Dictamen

Omnis plantatio, quam non plantavit Pater meus coelestis,eradicabitur.

MATEO, capítulo XV(1)

 

SEÑOR

Ocupado vuestra majestad en uno de los asuntos más importantes y trascendentales a la seguridad y prosperidad de la monarquía, de si ha de existir o no por más tiempo aquel famoso tribunal, conocido desde el siglo XIII con el dictado de Inquisición, he creído dar mi dictamen por escrito para que sea cual fuere la resolución del Congreso, se transmita y llegue mi opinión a las futuras generaciones. Este gravísimo asunto, que ha llamado la atención de muchos ilustrados y virtuosos ciudadanos que hacen sudar continuamente las prensas para ilustrar al pueblo español en su religión y verdaderos intereses, conviene examinarlo detenidamente según las luces del Evangelio, los fundamentos del derecho público de las naciones y los principales de la sana filosofía. No desconozco la necesidad de que haya entre nosotros autoridades encargadas de conservar en su integridad y pureza la religión católica, apostólica, romana, que es la única verdadera y la única que se reconoce y protege como tal por la ley fundamental del Estado; mas antes de tratar de ese punto voy a sentar tres proposiciones que, sin prevenir la respetable decisión de las Cortes, que espera con ansia la nación entera, explicarán todo el fondo de mi opinión en una materia tan ruidosa.

Primera. El tribunal de la Inquisición es enteramente inútil en la Iglesia de Dios.

Segunda. Este tribunal es diametralmente opuesto a la sabia y religiosa Constitución que vuestra majestad ha sancionado y que han jurado los pueblos.

Tercera. El tribunal de la Inquisición es, no solamente perjudicial a la prosperidad del Estado, sino contraria al espíritu del Evangelio que intenta defender.

¿Y serán estas verdades inconcusas o atrevidas paradojas? Voy a demostrar que son verdades.

 

§ I

Jesucristo nuestro Señor, fundador y legislador de su Iglesia, revestido de aquella potestad con que su Padre lo había enviado entre los hombres, desplegó a su tiempo el divino carácter de un profeta poderoso en obras y palabras, siendo hombre por su caridad. Dios por su poder, el Verbo del Padre lleno de gracia y de verdad. La unidad, la paz, la mansedumbre y la caridad fueron los dotes primordiales con que enriqueció a la Iglesia: a esta amada esposa, única depositaria de su espíritu, de su doctrina y sus virtudes, y a quien prometió su asistencia hasta el fin de los siglos. Le anunció el advenimiento del Espíritu Santo, que su Padre enviaría en su nombre como un maestro de la justicia, un doctor de la verdad que confirmase a los hombres en las palabras de vida eterna, que él mismo les había enseñado de viva voz. Éste es aquel espíritu consolador, dedo de la diestra del Padre, a quien fue encomendado el altísimo ministerio de derramar su gracia en los corazones de los fieles para confirmarlos en la fe que profesaron, para confortarlos en las virtudes que prometieron: pues ya se sabe que la fe es un don, y que ni aun sus principios pueden adquirirse con las fuerzas naturales, como definió la Iglesia contra los semipelagianos. Nada omitió el Divino Fundador de cuanto era necesario para el establecimiento, conservación y perpetuidad de su iglesia, que es la "Ciudad de Dios" colocada sobre los montes santos. La proveyó suficientemente de legítimos ministros instituidos por él mismo, no dejando esta divina institución a la arbitrariedad y capricho de los hombres. Estos ministros, elegidos por autoridad celestial, son los pastores de primero y segundo orden, es decir, los obispos y párrocos. San Pablo, en su carta a los fieles de Éfeso, dice que el Señor constituyó a unos apóstoles; a otros, profetas, evangelistas, pastores, doctores, para que cumpliendo cada uno con la gracia que se le comunicó y con el ministerio de que está revestido, atendiese a la perfección de los fieles y tratase de constituir y conservar el cuerpo místico de la Iglesia. Vuestra majestad, señor, ve de un golpe que no entró en el plan de Jesucristo este tribunal llamado la Santa Inquisición, ni para el establecimiento de la Iglesia, ni para su conservación y perpetuidad. El sagrado depósito de la fe, su custodia y defensa fue confiada exclusivamente a los obispos. Depositum custodi, dijo san Pablo a su discípulo Timoteo, obispo de Éfeso. Las mismas instrucciones dijo a Tito, obispo de Creta. Si se congrega el Concilio de Jerusalén sobre los legales, que fue el modelo de todos los concilios, no veo en él sino obispos y párrocos: Apostoli, et Seniori. Después que habló san Pedro, en primer lugar en calidad de primado y cabeza de la Iglesia, tomó la palabra Santiago, obispo territorial, anunciándose como juez legítimo en la primera causa que sentenció la Iglesia en asuntos de religión: Propter quod ego judico. A la verdad, señor, que ni en el catálogo de los ministros de la fe, que enumera san Pablo, ni en el Concilio de Jerusalén encuentro un lugar vacío donde colocar siquiera un inquisidor.

