[NÚMERO 11]
COMO YO ME LO PENSÉ
UNDÉCIMA CONVERSACIÓN DEL PAYO
Y EL SACRISTÁN(1)
INTERLOCUTORES
Los dichos y El Pensador
PAYO: Pues, como digo, estoy escandalizado con la conducta de los señores canónigos de México. Aun después de reconocida por la Inglaterra nuestra Independencia, no quieren ni quitar las armas de España de la lámpara de Catedral, estando mandado por la ley, ni poner en la fachada las armas de la República: el gobierno lo ve, y se le ha hecho notar esta falta mil veces, y no lo remedia. En virtud de esto, se puede hacer esta pregunta: ¿cuales son los privilegios que tienen los canónigos para infringir las leyes impune y públicamente?
SACRISTÁN: A fe que no habrá quién la responda, salvando a sus señorías. ¿Y qué le parece a usted, señor Pensador, del artículo del periódico de Londres (The Times) inserto en el número 340 de El Águila Mexicana?
PENSADOR: No lo he visto. ¿Lo tiene usted a la mano?
SACRISTÁN: Sí, señor.
PENSADOR: Sírvase usted leerlo.
SACRISTÁN: Dice así: "Noticias extranjeras. Constitución Mexicana. Londres 3 de enero de 1825.
"Sólo tenemos que hacer una o dos observaciones sobre este Código Constitucional, del que hemos dado un pequeño extracto. En cuanto a la teoría del gobierno hallamos pocas faltas en los principios que desenvuelve. En cuanto al sistema práctico, su excelencia, o sus defectos sólo pueden hacerse cuando la experiencia haya demostrado si es adaptable a la situación del pueblo, cuyo destino se trata de regular. Tiene una o dos ventajas evidentes sobre la mayor parte de las constituciones escritas o publicadas en Europa y América. En primer lugar, es corta, consistiendo como la carta francesa en los principios fundamentales, y contiene únicamente 171 artículos. En segundo lugar, no se desvía con los dogmas cuestionables sobre el origen de los gobiernos: no contiene verdades metafísicas, ni abstractos políticos. Como México fue una vez una colonia de España, el Código Constitucional principia muy propiamente declarando su independencia de España y cualquiera otra nación; pero nada dice sobre los derechos primitivos del hombre, ni de las bases esenciales de la soberanía. Sentimos no obstante que los legisladores mexicanos se hayan contenido por su situación o sido impedidos por sus preocupaciones de declarar una máxima teorética de grande importancia, es decir, el derecho de todo hombre a la libertad de conciencia. Si se hubieran penetrado de esta verdad y hubiesen podido manifestar su modo de pensar, no tendríamos que sentir la siguiente declaración que forma el artículo 3º del Código Constitucional: 'La religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.'"
(The Times.)
¿Qué le parece a usted?
PENSADOR: ¿Qué me ha de parecer? Que el resultado de esa ley fue como yo me pensé, con mucha anticipación; y aun trabajé cuanto pude porque no se constituyera la intolerancia religiosa.
PAYO: Me acuerdo de varios escritos de usted sobre esto, y especialmente de los titulados: La herejía justificada y desengaño de viejas, donde probó usted que la tolerancia era conforme al espíritu del Evangelio, y de necesidad política en nuestras circunstancias.
PENSADOR: Pero cuando vi esta misma intolerancia sancionada como ley, suspiré por la caída de concepto que necesariamente habían de dar los legisladores entre las naciones extranjeras, y por el perjuicio que ella trae a nuestra colonización. ¿Qué extranjeros han de querer venir a radicarse a un país donde lo primero que se les exige es que abandonen su religión nativa? Todos sabemos el influjo que ésta tiene en los hombres, sea cual fuere, y que miles de ellos, antes se dejarán degollar que variar de religión. ¿No es verdad que a esta clase de gentes, que son las más, el decirles "vengan a vivir con nosotros, a enlazaros con nuestras hijas, a trabajar y disfrutar de ventajas que ofrece nuestro país, con la condición de que habéis de abandonar vuestras ideas religiosas y adoptar las nuestras", es lo mismo que prohibirles la entrada en la República expresamente? Yo entiendo que si vinieren algunos extranjeros a radicarse entre nosotros por necesidad o interés, nunca serán cristianos sino hipócritas, estarán violentos en una tierra donde se los impide el ejercicio de su culto, siempre nos verán con la aversión a que se hacen dignos los intolerantes, y al fin de todo resultado, cuando tengan bastantes pesos, darán la media vuelta para sus tierras.
SACRISTÁN: Es verdad; y aunque yo creo que otros daños se pueden temer a más de ésos; pero ya es ley y no se puede remediar.
