DEFENSA DE URBINA
POR EL PENSADOR MEXICANO(1)

 

ADVERTENCIA

 

 

El día de este juri no sabía yo si había españoles de jueces de hecho; al tiempo de la defensa me lo hicieron entender, y concluida protesté estar a lo favorable y apelar de lo adverso. Mi parte salió bien porque Dios quiso, pues hubo una larga y muy altercada resistencia para absolverlo: no fue mucho, habiendo españoles, quienes por ningún título debían insacularse para esta clase de juicios, pues por hombres de bien que sean son españoles, juzgan un papel de éstos como partes agraviadas y es preciso que fallen contra el autor. Sería, pues, muy justo que la ley los separase de estos juris ya porque no hacen falta, sobrando tantos otros, como porque ser jueces y partes a un mismo tiempo no se ha visto ni en Argel.

Es muy ingrato a la patria el que, previendo su próxima ruina, enmudece y la expone a ser víctima de la intriga, apatía, falsa confianza u otros vicios civiles que son muy comunes en las revoluciones de los pueblos.

Convencido de esta verdad el ciudadano Telésforo José de Urbina, y asegurado de que la salud de la patria es la suprema ley, escribió su papel titulado: Por la patria y sus derechos libres debemos hablar, menos si acaso rigieren las leyes del Alcorán. Virtió sus ideas según su talento, conforme las concibió, y las explicó como pudo: mal y por mal camino, como suele decirse; pero con el corazón más limpio y con las más rectas intenciones, que siempre ha dirigido a la felicidad de su patria. ¡Ojalá y cuantos escritores hacen sudar las prensas en América, poseyeran el patriotismo y buena fe de Urbina! Sí, señores, ese desgraciado infeliz que tenéis a la vista como reo, dos veces agobiado con el peso de la miseria y de la edad, es un buen hombre de bien a todas luces: el amor a su patria es en él una pasión furiosa. Jamás conoce el miedo, todo lo arrostra y nada le intimida cuando juzga vulnerados sus derechos.

Desde los principios de nuestra gloriosa lucha se decidió a sostenerla con las armas, no por interés del pillaje, ni por el apetito de honores, como algunos, sino únicamente por el amor a su patria; y así es que sirvió constantemente en la campaña, y expuso repetidas ocasiones, su existencia en la clase de un simple aventurero sin sueldo alguno, mendigando su subsistencia y sufriendo los rigores de Marte, sin más interés, conato ni deseo, sino ver a su patria libre del dominio español.

Estas virtudes no comunes y que se deben clasificar como heroicas le merecieron del primer Congreso Nacional el título de bueno y celoso patriota, y que se le asignaran doce reales(2) diarios por el tiempo de su vida, lo que se verificó mientras lo permitieron las circunstancias; y estas mismas virtudes son las que vuestras señorías deben tener presentes el tiempo de la sentencia, advirtiendo que mi cliente es un bueno y celoso patriota; que sus servicios están acreditados para los generales y jefes con quienes lo hizo; que la misma Junta de Premios(3) los ha calificado de meritorios; que con todo esto no se le han premiado; que yace simado en la miseria; que no tiene talentos superiores ni principios ningunos de literatura, pero en cambio posee un patriotismo refinado que lo enloquece y lo hace producir sin discreción cuanto le viene a la cabeza, con tal que crea que es lo que conviene al beneficio general de su nación.

¿Y a este hombre de bien, a este viejo infeliz, a este celoso defensor de la patria serán vuestras señorías capaces de condenar, reduciéndolo a una larga prisión en que se muera de hambre, sólo por no entender su espíritu, si no ateniéndose a la acusación del fiscal, quien si lo hubiera conocido y tratado, ciertamente no hubiera formado su denuncia? Es imposible. Para juzgar de los escritos de Urbina es menester conocerlo y tratarlo. Hasta aquí, señores, sólo he manifestado quién es Urbina, cuáles sus meritos, cuánto su patriotismo y el candor con que lo manifiesta. Pasemos ya a defender su impreso.

Dice el fiscal que ataca directamente la tercera garantía.(4) A esta acusación siempre se dirá que la tercera garantía no consiste en que los españoles obtengan los empleos civiles ni militares en todos tiempos, con preferencia a los americanos; pues es menester explicar esto con algún espacio para entenderlo, porque ésta es una de las paradas que desea Urbina que se le aclaren.

