos, sin excepción del papa, procuraban ganar su voluntad. Cuando se observa esta diferencia tan notable en el modo de conducirse con Odoacro arriano y con Zenón católico, se descubre mucho la política de los papas. Tampoco sé los méritos para la canonización de Félix.

 

PROYECTO DE BENEFICENCIA

Nadie duda lo perjudiciales que son los juegos de monte y albures en las sociedades bien organizadas, y con cuánta razón solicitaron su exterminio las leyes españolas, entre las que se ven algunas injustísimas, como aquella que ampara a los llamones(21) o tahúres que van a quejarse ante los jueces de que han perdido mil pesos, cuando apenas han jugado cincuenta.

Declamar, pues, contra los daños que ocasiona el juego sería una necedad, pues esto está al alcance de todos. Raro será el ladrón que no haya comenzado por el juego su gloriosa carrera.

Sin embargo, los patronos del juego lo defienden a brazo partido, diciendo: "que en México hay mucha necesidad, y que si no fuera por el juego perecería media ciudad que se sostiene de él", [o] con otras necedades semejantes, con las que apadrinan el vicio que les tiene cuenta; porque los que se mantienen del juego son los monteros acaudalados, sus dependientes, los dueños de las casas donde se talla,(22) algunos maestritos donde pueden trabajar de manos(23) sin que se los conozcan. Los demás es mentira que se mantengan del juego sin otros arbitrios. En esto tampoco cabe duda. Los mismos jugadores pueden ser los testigos más intachables de esta verdad.

Después de todo, el gobierno se mantiene un frío espectador de los juegos, y los deja proseguir en una paz octaviana. No es nuestro intento criticar aquí las operaciones del gobierno; pero si tiene razones sólidas para tolerarlos, ¿por qué no se aprovecha del vicio para fomentar un ramo de virtud, y hacer el juego menos dañoso y algo útil a la misma sociedad que tan constantemente destruye? El gobierno, en fin, pudiera sacar un gran partido del juego si adoptara el siguiente

 

PLAN SOBRE JUEGOS

Artículo 1. Queda libre por el gobierno todo juego de monte, albures e imperial, bajo las condiciones siguientes:

Artículo 2. Todo el que quiera poner casa de juego, se presentará a solicitar la respectiva licencia al inspector de juegos, quien se la dará del gobierno y juntamente el Reglamento impreso de lo que deben observar los dueños de tales casas.

Artículo 3. En el acto de solicitar la licencia se asentarán en el libro de registros el nombre y apellido del postulante, la calle y casa de su habitación y la del establecimiento, si fuere separada. Exhibiendo de contado 25 pesos de licencia.

Artículo 4. Ésta sólo servirá seis meses, y concluido este término, será necesario sacar otra, dando igual cantidad.

Artículo 5. El inspector estará plenamente autorizado por el gobierno para ejercitar las funciones de su ministerio y hacerse respetar, valiéndose de la fuerza armada cuando la necesidad lo exija.

Artículo 6. El sueldo de este nuevo magistrado será el de mil doscientos pesos anuales.

Artículo 7. Tendrá uno o dos escribientes dotados con seiscientos pesos anuales.

Artículo 8. Nombrará dos celadores para cada casa de juego que se establezca, dotados cada uno con el mismo sueldo que los escribientes.

Artículo 9. El inspector para serlo necesitará dar dos fiadores de a tres mil pesos.

 

Contribuciones que deberán pagar los monteros o banqueros
de monte,(24) albures e imperial.(25)

Artículo 10. Antes de correrse el primer albur o de rodar la primera bola, pagará al celador el cinco por ciento de la cantidad que se talle; y para evitar fraudes, cada vez que se reponga el fondo, se hará la misma exhibición, exigiendo recibo al celador presente, quien lo dará, firmado de su mano.

Artículo 11. Un celador estará en cada casa permanente en la talla de día, y otro de noche.

Artículo 12. De seis a siete de la mañana y de seis a siete de la noche se presentarán los celadores en la casa del inspector a hacer la entrega de lo colectado, y éste les dará el correspondiente recibo firmado de su puño.

Articulo 13. La más mínima mala versación que hagan los celadores del dinero que manejan, se castigará con cuatro años de presidio.

Artículo 14. A estos comisionados se tratará con comedimiento en las casas de juego, y ellos se manejarán con atención y urbanidad con todos.

