DIÁLOGO POR EL PENSADOR ENTRE EL FISCAL
Y DEFENSOR DEL PADRE ARENA[S](1)
FISCAL: Conque, señor Defensor, ¿en qué estado está su ahijado de usted, el padre Arenas?(2)
DEFENSOR: No lo sé, señor coronel, porque no lo visito.
FISCAL: Así lo entiendo; pero yo pregunto por el estado de su causa, no por el de su persona.
DEFENSOR: También lo ignoro, pues desde que lo defendí en Consejo no he vuelto a saber nada.
FISCAL: Es regular que salga bien, porque la defensa que hizo está fundadísima.
DEFENSOR: Mi jefe, usted me habla en un estilo de broma; pero si no está muy fundada la defensa, es porque la casa no dio más de sí. ¿Qué defensa mejor se podía haber hecho de un reo cogido in fraganti, seduciendo al señor Mora,(3) convencido con los testigos, con cuerpo del delito presente, confeso y ratificado, y agobiado con el peso de tantas leyes, como usted citó su [sic] pedimento fiscal? Se la doy de veinte tiros al oficial más hábil y si escapa su cliente, yo voy al palo por [él].(4)
FISCAL: Vamos, señor mío, no se exalte usted: la defensa, hablando sin broma, estuvo brillantísima en cuanto cabe, no dejó tecla por sonar(5) ni alegato que hacer en cosa tan desesperada. El padre Arenas no pudo encontrar mejor patrono.
DEFENSOR: A pesar de la palabra de usted, yo creo que habla [por] ironía; pero ya digo, yo no pude hacer más.
FISCAL: Y yo añado que con dificultad se habría hallado que hubiera hecho otro tanto. Para satisfacer a usted de [la] sinceridad de mi lenguaje, le aseguro que su defensa estuvo más trabajada que mi pedimento, pues yo tuve mucho que discurrir en el caso: con referir el hecho, el convencimiento del delito y hacer la justa aplicación de las leyes de la materia, tuve lo necesario para salir bien. En fin, yo levanté mi edificio sobre una roca y usted el suyo sobre fango y tierra movediza.
A mí y a todo sensato cayó muy en gracia la seriedad con que usted dijo: “que todo el delito del padre Arenas consistía en haber tratado de seducir al señor comandante general don Ignacio Mora a fin de que se adhiriese a su plan, cuyo objeto principal era conservar la religión de Jesucristo en los propios términos en que se hallaba el año de [180]8. Que en la concurrencia se trató en substancia de la religión, de la ley de Jesucristo, de un odio formal a la masonería, y aun cuando todo eso fuera un pretexto para pasar adelante y asegurar el golpe... lo cierto era que no se trató más que de las cosas por el aspecto religioso”; deduciendo, por fin, de todo que el fanatismo precipitó al padre Arenas a este exceso, que lo cegó, que lo enloqueció, y tal vez el intenso deseo de padecer el martirio para pasar a una vida eterna y deliciosa indujeron al bendito fraile para cometer tamaño crimen, mirando con indiferencia la muerte; por todo lo cual, usted juzgaba que sería más conveniente se le aplicase una pena extraordinaria, que no la del último suplicio.”
Éstas, que parecen trivialidades, no fueron sino sofismas muy bien fundados, después de todos los demás alegatos que usted produjo en su erudita y bien hablada defensa.
DEFENSOR: Muy bien, ¿conque usted califica de sofismas estos alegatos?
FISCAL: Y apostara mis estrellitas a que usted las calificó de tales al tiempo de escribirlas. Ni usted ni nadie ignoran que la religión católica jamás puede traerse por pretexto de conspiraciones. El mismo Jesucristo manda expresamente que se dé al César lo que le pertenece, y no hay quien dude que la subordinación a las autoridades de la tierra es regalía que a ellas les pertenece. San Pablo dice que todos, sin excepción, deben estar sujetos a las potestades civiles: el mismo apóstol tuvo que obedecer este precepto cuando fue juzgado por los tribunales, en los que para su defensa no alegó las Escrituras sino las leyes y los fueros romanos y no apeló de su juicio a san Pedro sino al César: Caesarem appello. Conque vea usted qué lejos está la religión de poder servir de parco(6) al conspirador, cuando ella, los apóstoles y su mismo maestro condenan con sus palabras y ejemplos tan inicuo y criminal proceder.
DEFENSOR: Todo eso bien sabido lo tengo.
FISCAL: Y yo no lo dudo.
DEFENSOR: Pero, ¿cómo había de ir al Consejo a repetir esas solidísimas verdades? En ese caso con volver a leer el pedimento de usted era más cerca para conducirlo al patíbulo. ¡Triste cosa es ser defensor de semejantes reos! Es necesario buscar razones donde no hay sino palabras, alegatos aéreos(7)contra pruebas reales y disculpas contra delitos probados. El enfermo se me entregó desahuciado.