Muy bien sé que la Independencia ni rompió ni pudo romper los lazos fraternales que nos unen con los españoles por las relaciones de sangre, idioma, religión, usos y costumbres; y que si como republicanos debemos ser tolerantes con todo el mundo, como agradecidos e ilustrados debemos serlo aún más con los españoles por las razones dichas; pero también advierto que, después que la América se emancipó y se casó con su libertad, después que se gobierna por sí y salió de la patria potestad de España, está obligada por toda justicia a colocar en los mejores puestos a sus hijos, antes que a sus hermanos, y estos hijos pueden solicitar tal preferencia de su madre, sin romper la unión con sus hermanos dichos. Si la cuestión se pone en tal punto de vista, como debe ponerse, sale por necesaria consecuencia que mi parte, ni directa ni indirectamente, ha atacado la tercera garantía.

Dice el fiscal que Urbina supone que no sólo se desprecia la opinión general, sino que se procura contrariar. A este cargo se puede satisfacer preguntando al mismo señor fiscal: ¿es o no la opinión general o de la mayoría de la nación, que esto se debía entender por general, que los españoles sean separados de los empleos civiles y militares, mientras la España no reconozca nuestra Independencia? ¿Se ha pedido esto por medio de las prensas? ¿Se ha solicitado lo mismo por algunos señores diputados en el salón de Cortes? ¿Se hizo una representación para lo propio por la oficialidad de granaderos de caballería(5) y otra por los Cívicos de México? ¿Tuvo otra causa el pronunciamiento de Cuernavaca?(6) ¿Reconocieron otro origen en esta capital los sucesos de los días 23, 24 y 25 de enero próximo pasado? Pues si todo esto es cierto, ¿qué más se necesita para conocer que la opinión es general? Y si lo es, pregunto, ¿está satisfecha esa opinión? No, luego está contrariada; y entonces ¿cuál es el cargo que le resulta a Urbina por haber dicho una cosa que todos ven?

Para desvanecer los demás cargos que de la denuncia fiscal resultan contra mi cliente, es preciso advertir que están aglomerados y separados de los lugares que ocupan en su impreso. Es cierto que dice que la libertad de escribir la van destruyendo; pero esto ¿lo prueba o no? Él indica los ataques que ha recibido la libertad de imprenta en nuestros días, y como tales, señala la prohibición del voceo de los impresos,(7) la obligación de anunciarlos en papel sellado, el terrorismo infundido a los impresores con las exacciones numerarias exigidas a Paredes, administrador de la casa de Ontiveros;(8) y, por último, la persecución de los escritores. ¿Es esto falso o verdadero? Todos lo notan, todos lo dicen, aunque no todos lo imprimen. Un señor diputado ha dicho públicamente por las prensas lo siguiente: "el espíritu y genio perseguidor de la imprenta se ha fijado cual astro de mal agüero sobre nuestra atmósfera". El mismo señor dijo: que "don Francisco Molinos del Campo (son sus palabras) que voluntariamente prohibió el voceo aun de los papeles de autores conocidos... halló el gran medio de atacar la libertad de imprenta con impunidad, y al que habría recurrido el conde del Venadito(9) y su antecesor Venegas,(10) sin dar el escandaloso golpe de prohibirla con un decreto". Urbina advierte que el señor Iturbide no tuvo valor para darle semejantes ataques, aun cuando los impresos le minaban la opinión a toda prisa, y ve que nuestro gobierno paternal hace lo que no hizo el que se ha llamado tirano. Urbina sabe que hasta para tener una casera diversión entre gente decente se necesita pedir licencia al gobierno, y si no, hay multas; no ignora que al ciudadano José Aguirre(11)se multó en cien pesos,(12) no ha muchos días, porque le dio un baile a la legación inglesa, obsequio muy político y digno de la aprobación de los sensatos. Él ha leído el oficio conminatorio del señor jefe político, impreso en Guadalajara,(13) y también ha leído en otro impreso de México que don Antonio o el despotismo es el mismo,(14) sin más diferencia sino que ahora trae una ayuda de cámara que se llama Peor que antes. Él, en fin, ha visto tantas cosas que, aturdido, pregunta, no afirma: ¿ésta acaso es libertad? ¿Éste es el bien que disfrutamos?, ¿de opresores a opresores?, ¿no está peor la diferencia con ver que lo son los nuestros? ¿Por fin, en qué ley vivimos?, ¿rige aquí el Alcorán? Esto es preguntar no afirmar, y hasta ahora sabemos que quien pregunta no yerra; sólo que a mi parte le toque la desgracia de que el juri lo condene por patriota, sencillo y preguntón.