¿Y será necesario este tribunal solamente para corregir y castigar a los rebeldes y contumaces que abandonen la religión que profesaron? Ya hablaré de esto largamente a su tiempo, y haré ver con el Evangelio quiénes son los jueces legítimos a quienes toca la corrección y qué género de castigos puede emplear la Iglesia con los refractarios; pues no debe usar de otros que los que le consignó su Divino Fundador. Bien persuadidos de estas verdades, aquellos primeros pontífices y padres de la Iglesia, que heredaron el espíritu de los apóstoles y recogieron la tradición para transmitirla a la posteridad en sus piadosos y doctísimos escritos, no permitieron que ninguno osase usurparles su legítimo derecho, así en las definiciones de la fe y doctrina establecida, como en la corrección y castigo de los delincuentes; y de aquí es que la Iglesia floreció tanto en sus primeros y hermosos siglos. ¿Se me dirá que no era entonces necesaria la Inquisición porque no había herejías que combatir, ni herejes que castigar? Hubo herejías, y las más terribles y pertinaces que vio la Iglesia. A principios del siglo IV se levantó Arrio, presbítero de Alejandría, negando la generación eterna del Verbo, y que Jesucristo era igual a su Padre. Los padres de Nicea se limitaron a condenar al impío y detestable Arrio como reo de herejía, separándolo de la comunión de los fieles, y dejaron a la potestad secular aplicar las penas civiles que le son propias. El gran Constantino desterró al heresiarca; empero no por eso se cortó la herejía. Mil y mil ramificaciones se esparcieron por toda la Tierra, y fue tal el poder y astucia de esta hidra infernal que casi todo el orbe, dice el padre san Jerónimo, se halló de repente arriano. No hubo herejía que diera más qué hacer a la Iglesia, pues llegó hasta nuestra España con la invasión de los godos. Mas a pesar de todo, aquellos ilustres obispos no usaron de otras armas que las que habían recibido de Jesucristo y los apóstoles. Al cabo de muchos siglos se disipó el arrianismo sin que hiciera falta la Inquisición. Lo mismo sucedió con las otras sectas de nestorianos, eutiquianos, macedonianos, pelagianos y otros monstruos que vomitó el infierno para ejercitar la fe de los católicos. Todas desaparecieron como el humo, y la Iglesia del Dios vivo descolló gloriosa y triunfante de sus más crueles enemigos sin necesitar para nada de la llamada Inquisición.

No se me ocultan los folletos que circulan para alarmar los inocentes pueblos, haciéndoles creer que si llegara a faltar en España la Inquisición, peligraría nuestra fe y pronto desaparecería de entre nosotros la religión de nuestros padres, como si el Señor hubiera confiado privativamente el depósito de la fe a la Inquisición; como si la Inquisición fuera el tribunal competente establecido por Jesucristo y los apóstoles para custodio de la religión; como si la Inquisición fuera la columna y firmamento de la verdad. Señor, los que así hablan insultan el religioso carácter de los españoles, hacen una injuria manifiesta a su piedad, y se obstinan en sostener el escandaloso trastorno que experimentó la venerable disciplina de la Iglesia en el siglo XIII, que fue la época precisa en que apareció con todo su atavío y esplendor este terrible y desconocido tribunal. ¿Y quién ignora que el siglo XIII fue el siglo en que reinaron más que en otros la arbitrariedad, la relajación, las tinieblas, la ignorancia y el error? Siglo fecundo en sucesos funestos, en que el sacerdocio y el imperio casi siempre desunidos ofrecían al mundo el espectáculo de las revoluciones más ruidosas; en que el poder ultramontano se elevó como un coloso y, atisbando siempre la decadencia de las luces, osó invadir los derechos legítimos de las naciones e hizo temblar el trono de los reyes. A par de las decadencias de la disciplina y del derecho canónico ordinario, se hizo el despojo a los obispos de sus divinas atribuciones. Éste, éste era el siglo propio para abortar la Inquisición. Tuvo este tribunal su nacimiento el año 1200, bajo de Inocencio III, con el motivo de perseguir a los albigenses; de suerte que la aurora de su nacimiento fue la aurora de las persecuciones. Después se estableció en Tolosa, capital del alto Languedoc, el año de 1229 y a proporción que iba creciendo en edad, crecía también en poder, en privilegios y en terror, a manera de los ríos que son más caudalosos mientras más se apartan de su origen; pues además de la herejía extendió su conocimiento a otros delitos, cuales son blasfemia heretical, brujería, hechicería, vana observancia, nigromancia, solicitación en la confesión, y hasta la poligamia y sodomía. No se descuidó en vindicar las injurias hechas a sus dependientes, y castigar con la mayor severidad cualquier atentado contra el ejercicio de su jurisdicción. Esta jurisdicción es mixta, compuesta de espiritual y temporal, cómo que es delegada del sumo pontífice y del rey. No hay jurisdicción más privilegiada en toda la Iglesia. La Inquisición se tiene a sí misma por poco menos que exenta de error, como si a ella y no a la Iglesia se le hubiera prometido el don de infalibilidad, al mismo tiempo que ha creído los mayores absurdos, y castigado delitos que no es posible cometer. Porque ¿quién es capaz de creer esos aquelarres, esa raza infernal de demonios súcubos e íncubos, demonios convertidos en sapos y en sapitos, endriagos, brujos y hechiceros que vuelan por los aires, y otros fantasmas, semejantes a la fábula de los vampiros de Lorena y de Polonia? Gracias a las luces del siglo desaparecieron ya todas estas visiones, y la Inquisición, dejó de perseguirlos.