Artículo 15. En el caso de que alguna persona insulte de palabra y sin motivo al celador, éste se quejará inmediatamente al inspector, probando su acusación con buenos testigos, y el inspector dará cuenta con la sumaria información al jefe inmediato del insultador, para que se le castigue su falta a proporción, si fuere paisano o militar, y si fuere eclesiástico, a su respectivo prelado.

Artículo 16. Si el insulto fuere de obra, el dueño de las partidas será responsable de las resultas.

Artículo 17. Cada semana enterará el inspector las cantidades que se colecten al gobernador del distrito, quien le dará el correspondiente recibo, y pondrá dichas cantidades en la tesorería nacional, exigiendo su recibo de los ministros.

Artículo 18. Este dinero será sagrado y no se podrá dedicar sino a los objetos benéficos de que adelante se hablará.

Artículo 19. Cada mes se hará la cuenta del ingreso de este ramo y su inversión, y se publicará por las prensas.

Artículo 20. Al montero que se negare a pagar la contribución dicha se le exigirá una multa de cien pesos y quedará impedido de poner monte, etcétera, sin nueva rehabilitación.


Reglamento para los dueños de partida

Como sin embargo de que los juegos se permitan públicamente, no por eso se deben permitir los escándalos ni inmoralidades, todo dueño de partida o de casa de juego observará las reglas siguientes:

1. Ninguna casa podrá serlo de juego a no tener balcón a la calle, en el que se pondrá precisamente y con letras grandes y claras este aviso Casa de monte,casa de imperial o el juego de suerte y azar que se jugare, sin añadir ni quitar una palabra.

2. Ningún banquero ni dueño de casa permitirá en ella mujeres notoriamente prostituidas, hijos de familia conocidos, muchachos ni dependientes que manejen interés ajeno, y en caso de contravención, serán responsables de las pérdidas que hagan, siempre que sus padres o patrones las reclamen, justificando haberlas perdido en la tal casa.

3.  Por ningún pretexto se permitirá el uso de licores espirituosos, pena de 25 pesos de multa.

4. Fuera del caso de solapación de parte de los banqueros o dueños de casa, ninguna responsabilidad tienen éstos de devolver el dinero ajeno que pierdan los conocidos con el nombre de llamones, quienes si perdieron lo ajeno, quedarán sujetos a las leyes comunes.

5. Así los banqueros como los dueños de casa evitarán y cortarán toda riña, auxiliando al celador en caso urgente, y deponiendo contra los pendencieros si hubiere resultas funestas.

6. Toda casa de juego se cerrará precisamente a las diez de la noche, pena de 50 pesos de multa.

7. Toda casa de juego tendrá de día y de noche las puertas abiertas de par en par, y cualquier alcalde podrá entrar en ellas y observar si hay algunos abusos dignos de corregirse, y dará parte de ellos al inspector del ramo.

8. Por pretexto ninguno se consentirán fulleros, y probado que sea el consentimiento de estos ladrones, se exigirán 50 pesos de multa al banquero, otros tantos al dueño de la casa, y se le quitará a éste el permiso de tener en ella partida de juego.


En el número siguiente propondremos los objetos de beneficencia
a que debe contraerse este proyecto

PATRIOTISMO DEL CABILDO ECLESIÁSTICO
DE VALLADOLID(26)

 

Con mucho gusto insertamos en nuestro periódico la exposición que el venerable Cabildo Eclesiástico de Valladolid hizo al Supremo Gobierno de la Federación acerca de las ocurrencias del padre Arenas.(27) Este precioso documento inmortalizará al respetable cuerpo que lo dirigió, así por los heroicos, patrióticos y liberales sentimientos que lo animan, como por haber sido una producción voluntaria, y no en fuerza de la excitación del gobierno, pues ésta se extendió con fecha de 24 de enero, y el manifiesto del Cabildo de Valladolid está datado a 25 del mismo mes. ¡Honor eterno a tan dignos eclesiásticos, que a un tiempo han dado el mejor testimonio de su lealtad, religiosidad y patriotismo! Este documento, que puede servir de modelo a los demás Cabildos Eclesiásticos, dice así:

Excelentísimo señor. El Cabildo sede-vacante de la santa iglesia Catedral de Valladolid ha sabido con admiración que aún hay fatuos y alucinados que juzgan posible que la República Mexicana vuelva a ser colonia de la España. La conspiración que trataba el padre fray Joaquín Arenas, y que felizmente ha sido descubierta, aunque seguramente no merece la importancia que su imbécil autor quiere darle, es una prueba de que existen todavía entre nosotros genios díscolos, enemigos de la paz, hombres perversos que, a pretexto de religión, quieren sumergirnos en los horrores de la anarquía, para después esclavizarnos. Pero lo que más asombra a este Cabildo es que haya tenido aquel religioso la audacia de asentar, según se dice en los periódicos, que para sus planes revolucionarios contaba con los ilustrísimos señores obispos y Cabildos Eclesiásticos de la nación. ¡Negra impostura! que los enemigos del estado eclesiástico tendrán muy buen cuidado de apoyar, para que de esta suerte pierda el clero mexicano el buen concepto de que por muchos títulos es digno. Este Cabildo no puede persuadirse que los señores diocesanos ni los otros Cabildos de la República tengan la más pequeña parte en los anárquicos proyectos del padre Arenas; mas contrayéndose a sí solo ha creído necesario dirigir a vuestra excelencia esta exposición para que se sirva elevarla al conocimiento del excelentísimo señor presidente de los Estados Unidos Mexicanos,(28) a fin de que se entere de los sentimientos de esta corporación, y mande se inserte en los periódicos con el objeto de que la nación y el mundo todo sepa que el Cabildo y el clero de Michoacán(29) jamás secundarán las miras perversas de los enemigos de nuestra cara patria. Sí, Excelentísimo señor, todos y cada uno de los individuos de este cuerpo, y todo el clero del obispado, se halla decidido a sostener a cualquier costa la Independencia y libertad de la nación, y la forma de gobierno que ella misma felizmente adoptó. ¿Ni cómo podrá creerse otra cosa de los eclesiásticos de Michoacán, cuando tienen dadas las más relevantes pruebas de su patriotismo y amor a nuestras nuevas instituciones? Muchos de ellos sufrieron bastante por su adhesión a la causa de la patria en la primera época de la revolución, y en la segunda todos contribuyeron pública y privadamente a que se propagasen las luces, y los americanos adquiriesen el conocimiento de sus verdaderos imprescriptibles derechos. Michoacán fue la cuna de la Independencia y libertad. Michoacán es la patria de los Hidalgos, Morelos, Saltos(30) y otros eclesiásticos víctimas del más puro y acendrado patriotismo, que no pudo extinguirse con su muerte, sino que se conserva aún en los pechos de los eclesiásticos de esta diócesis. El Cabildo así lo publica sinceramente a la faz del universo, pues tiene por muy cierto que ni Arenas ni el comisionado regio, que él supone, existe en la República ni, finalmente, el ejército más poderoso que invadiese nuestro suelo en nombre de Fernando VII, podrán apagar en los corazones de los clérigos michoacanos aquel sagrado fuego, y antes perderán hasta la misma vida, que transigir con los Borbones ni con otro cualquiera que pretendiese subyugarnos a variar el sistema de República Federal en que nos hemos constituido. Dios guarde a vuestra excelencia muchos años. Sala capitular de la santa iglesia Catedral de Valladolid, enero 25 de 1827. Antonio Camacho, José María Couto,(31) Juan José de Micheilena,(32) Martín García, Domingo Garfias y Moreno, Ramón de Pasos.Excelentísimo señor secretario de Estado y del Despacho de Negocios Eclesiásticos. Es copia. México enero 30 de 1827. Joaquín de Iturbide.(33)

 

¿LAS ARMAS DE LA REPÚBLICA
se pondrán en Catedral?

Todavía puede dudarse del éxito, a pesar de que el señor Cañedo,(34) el 29 del pasado, hizo proposición a efecto de que se fije el escudo de armas de la República en las fachadas de todas las catedrales. Tres años ha que se está solicitando esto mismo por las prensas y no se ha hecho el menor aprecio ni por este Cabildo ni por el gobierno. Ahora puede no ser así porque se hace oír más la voz de un diputado en las Cámaras, que el imperioso grito de la opinión; aunque no debía ser.

Ahora que me acuerdo. Muchos de los señores diputados y senadores las más veces deben ignorar la opinión pública, porque no leen los papeles sueltos y acaso ni los periódicos amarrados. He observado mil veces que es necesario repartir gratisa sus señorías algunos impresos y aun así quién sabe cuántos no los leerán.