Urbina, con la ingenuidad de su buena fe, dice: "todo el orden está perdido; todo se vuelve terror y confusión; ni aun en el santuario de las leyes se encuentra aquella moderación y decoro correspondientes; allí se oyen improperios y personalidades contra cojos y tuertos(15) y qué sé yo; y si la votación no sale al paladar de algunos representantes, van tomando el portante los resentidos, y ya no hay discusión por no quedar el número competente". Estas son las palabras de Urbina; pero el fiscal, no sería por malicia sino por inadvertencia, interpreta y comenta criminalmente las palabras de Urbina de este modo, dice que: mi parte "supone perdido enteramente el orden en todas las autoridades, atribuyendo a vicios del Soberano Congreso el acaloramiento de algún señor diputado".

Esta es una manifiesta equivocación del fiscal de libertad de imprenta, porque ni con yuntas de bueyes puede arrastrarse la consecuencia que saca de lo que Urbina escribió. El fiscal se desentiende del motivo que tuvo mi parte para asentar su proposición. Esta es que no se encontraba ni en el Congreso(16) la debida moderación, y lo funda en que allí calumnió y zahirió con personalidades un diputado a dos ciudadanos, y, a mayor abundamiento, cita el reciente ejemplar de que, por no haber sido la votación al gusto de los menos, éstos, siendo casi la mitad, se levantaron y se salieron, por lo que, no habiendo quedado el suficiente número de diputados para formar Congreso, se levantó la sesión. El hecho fue público, aquí se invirtió el orden, como se invierte en tantas ocasiones cuantas es necesario reclamarlo a campanazos; y el decirlo, truncando lo esencial, ¿se ha de atribuir como crimen a mi parte?

Urbina dice y prueba que aun en el santuario de las leyes suele faltar el orden, y cita los hechos; pero no atribuye esta falta a vicios del Congreso, como sin temor de Dios dice el fiscal. El Congreso no es un individuo, ni su valimiento está en muchos, sino en la mayoría, y [a] ésta respeta mi parte llamándola santuario de las leyes; pero levantar testimonios es muy fácil.

Faltó y muy faltó el orden en el Congreso cuando el señor Bustamante a mí y al Payo del Rosario nos injurió con las ridículas personalidades de llamarnos al uno cojo y al otro tuerto, calumniándome atrozmente con el apodo de sedicioso cuando no había escrito un papel; pero una cosa es decir que faltó el orden en el Congreso, orden que todos los días lo reclaman con la campanilla, y otra cosa es atribuir el desorden de uno o de muchos a todo el Congreso en general; y esto es lo que no ha dicho Urbina.

Señores, el denunciar impresos y calificarlos de sediciosos, subversivos y alarmantes es más fácil que hacer buñuelos. En el mundo entero no se ha escrito ni se escribirá cosa alguna que yo no sea capaz de acusar como subversivo, sedicioso, alarmante, herético, o lo que me diere la gana. Sí, el Credo, esa cartilla de los cristianos, esa protestación de fe que reconocemos como santa e infalible, yo, revestido del espíritu y lógica denunciante, lo acusaría de subversivo, herético, sedicioso y alarmante. ¿Se admiran vuestras señorías?, pues no hay de qué. Oigan cómo, y qué cosa tan fácil es denunciar un impreso. La religión del Estado me manda creer que el que va a los infiernos se condena. Esto es de fe. Ahora bien, el Credo dice que Jesucristo fue a los infiernos; luego se condenó. Si se condenó, no fue Dios. Y si no fue Dios, nuestra religión es falsa. Todo esto sale del Credo, y esto es trastornar la religión del Estado: de consiguiente, es subversivo, sedicioso, etcétera, etcétera, en primer grado. Tan fácil así es acriminar un escrito cuando se quiere.