PENSADOR: ¿Quién le ha dicho que no? Sólo las leyes de la naturaleza son invariables; pero las humanas siempre son susceptibles de derogaciones y reformas: luego que la experiencia hace ver que una ley es perniciosa, se puede y se debe derogar; de otra manera, sería acreditarnos de necios; porque si no hay más razón para seguir un error constantemente, sino el haberse éste erigido en ley, es razón tan despreciable como la de Pilatos cuando alegó aquello de lo escrito, escrito; o lo mandado, mandado. La soberanía de la nación es indivisible e inenajenable, y así con la misma autoridad conque sus representantes hacen las leyes, pueden derogar o reformar las que convenga.
SACRISTÁN: Estoy muy cerca de creer que ésta de la intolerancia es una de ellas. Ya comienzan los ingleses a quejarse por sus periódicos públicamente.
PAYO: Yo no entiendo cómo está esto: no queremos tolerar el ejercicio de diferentes cultos; pero admitimos en nuestro país a hombres de todas religiones. Si ésta no es una tolerancia disimulada, no sé qué nombre darle.
PENSADOR: A mí me parece que la tal ley no ha de tardar mucho en derogarse.
SACRISTÁN: ¿Y en qué se funda usted?
PENSADOR: En esto: acabamos de celebrar con mucho gozo el reconocimiento que ha hecho la Gran Bretaña de nuestra Independencia. Deseamos estrechar con esta potencia los lazos más sinceros de amistad. Conocemos lo útil y necesario que nos es su alianza. Tenemos entabladas relaciones de comercio, y una deuda de diez y seis o más millones de pesos imprime en la nación un reconocimiento de gratitud. Ahora bien, supongamos que Jorge IV hace presente a nuestro gobierno los servicios que la Inglaterra ha hecho a la América, los que en lo de adelante pueda hacerle, y lo extraño que es la intolerancia en los países civilizados, concluyendo con suplicarle permitan a sus vasallos en América el libre ejercicio de sus cultos; ¿qué hará el gobierno en ese caso?
SACRISTÁN: Remitir la súplica a las Cámaras.
PENSADOR: ¿Y éstas qué resolverán? ¿Sancionarán la tolerancia de cultos, o desairarán la súplica del rey británico, exponiendo a la nación a las resultas?
SACRISTÁN: En efecto que el caso no es imposible, yo deseara que ya se fuera previniendo para que no cogiera de sorpresa.
PENSADOR: En el mismo seno del Congreso no faltaron abogados de la tolerancia; pero los eclesiásticos... las preocupaciones... la ignorancia del pueblo, y todo lo demás que se alegó hizo cambiar el orden que señalaban las instituciones liberales. El tiempo será el que irá arreglando el sistema, destruyendo las preocupaciones y familiarizando al pueblo con las reformas. ¿Qué más tienen que nosotros los chilenos? Nada, y acaban de hacer una reforma en el clero que aquí no la pudo conseguir Jalisco,(2) único Estado que ha pensado en ello.
SACRISTÁN: Usted hablará del artículo de Nueva York inserto en el número 341 deEl Águila y se la voy a leer a mi compadre, dice así:
"New York, 8 de febrero. El gobierno de Chile ha hecho una reforma importante en el clero. Ha confiscado los bienes de la Iglesia para uso del Estado, dando a los clérigos una compensación de cierto estipendio anual. A los regulares que quieran dejar sus claustros los autoriza para que puedan secularizarse, dándoles además un tanto mensual hasta que puedan colocarse en algún beneficio eclesiástico. Deberán suprimirse todos los conventos que no tengan más de ocho religiosos, y en ninguna parte de la República deberá existir más de un convento de la misma orden. El nuncio de su santidad ha sido desterrado de la República. Este mismo nuncio es el que fue desterrado, poco tiempo antes, del territorio de Buenos. Aires, pues parece que su señoría traía entre manos una misión que no era muy católica."
PAYO: Vamos, que es una vergüenza que la gran República Mexicana no pueda hacer lo que las pequeñas de Buenos Aires y de Chile. Éstas tuvieron la energía necesaria para echar fuera de sí no menos que a un nuncio del papa, y aquí no hay valor para deportar al obispo de Sonora. ¡Qué contraste!
PENSADOR: Para lo que no falta valor es para declamar contra la libertad de imprenta: se alegan abusos, se fingen peligros, y se proponen medios para abolirla, pero ¡infelices de nosotros el día que nos arranquen la preciosa libertad de imprenta! En ésta se hallan refundidas todas las libertades: el menor amago que se le hace a la libertad de imprenta es un golpe mortal que se le da a toda la libertad social. Ella es el enemigo de los déspotas y el coco de los tiranos, por eso éstos no la permiten en sus dominios, y cualquiera enemigo de la libertad de imprenta debe verse como sospechoso a la nación, así como sus defensores se deben considerar como verdaderos patriotas liberales. Entre éstos merece un lugar muy distinguido por su voto particular el señor Cañedo.(3) Consta en el número 342 de El Águila Mexicana, y dice así: "Voto particular del ciudadano Cañedo. Disintiendo del dictamen presentado por la mayoría de la Comisión, expongo a la Cámara lo siguiente. En vista de la incitativa que hace el gobierno con fecha 4 del mes que rige por medio del ministro de Relaciones con el fin de cortar los abusos que dice se hacen de la prensa, soy de parecer que la paz y tranquilidad pública nada padecen en el día por esta causa, y si alguna vez suele turbarse es solamente cuando aparece algún impreso atacando directa o indirectamente a la Independencia y libertad nacional; en todos los países cultos donde se conoce el precioso don de la libertad de imprenta, abundan escritores públicos que solamente se dedican a vigilar la conducta de los gobernantes, empleados públicos, por todo lo que contribuye a la prosperidad de la patria, y particularmente a que sus enemigos no triunfen de ella. Y es evidente que estos publicistas son de absoluta necesidad para reformar los abusos, publicar las infracciones de las leyes y cuidar de todo aquello que constituye la sociedad política entre hombres libres.