También se nota la frecuencia con que los representantes de los pueblos dejan las sillas y se salen a chupar o divertirse, y cuando les parece van entrando a dar su voto sobre expedientes que no han oído y menos entendido. Ya se ve que éste no es el modo de cumplir con el sagrado cargo que el pueblo ha depositado en sus señorías, ni así se ganan en buena conciencia tres mil pesos, pero ello es que se hace.

*

El Supremo Gobierno ha nombrado a don Ignacio Martínez comisario general del Estado de México. Nos congratulamos por la elección, pues los buenos y conocidos patriotas como el señor Martínez, los que han hecho servicios distinguidos a la causa pública y tolerado padecimientos y persecuciones por la patria como este individuo, son los que merecen estar colocados en los primeros puestos de la República.

 

PADRE ARENAS, CONSPIRACIÓN Y MÁS PRESOS

Por últimas cartas verídicas de Puebla,(35) sabemos que en el convento de san Francisco de aquella ciudad se halla preso fray Rafael Torres,(36) franciscano y gachupín, quien trataba de seducir al capitán Gómez;(37) ha declarado que unos religiosos que se iban a España le habían llevado el plan de la conspiración: que éste había sido hecho por el duque de Angulema;(38) que el grito debía darse por el rumbo del sur y haciendas de Yermo, etcétera.

Está incurso también en este crimen el padre Gutiérrez, de la misma orden, quien escribió al anterior que se pusiera en salvo, porque la cosa estaba mala. Para verificar su escape, el padre Torres envió su baúl a casa del licenciado Nava, mas no se encontró en él ninguna correspondencia. El padre Torres, conforme con el padre Arenas, ha declarado que el comisionado regio está en México como año y medio, y que se llama don Juan Clímaco Velázquez,(39) lo que no es creíble.

*

El 3 del corriente ha sido puesto en estrecha prisión el brigadier don Gregorio Arana,(40) español de origen. Se cree que se le ha cogido correspondencia con los conspiradores de Puebla, y se asegura que ha enviado armas a algunos puntos sospechosos. Entre Puebla, México y Oaxaca(41) hay ya más de quince personas presas por este delito... El teniente coronel don José Andrade(42) ha sido nombrado fiscal para la causa de Arana. Se dice que en el sur de México se halla el presidente de la Regencia de Cádiz del año de [18]13, y se cree que éste es el comisionado regio. También se dice que cosa de 20 hombres de ese rumbo se batieron con los patriotas de la hacienda de Miacatlán,(43) por haber respuesto al quién vive de éstos, España. No hubo desgracias.

¿Y que a pesar de estos hechos innegables, todavía haya periodistas que pretendan desvanecer estos crímenes y reducirlos a temores fantásticos y exagerados? El editor de El Águila Mexicana(44) parece que quiere elevarla hasta El Sol.(45) En el pliego del día 4 de éste, carga la culpa de estas noticias, de los temores de los buenos y del deseo de la satisfacción de la vindicta pública a "unos cuantos escritores famélicos bien conocidos, que hablan mal de los frailes, de la frecuencia de Sacramentos, etcétera, que sólo han leído las Ruinas de Palmira,(46)Compadre Mateo,(47) Teresa la filósofa, etcétera, etcétera", y parece que desea abrir una subscripción a favor de éstos para que no escriban. Serán estos escritores cuanto quieran los aguilucheros (que no son famélicos; pero se soplan bonitamente los realillos que les produce el periódico y... y... y...); pero la conspiración se pensó, se trazó y algunos de sus autores y cómplices se hallan presos.

 

NOTA

Con este número concluye el primer trimestre de nuestro año periódico, lo que se recuerda a los señores subscriptores que nos favorecen, para que se sirvan adelantar el segundo trimestre los que gusten continuar.

 


(1) México: 1827. Oficina de la Testamentaría de Ontiveros.

(2) Durango. Cf. nota 2 al núm. 1.

(3) Guadalajara. Cf. nota 3 al núm. 1.

(4) Tlacotalpan. Cf. nota 4 al núm. 1.

(5) Perote. Cf. nota 5 al núm. 1.

(6) Concilio General de Éfeso. Efectuado en 431. Definió la unidad personal de Cristo y declaró que la Virgen María era la verdadera madre de Dios.