Por otra parte, el fiscal con la mayor acrimonia inculpa a Urbina de que injuria a las autoridades y atribuye vicios al Soberano Congreso, no haciendo tal cosa; y al mismo tiempo dora el desorden del señor Bustamante, sin advertir que aun cuando mi cliente hubiera tenido algún desliz en lo que escribió, es disculpable por sus ningunas luces, literatura ni representación: circunstancias que tiene el diputado, y que las mismas lo hacen más delincuente ante la ley. Sin embargo, esta gravísima falta del señor Bustamante se llama, en boca del fiscal, acaloramiento; y el decir Urbina esa falta se acusa como subversión y como injuria. Ya se ve, el señor Bustamante es un diputado a Cortes, y Urbina es un pobre infeliz, y es bien sabido que

Cuando el pobre se emborracha

y el rico en su compañía,

la del pobre es borrachera,

la del rico es alegría.(17)

La coplita es vulgar pero adecuada.

El fiscal asienta que mi parte vierte especies ofensivas a las supremas autoridades: yo bien quisiera que nunca hubiera advertido en ninguna de ellas cosa que le hubiera chocado; pero los que gobiernan son hombres y es imposible, por lo mismo, que sean perfectos. Es, pues, de necesidad que los ciudadanos les adviertan sus descuidos y les critiquen sus faltas, para esto se ha concedido el don precioso de la imprenta. "En un sistema de gobierno popular y libre, tienen todos y cada uno de los individuos que lo componen un derecho sagrado e imprescriptible para fiscalizar y criticar las acciones públicas de sus funcionarios; y con este objeto se protege tanto la libertad de imprenta, como garantía [de] la más fuerte de sus libertades y derechos de los pueblos, así como freno terrible para los hombres públicos: critique enhorabuena el pueblo la conducta de sus mandarines, con tal que lo haga con verdad y decoro, únicos requisitos que se le exigen... El pueblo nunca se engaña en esta clase de juicios y siempre hace justicia, motivo porque la opinión pública hace temblar a los hombres en los gobiernos liberales. ¡Ojalá que nuestros conciudadanos hagan el uso justo que deben hacer de la imprenta! Él sólo bastaría para mantener en su deber a todos los funcionarios, y para hacerlos gozar de la verdadera libertad. Ya la tenemos por derecho; pero las cadenas pesadas que llevamos por trescientos años nos han dejado como entumecidos para correr por esta senda hermosa y agradable. Plegue a Dios que salgamos breve de este entumecimiento, y que el pueblo contraiga un tacto tan delicado que le lastimen hasta los algodones, ya que tantos años se acostumbró a pisar sobre abrojos". Así se ha explicado no ha muchos días el presidente del Congreso del estado libre de Jalisco.(18) ¡Felices los pueblos donde las primeras autoridades protegen tan abiertamente la libertad sagrada de la imprenta! Yo por mi parte sólo diré que en donde los magistrados obren bien, faltarán ciudadanos que escriban mal.

No injurió, pues, Urbina a ninguna de nuestras autoridades, ni menos provoca a la sedición en el periodo que seguramente le chocó más al fiscal, pues lo subrayó. La cláusula en cuestión dice: "si las paradas no se aclaran y seguimos como vamos, si piensa triunfar de nosotros el dolo, la intriga o la fuerza, disponeos a padecer, bajo el seguro de que siempre venceremos". Este periodo fue el que más eco le hizo al fiscal, y por el que acusa al papel de sedicioso e injurioso en primer grado; pero por fortuna estas palabras tan distantes están de inclinar a la sedición, que antes bien son las que excitan al buen orden, y las que prueban mejor el refinado patriotismo de Urbina, aunque explicado bruscamente.

En el supuesto de que no vamos muy bien, de que la opinión general está desatendida, la libertad de imprenta atacada, don Antonio, con su ayuda de cámara, y además sabiendo que tenemos enemigos interiores que, con el engaño, la intriga o la fuerza tratan de dividirnos para alguna vez esclavizarnos, invita a sus conciudadanos a la constancia en las virtudes contrarias a los vicios que acusa, animándolos con la esperanza de que con ellas vencerán a sus enemigos aun después de mil padecimientos. Urbina lo que quiere decir en las palabras que escandalizaron al fiscal es lo que sigue: si el engaño, si la intriga, si la fuerza u otras arterías de nuestros enemigos se emplearen con el fin de triunfar de nosotros y de dominarnos, preparémonos a padecer con la seguridad de que con la constancia, la unión y la virtud los venceremos.

Nada presentan estas palabras que huela a sedición o injuria; declaran la guerra a las pasiones de nuestros enemigos, no a ninguna de las autoridades. No: el despotismo, la ambición, el engaño y otros vicios que revolotean sin cesar entre los hombres no son autoridades a quienes debemos respetar. Urbina, sin nombrar éstas, ataca a aquéllos, lo que es más digno de elogio que de acusación.