"Las previsiones patrióticas por medio de la prensa es indudable que generalmente se proponen el laudable fin de propagar el entusiasmo a favor de la patria, pintando la prosperidad a los que se hallan decididos por ella, y la futura adversidad a los que, siéndoles indiferente la suerte de ella, se manifiestan con tibieza y apatía; y estos principios solamente son desconocidos por los egoístas y ambiciosos. En cuanto a los temores que se ofrecen a mis dignos compañeros de conmisión,(4) acerca de la indisciplina y desconcierto que podrá ocasionarse en los cuerpos militares a consecuencia de los impresos, que algunas personas tienen por sediciosos, yo responderé, con la experiencia, que generalmente el súbdito militar en campaña no hace mayor aprecio de folletos ni pierde con facilidad la confianza en sus jefes, siempre que éstos reúnen el prestigio del patriotismo y carácter para mandar.
"Podría exponer mucho más sobre esta materia, que tanto debe llamar la atención pública, pero creo que hago ver con bastante claridad los males que nos podrán sobrevenir si a la libertad de imprenta se le ponen más trabas, pues quererla oprimir más de lo que se halla, sería procurar el retroceso a los tiempos bárbaros de la censura inquisitorial, con cuya conducta, la bajeza y servilismo se apoderarían muy pronto de la generalidad de los ciudadanos, y por consiguiente volveríamos a ser víctimas del despotismo. Por todo lo cual, y siendo anticonstitucional cualquier ataque contra la libertad de imprenta, presento a la deliberación de la Cámara la siguiente proposición:
"La libertad de imprenta que se halla bastante restricta, no debe sufrir más restricciones y subsista en el mismo estado en que se encuentra. Sala de Comisiones, febrero 23 de [1]825. Manuel Cañedo."
SACRISTÁN: Eso está muy bueno; pero con la venia de tan sabio autor, la libertad de imprenta necesita reformarse en la parte penal, porque, en efecto, las penas del reglamento son muy crueles y nada correspondientes a los delitos; porque ¿cómo puede ser justo ni equitativo imponerle a un escritor muchas penas a cual más crueles por un mismo delito, o acaso por una inadvertencia, por una equivocación, por un yerro de opinión, o tal vez por una mala inteligencia del jurado? Pues así es en efecto. Yo creo, por ejemplo, que se debe permitir la tolerancia de cultos para contar con la amistad sincera de nuestros aliados, para estar seguros de las intentonas de España y de la Liga,(5) para que florezca la colonización y, en una palabra, para que se aumente la felicidad nacional. Imprimo estas benéficas ideas, me denuncian el papel, me tocan siete jurados ignorantes o fanáticos, califican mi papel de subversivo y me aplican de luego a luego cuatro penas. Primera, degradación de mi empleo. Segunda, cesación de sueldo. Tercera, pérdida de los derechos de ciudadanía; y cuarta, una prisión de cuatro o seis años, con cuya santa diligencia quedo arruinado para siempre, pasando el castigo [a] la familia que no se metió en nada.
No pretendo que los escritores que descaradamente abusan de la libertad de imprenta queden impunes; pero quisiera que los castigos se proporcionaran a los delitos: que los graves se castigaran con destierro, y los leves con multas; pero que nunca se impusieran dos ni cuatro penas por un delito.
SACRISTÁN: Dios quiera que la Comisión reflexione detenidamente sobre una cosa tan importante y justa.
PENSADOR: Así lo debemos esperar de la ilustración y patriotismo de los señores que la componen. Entre tanto, a Dios, hasta otro día.
México, 25 de marzo de 1825.
El Pensador
(1) Imprenta de don Mariano Ontiveros.
(2) Jalisco. Cf. nota 20 al núm. 2 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria
(3) Posiblemente se refiere a Manuel Antonio Cañedo (1787?-1855?). Militar mexicano. Insurgente, diputado al Congreso General, comisionado por el gobierno para concluir los tratados de México con los Estados Unidos.
(4) conmisión. Por comisión: especie de guardia civil. Cf. Santamaría.
(5) Santa Liga. Cf. nota 19 al núm. 1 de El Hermano del Perico que cantaba la Victoria