(7) Nestorio. Heresiarca y prelado. Patriarca de Constantinopla de 428-431. Combatió a los arrianos y a los novacianos, pero negó que la Virgen María fuese madre de Dios.

(8) Cuando se amenazó a Nestorio con deponerlo de su cargo si no se retractaba por escrito, Cirilo, encargado de la ejecución de esa sentencia, recurrió a Teodosio II y a las vírgenes Arcadia, Marina, Pulqueria y Eudoxia para que separasen a Nestorio de la corte. Ésta fue favoritaria a Nestorio.

(9) Cirilo de Alejandría (376?-444). Teólogo y doctor de la Iglesia. Fue elegido patriarca de Alejandría el año 412. Combatió las enseñanzas de Nestorio, y presidió el Concilio de Éfeso. Sus obras son: 12 anatematismos; una contra Juliano Apóstata,Thesaurus, sobre la Trinidad, y otras.

(10) Concilio de Nicea. Cf. nota 19 al núm. 8.

(11) Concilio de Constantinopla. Cf. nota 30 al núm. 9.

(12) Concilio de Trento. Cf. nota 27 al núm. 2.

(13) Platina. Cf. nota 27 al núm. 3.

(14) Basso. "El Concilio Romano sugerido por Valentiniano III para exonerar al papa Sixto de algunas acusaciones a él por un tal Basso, como refiere el Liber pontificalis, es una leyenda..." Cf. Carlos Castiglioni, op. cit., t. I, p. 106.

(15) Varonio, por Baronio. Cf. nota 10 al núm. 8.

(16) Concilio General de Calcedonia. Cf. nota 10 al núm. 10.

(17) Sárdica. Cf. nota 10 al núm. 11.

(18) Rómulo Augústulo. "En el año noveno del pontificado de Simplicio, Odoacro, hijo de Edecón, esciro de nacimiento, hombre temerario y valeroso que había luchado a las órdenes de Atila, al frente de una hueste audaz de soldados germanos, que lo aclamaron rey, marchó impetuosamente sobre Pavía, donde se había encastillado Orestes con su hijo Rómulo Augústulo, al cual había procurado la púrpura imperial.

"La ciudad fue expugnada, el infeliz Orestes decapitado y Rómulo, último emperador de Roma, cayó en manos del primer rey de Italia, de origen bárbaro.

"Éste usó de la victoria con gran prudencia. Quiso obtener el reconocimiento legal de su dominio obligando al joven Augústulo a renunciar formalmente ante el Senado, el cual había de declarar extinguido el Imperio Occidental." Cf. Carlos Castiglioni, opcit., t. I, p. 125.

(19) Cecina Basilio. Prefecto del Pretorio en el reinado del emperador Odoacro, a quien representó en la elección del papa Félix III, el año 483.

(20) Acacio murió el año 489. El cisma que promovió duró treinta y siete años.

(21) llamones. Uso extraño. Generalmente llamón es un vulgarismo por rajón, hablador, llorón.

(22) talla. Baraja. Llevar la baraja en el juego de banca u otros.

(23) manos. Hacer desaparecer en poco tiempo una cosa que se tenía a la vista.

(24) monte. juego de envite y azar, en el cual la persona que talla saca de la baraja dos naipes por abajo y forma el albur, otros dos por arriba con los que hace el gallo, y apuntadas a estas cartas las cantidades en que se juegan, se vuelve la baraja y se va descubriendo naipe por naipe hasta que sale alguno de número igual a otro de los que están apuntados, el cual de este modo gana su pareja. Monte también equivale a banca.

(25) imperial. juego de naipes.

(26) ValladolidCf. nota 33 al núm. 3.

(27) Arenas. Cf. nota 15 al núm. 10.

(28) Guadalupe Victoria. Cf. nota 27 al núm. 8.

(29) El obispado de Michoacán, hoy arzobispado y cuya jurisdicción no coincide con la actual, al sur y al oriente limitaba con el arzobispado de México y al norte con los obispados de Guadalajara y Linares. No sabemos si limitaba con el de Oaxaca.

(30) Hidalgos, Morelos, Saltos. Cf. notas 36, 37, 39 al núm. 9.

(31) José María Couto. José Couto Ibea (¿-1828). Doctor en teología, rector del Colegio de San Ildefonso desde 1804 a 1807 y cura de la parroquia de San Sebastián. Fue diputado a las Cortes de España. Se le concedió el arcedianato de la catedral de Málaga, el cual permutó por una canonjía de la de Valladolid, hoy Morelia.