FISCAL: El segundo alegato de que estaba loco es bien especioso...(8)
DEFENSOR: No, usted dispense, pero ése es el mejor. ¿Pues no considera usted que sólo un loco pudiera tener la temeridad de ir por su pie a delatarse al comandante general, con quien el buen religioso no llevaba amistad ni tenía por dónde sospechar que se adhiriera a sus ideas?
FISCAL: Es verdad. Ése fue un golpe maestro de locura; pero con todo, conviene castigarlo severamente, porque el loco por la pena es cuerdo.(9) No sé dónde he leído que una vez acometió en Roma a las muchachas un mal o frenesí terrible, conocido con el nombre de furor uterino, el que las enloquecía de tal suerte que se ahorcaban con mucha frecuencia. Tal vez en ese tiempo no se conocían en Roma ni médicos ni boticarios: el gobierno se encargó de la curación de aquellas infelices y publicó un bando por el que amenazaba a las suicidas con que después de muertas serían puestas a la pública expectación enteramente desnudas. No por eso calmó la enfermedad; pero como en Roma las leyes se llevaban a su cumplimiento, a la primera muchacha que se ahorcó la expusieron al público como la parió su madre; fue tal el terror y la vergüenza que causó este espectáculo a las doncellas romanas, que les curó el frenesí y ya no se ahorcó otra. Así podían hacer aquí con el padre Arenas y socios: que los pasen por las armas y los expongan a la pública expectación, y verá usted cómo no hay muchos locos que seduzcan a otros contra las libertades patrias.
DEFENSOR: Usted habla siempre con carácter fiscal. Pero ¿qué le parece a usted?, ¿quién de los dos se saldrá con su pedimento?, ¿usted con que lo fusilen o yo con que no?
FISCAL: Quién sabe: mi pedimento está sostenido con las leyes.
DEFENSOR: Y el mío con la piedad, con la religión, con la devoción, la virtud, la fe y la gloriosa palma del martirio. Sin embargo de todo esto, no fío al padre Arenas.
FISCAL: ¿Cómo no?, ya por ahí se hacen apuestas de que escapa. Si tal sucede, no sé con qué cara se atreverá el gobierno a querer castigar a otro criminal.
DEFENSOR: Ya veremos. A Dios, señor Fiscal.
FISCAL: A Dios, mi amigo.
El Pensador
NOTA
No creemos que se ofenda la delicadeza de estos señores por este Diálogo, cuyo objeto es laudable, y sólo se tomaron sus nombramientos en oposición para dar más gracia a la idea.
(1) México, 10 de marzo de 1827. Imprenta de la calle de Ortega [Cf. nota 1 a Que duerma... 1] número 23.
(2) padre Arenas. Cf. nota 23 a Que duerma... 1.
(3) Ignacio Mora y Villamil, marqués de Rivascacho (1791-?). Militar que en 1821 se adhirió a la conspiración iturbidista. Hizo un plano general de la República Mexicana. Fue director del Cuerpo de Ingenieros. Diputado en los años 1825-1826. Fue secretario de Guerra y Marina (20 oct.-nov. 1837). Trató con Scott el armisticio. Escribió un Tratado de fortificación, ataque y defensa de las plazas. El 19 de enero de 1827 el padre Arenas lo invitó a participar en la conspiración. Mora aparentó adherirse y en una entrevista amañada para que algunos testigos escondidos oyesen lo que proponía Arenas, lo hizo aprehender. Cf. las notas 24 y 25 a Que duerma… 1; el Correo Semanario de México, núm. 10 en Obras VI, op. cit., p. 161 y La tragedia del padre Arenas en Obras II. Teatro, op. cit., pp. 345-374.
(4) El texto original está mutilado.
(5) tecla por sonar. Poner en juego todos los medios. En Fray Gerundio de Campazas, hablando de Quevedo, José Francisco de Isla escribe: “No dejó aquel saladísimo ingenio tecla que no tocase, ni se le quedó en hueco la de la corrupción del púlpito” en Obras escogidas, op. cit., p. 288.
(6) de parco. Posiblemente de parce: “la cédula que dan los Maestros de Gramática á los discípulos, en premio, por la qual se les perdona el castigo que después merecen por alguna falta, presentándola al Maestro: y por esso le dan este nombre del Latino Parcere. En algunas partes le llaman Parco.” Dic. de autoridades.
(7) aéreos. Sutiles, fantásticos, sin solidez ni fundamento.
(8) especioso. Alegato extravagante, paradoja ridícula.
(9) el loco por la pena es cuerdo. Refrán que advierte que el castigo enmienda los vicios. Cf. Juana G. Campos y Ana Barella, Diccionario de refranes, Madrid, R. A. E., 1975 (Anejos del Boletín de la Real Academia Española XXX), p. 263.