Señor, ninguna nación está obligada por el derecho público y de gentes a admitir en su seno tribunales extraños que [a] nada conducen para su bien espiritual o temporal; pero por nuestra malhadada estrella desde Tolosa pasó este tribunal a Aragón como un astro ominoso, o a manera de una nube opaca, que venía a descargar sus rayos sobre nuestro triste suelo. Omito hablar de la resistencia que hicieron aquellas provincias para admitirlo como enteramente contrario a sus leyes y fueros. Por sólo el hecho de haber venido de la Francia debieron detestarlo. A fines del siglo XV tomó su asiento en Castilla, como en su centro, sin que fuesen bastante a impedirlo sus reclamaciones, porque así convenía a la obscura política de Fernando el Católico.(2) Su primer inquisidor fue fray Tomás de Torquemada, de la orden de Predicadores. El famoso fray Tomás, cuyo nombre no se olvidará jamás en nuestra historia, dictó el primer código para la Inquisición de España, que después se ha variado y aumentado a par que se disminuían los derechos episcopales. Éste es, pues, en compendio el tribunal que los folletos nos predican como el baluarte de la fe y sin el cual nos aseguran que no podrá subsistir entre nosotros la pureza de la religión. Yo preguntaría a sus autores, ¿cómo es que la España guardó intacta su fe desde la abjuración del arrianismo, en tiempo del católico Recaredo, hasta el del establecimiento de la Inquisición? ¿Cómo es que nuestros padres, mezclados por muchos siglos con judíos y sarracenos, conservaron inmaculada su religión sin el puntal de la Inquisición? Folleto hay, señor, que afirma descaradamente que la Inquisición es necesaria en la Iglesia del Dios vivo. ¡Qué error! ¡Qué consecuencias tan absurdas no se siguen de este falso principio! Luego los primeros padres de la Iglesia no conocieron esta falta, que pudieron remediar en tantos venerables concilios que se congregaron de intento para extirpar el error y la herejía. Luego los apóstoles, propagadores del Evangelio, descuidaron la erección de este tribunal creyéndolo oportuno, o es que ignoraron su conveniencia y utilidad. Luego Jesucristo, fundador y legislador de su Iglesia, no la proveyó de todo lo necesario para conservar y perpetuar su fe y su doctrina hasta la consumación de los siglos. ¿Tenía más que crear inquisidores en lugar de obispos y párrocos? A estas consecuencias se exponen los autores de esos escritos. ¡Y no cae una anatema sobre tan despreciables folletos!