Habiendo, pues, suficientemente probado que el ciudadano Telésforo José de Urbina en el impreso de que se trata ni ataca la tercera garantía, pues expresamente dice que ama a los españoles, que el daño que les desea caiga sobre él, que enhorabuena vivan con nosotros hasta el fin de sus días, aunque sin empleos, cuantos hoy existen en América, etcétera, ni falta al decoro al Soberano Congreso, pues lo llama santuario de las leyes y a sus miembros padres de la patria, ni excita a la sedición en declarar la guerra a las pasiones, y finalmente ni injuria a ninguna autoridad, pues no nombra a ninguna, y las pasiones que nombra no son autoridades que debemos respetar, se sigue necesariamente que el papel de Urbina no es subversivo, sedicioso ni injurioso, como pretende el fiscal de la imprenta, y, por tanto, a nombre de mi parte y de la justicia que es más, concluyo suplicando a vuestras señorías se sirvan declararlo absuelto en vista de lo alegado y probado.

 

México y marzo 8 de 1824.

[JoséJoaquín Fernández de Lizardi

 

 


(1) México, Imprenta de don Mariano Ontiveros, 1824. Telésforo José de Urbina. Cf. nota 10 a La victoria del perico.

(2) reales. Cf. Nota 12 a El cucharero y su compadre...

(3) Junta de Premios. Cf. nota 4 a Rendida súplica...

(4) tercera garantía. Cf. nota 10 a Oración de los criollos...

(5) granaderos de caballería. En 1821 se adoptó para caballería el reglamento propuesto por el marqués de Vivanco: cada regimiento se debía componer de cuatro escuadrones de dos compañías, formando cada cuerpo ochocientos cincuenta y seis soldados, oficiales, sargentos, cabos y demás oficiales. "Los granaderos a caballo conservaron su denominación de imperiales". México a través de los siglosop. cit., t. IV, p. 49. Al frente de ellos quedó J. J. Herrera. En adhesión al Plan de Casa Mata, desertaron los cuerpos 9 y 11 de infantería; después el 4º de caballería y los granaderos a caballo que formaban la guardia del emperador.

(6) pronunciamiento de Cuernavaca. Cf. notas 12 y 26 a Carta de El Pensadora El Payo...

(7) voceo de los impresos. Cf. nota 17 a Ataque al castillo.

(8) Por lo menos desde 1820 el administración de la Imprenta de Ontiveros era N. de Paredes.

(9) conde del Venadito. Cf. nota 11 a Barbero rapa Barbero.

(10) Venegas. Cf. nota 19 a Lo que escribe.

(11) José Aguirre. Tenemos noticia de José María Aguirre (1778-1852). Sacerdote y doctor en leyes. Desempeñó varios puestos de importancia en la curia eclesiástica. En 1812 fue abogado de la iglesia metropolitana.

(12) pesos. Cf. nota 8 a El cucharero político...

(13) Guadalajara. Cf. nota 19a Felicitación y reflexiones....

(14) don Antonio. Cf. nota 14 a La victoria del perico.

(15) cojos y tuertos. Cf. nota 7 a Carta de El Pensador a El Payo...

(16) Congreso. Cf. nota 3 a Aunque haya un nuevo Congreso.

(17) Forma versificada del refrán: "cuando se emborracha un pobre, todos dicen borrachón; cuando se emborracha un rico, qué alegrito va el señor"; "en el rico es alegría y en el pobre borrachera", o ''en el pobre es borrachera y en el rico es alegría". Refranero de Catamarca de Carlos Villafuerte, Buenos Aires, Academia Argentina de Letras, 1972. En sus Refranes, proverbios y dichos y dicharachos mexicanos (op. cit.), Darío Rubio registra una copla: "cuando el rico con el pobre/ están en la pulpería; / la del pobre es borrachera/ y la del rico es alegría".

(18) Jalisco. Cf. nota 6 a Preguntitas sueltas... En 1823 Prisciliano Sánchez (1783-1826) formaba parte del Primer Congreso Constituyente y en 1824 de la Primera Legislatura de Jalisco, donde se distinguió como partidario del liberalismo y del sistema federal. Se le eligió popularmente para ser el primer gobernador constitucional de Jalisco en 1825.