(32) Juan José de Micheilena. Sólo sabemos de Juan José de Michelena, quien escribió Una proclama del doctor de Juan José de Michelena, en que hace ver con las razones más poderosas y convenientes lo desatinado de la empresa de los insurgentes, y sus funestas resultas, México, 1811.

(33) Joaquín de Iturbide. Los padres de Agustín de Iturbide fueron José Joaquín de Iturbide y Josefa Arámburu.

(34) Cañedo Cf. nota 29 al núm. 2.

(35) Puebla. Cf. nota 31 al núm. 1.

(36) Rafael Torres. En el drama El padre Arenas, Fernández de Lizardi dice: "En Puebla los compañeros / que hay presos van delatando / a gran prisa y van cantando, / pero como unos jilgueros. / Al padre Hidalgo lo hazgaron / y con otros los prendieron." Cf. José Joaquín Fernández de Lizardi, Obras II. Teatro, pról. de Ubaldo Vargas, edición y notas de Jacobo Chencinsky, Centro de Estudios Literarios, UNAM, 1965 (Nueva Biblioteca Mexicana, 8). Se descubrió la complicidad del padre Hidalgo y entre "los otros" a que alude estaba el padre Torres. Éste dijo que aquél tenía los planes en su poder. Ambos fueron sentenciados y ejecutados.

(37) Gómez... "capitán Gómez, a quien había tratado de seducir [Hidalgo]". Cf.México a través de los siglos. México independiente 1821-1855, escrito por Enrique Olavarría y Ferrari, México, Publicaciones Herrerías, s.a., t. IV, p. 131.

(38) duque de Angulema, Luis Antonio de Borbón, duque de Angulema (1775-1844). Al frente de los "Cien mil hijos de san Luis" invadió España en 1823 con el fin de ayudar a Fernando VII. Era el hijo mayor de Carlos X de Francia. No era heredero directo del trono francés pues lo ocupaba su tío Luis XVIII.

(39) Juan Clímaco Velázquez. Oficial que metieron en la cárcel junto a los presos para que descubriera quién era el "comisionado regio." Alamán dice que se llamaba Velasco y no Velázquez.

(40) José Gregorio Arana (1790-1828). Militar que nació en Bilbao, España. Combatió en la Guerra de Independencia. Afiliado al Plan de Iguala, entró a México con el Ejército Trigarante. Al caer Iturbide se afilió a la logia escocesa. General de Brigada el 31 de octubre de 1822, fue secretario del general Echevarri. Procesado durante la conspiración de Arenas, A pesar de no haberse probado su culpabilidad, fue condenado a muerte y fusilado en la Plazuela de Mixcalco el 5 de enero.

(41) Oaxaca. Cf. nota 34 al núm. 7.

(42) Juan José Andrade (1796-1843). Militar mexicano. En 1821 se adhirió al Plan de Iguala. Fue mayor de caballería, comandante de San Luis Potosí, gobernador político y segundo jefe del ejército en la acción de Texas. Comandante general de México en 1842. Luego se le envió a Sinaloa como gobernador y comandante general.

Respecto a la conspiración de Arenas tenemos el siguiente dato: "JUAN JOSÉ ANDRADE, coronel del ejército, teniente coronel mayor del 5º regimiento de caballería, y fiscal nombrado por el señor comandante general para formar causa al general de brigada graduado Don Gregorio Arana, acusado de infidencia, expone al Consejo sencillamente las reflexiones que emanan de la causa, para que venga en conocimiento de la atrocidad del crimen por el que se le ha procesado." Cf. México a través de los siglos. México independiente 1821-1855, escrito por Enrique Olavarría y Ferrari, México, Publicaciones Herrerías, s.a., t. IV, pp. 129-130.

(43) Miacatlán. En el estado de Morelos.

(44) El Águila Mexicana. Cf. nota 33 al núm. 4.

(45) El Sol. Cf. nota 7 al núm. 1.

(46) Ruinas de Palmira. Cf. nota 33 al núm. 9.

(47) El compadre Mateo. Baturrillo del espíritu humano. Obra de Laurent Delaurens, traducida por M..., París, Rosa Librero. O quizá aluda a Compadre Mateo. Sobre mazones [sic], Bogotá, Imprenta de Espinosa, 1824. Obra firmada por Santafereño.