Yo no osaré llamar a sus autores infames agentes del despotismo. Acaso unos hablarán por ignorancia y estupidez, otros por conveniencia propia; éstos por una falsa piedad, aquéllos por un celo indiscreto, y el resultado es que a fuerza de gritos y sofismas alucinan y alarman al cándido y sencillo pueblo; empero si estos folletos no merecen más que el desprecio y el castigo, no sucede así con la ruidosa representación dirigida a vuestra majestad por los ocho reverendos obispos que se acogieron en Mallorca; representación que merece toda mi atención y respeto por la profunda veneración que profeso a los primeros pastores de la Iglesia. Está reducida a pedir con instancia a vuestra majestad el restablecimiento de la Inquisición; mas no veo apoyada esta pretensión en autoridades de la Sagrada Escritura, ni de los concilios, ni de los padres como era de esperar. Sólo reparo que citan dos autores gentiles: a Platón, filósofo griego, y a Horacio Flaco, poeta lírico del siglo de Augusto. Dicen que son sucesores de los apóstoles. Ésta es una eterna verdad. ¿Y por qué no los imitan en su carrera apostólica? Pues bien saben mejor que yo, que el buen pastor da su vida por sus ovejas, como hicieron Jesucristo y los apóstoles. Dice que se ausentaron de su diócesis por no exponer el honor de su carácter. No es éste el ejemplo que les ha dado el obispo de Roma, primado y cabeza de la Iglesia. Nuestro muy santo padre Pío VII, digno de eterna memoria, osó arrostrar el inmenso poder del tirano, sin temer ni las cárceles ni el destierro. Semejante a aquellos venerables pontífices y mártires de la primitiva Iglesia, supo sostener la dignidad de su carácter, despreciar las amenazas del fiero usurpador de sus estados y dar a todo el mundo el glorioso espectáculo de un pontífice firme en las tribulaciones, celoso por los derechos de su Iglesia; y que como pastor vigilante no abandonó sus ovejas sino obligado por la coacción y tiranía. Todos nosotros somos testigos de estas virtudes apostólicas, dignas del sucesor de san Pedro, y que admirarán las naciones futuras. ¡Oh! ¡Perezca la historia si no sirve para trasmitir a la posteridad más remota la constancia del primer vicario de Jesucristo!

Dicen también que miran casi abandonados sus hijos, y en peligro de perderse. Ya lo estamos viendo; y ya que se determinaron a fugar, ¿por qué no los exhortan desde allí por medio de pastorales llenas de energía y de unción apostólica? Así se portó san Pablo con los fieles de Roma, de Corinto, de Tesalónica, de Filipos... Así lo hicieron en los primeros siglos de la Iglesia el gran Atanasio(3) y los venerables obispos desterrados de Cerdeña por la fe. No es mi ánimo recorrer por ahora todos los artículos de la representación, en que había mucho qué decir; empero no debo de omitir el punto de disciplina apostólica que me hace más al caso. Afirman estos obispos "que las cosas que pertenecen a la fe se pueden considerar o en cuanto al derecho de declarar las verdades dogmáticas, o en cuanto al hecho de juzgar a los que las niegan. Según la primera consideración, los obispos son los únicos jueces autorizados por Jesucristo para declarar las verdades que pertenecen al dogma; pero tomando las cosas según la otra consideración, esto es, en cuanto al conocimiento de los hechos que dicen relación con las verdades eternas, no hay repugnancia en que otros jueces autorizados por legítima potestad puedan también tener conocimiento en semejantes materias." Tampoco veo que estos prelados citen un solo texto de la Sagrada Escritura, ni cánones de antiguos concilios, ni santos padres para probar que hay otros jueces de la fe que los obispos, tanto para la definición de los dogmas, como para el conocimiento y calificación de los hechos.

Yo observo todo lo contrario en las Actas de los Apóstoles, cuando tratan del Concilio de Jerusalén; en las epístolas de san Pablo y en las actas de los Concilios de Nicea y de Constantinopla sobre las causas de Arrio y de Nestorio, y en ninguna parte hallo tan ingeniosa distinción. Esta disciplina es nueva en la Iglesia de Dios, que por espacio de doce siglos no conoció más jueces de la fe que los obispos, ora con respecto a las decisiones dogmáticas, ora con respecto al conocimiento de los hechos. Ellos, no los inquisidores, son los jueces natos de la fe, establecidos por el mismo Jesucristo; ellos son quos Spiritus Sanctus posuit episcopos regere Ecclesiam Dei, quam acquisivit sanguine suo. No pueden ni deben desprenderse de este derecho divino inherente a su elevado carácter. No hay potestad humana que pueda privarles justamente de esta celestial atribución. Si han estado despojados de ella hasta aquí, deben reclamarla en todos tiempos; a menos que no se quiera seguir en este trastorno general de una doctrina divina y apostólica. El pueblo cristiano tiene derecho inconcuso a ser doctrinado, juzgado y corregido por sus legítimos pastores y jueces; por aquellos jueces que le consignó el mismo Jesucristo y no por jueces extraños constituidos por autoridad humana. Si un español por desgracia llega a delinquir en un artículo o dogma de fe, si la Inquisición lo lleva con el sigilo y los misterios acostumbrados a sus horribles calabozos, y si este desgraciado pide que se le juzgue por el tribunal competente, es decir, por aquellos jueces que Dios le destinó, pues no conoce otros, ¿qué le responderá vuestra majestad?

Vuestra majestad ha dado al pueblo español tribunales legítimos para ser juzgado en las causas civiles y criminales sin que pueda recurrir a otros, ¿y habrá de permitir que en materias de religión sea juzgado o corregido por un tribunal intruso, en la Iglesia en los siglos de la barbarie, con desprecio del legítimo y sagrado tribunal que erigió el mismo Jesucristo? No es de esperar de la piedad y justicia del Congreso. No se me diga que para salvar el derecho de los obispos pueden asistir por sí o por sus vicarios a los juicios de la Inquisición. Porque ¿qué lugar es el que ocupan entre los inquisidores de provincia? ¿Es otro que el último? ¿Tienen más que un voto consultivo que puede ser desechado por los padres conscriptos de la suprema? Más vale que no tuvieran ninguno. ¡Qué indecencia para el sublime carácter episcopal que en un tribunal de fe, de que los obispos son jueces natos, sea postergado su voto a las decisiones de unos simples presbíteros, pues ni siquiera son párrocos! Era menester que el error hubiese echado muy profundas raíces y que la preocupación y la costumbre de ver aplaudidos los abusos hubieran ofuscado la razón humana para haberse conformado con esta viciosa legislación, y para haberla tolerado por tantos siglos, con desdoro y oprobio de las legítimas autoridades. Eran necesarios una ceguedad y aturdimiento inauditos para sufrir por tanto tiempo un tribunal desconocido en los doce primeros siglos de la Iglesia. La Iglesia, señor, es hoy la misma que cuando la estableció su Fundador, y la misma será hasta el fin de los siglos. Vuestra majestad que es el protector de la religión santa que profesa el pueblo español, no debe permitir que sigan en un trastorno espantoso la divina institución de Jesucristo ni los antiguos sagrados cánones por causa de un tribunal intruso, que siendo inútil en la Iglesia del Dios vivo, sólo es un yugo insoportable: Quod nec patres nostri, nec nos portare potuimus. Pero es también diametralmente opuesto a la sabia y religiosa Constitución que vuestra majestad ha sancionado, y que han jurado los pueblos.

§ II

No es menester más que tomar en una mano la Constitución Política de la Monarquía y en otra el código tenebroso y fanático de la Inquisición para demostrar esta verdad. Recórrase el capítulo III de nuestras leyes fundamentales, al título V, y se verá que todo respira en él justicia y humanidad; no sólo conforme a la sana filosofía, sino a la misma religión santa que profesamos. Omito los primeros artículos de este capítulo, y convido a todo español a que medite con detención desde el artículo 300 hasta el 306. En ellos leerá que dentro de las veinticuatro horas se manifestará al tratado como reo la causa de su prisión y el nombre de su acusador, si lo hubiere; que se leerán íntegramente todos los documentos y las declaraciones de los testigos con los nombres de éstos; y si por ellos no los conociere, se le darán cuantas noticias pida para venir en conocimiento de quiénes son. Que el proceso de allí en adelante será público en el modo y forma que determinen las leyes. Que no se usará de tormento ni de apremios. Que tampoco se le impondrá la pena de confiscación de bienes. Que ninguna pena que se imponga por cualquier delito que sea, ha de ser trascendental por término ninguno a la familia del que la sufre, sino que tendrá todo su efecto preciso sobre el que la mereció. Que no podrá ser allanada la casa de ningún español, sino en los casos que determine la ley para el buen orden y seguridad del Estado.

¿Y estos principios luminosos, tan conformes a la justicia como a la recta razón, se ajustarán bien con el modo de enjuiciar del Santo Oficio? ¡Ah, señor! Hay tanta diferencia como puede haberla entre la ilustración y el fanatismo, entre la libertad y la opresión, entre el error y la verdad, entre la luz y las tinieblas. Las Cortes de Valladolid de 1518 representaron con vigor a Carlos V y a su madre, la reina doña Juana, los escandalosos abusos de la Inquisición. Carlos V quiso imitar la política de su abuelo; pero sin embargo expidió una pragmática para contener al tribunal, cuyos artículos 12 y 13 dicen así:

"Item, que los que fueren presos sean puestos en cárcel pública, honesta, tal que sea para guarda y no para pena, y allí se les diga misa y administren los santos sacramentos que el derecho permite. Item, que los presos puedan ser visitados todas las veces que quisieren por sus mujeres e hijos, y deudos y amigos, y letrados y procuradores, y las mujeres lo mismo pública y secretamente." Nada era más conforme a la humanidad y a la justicia. Mas ¿qué sucedió? Que la Inquisición se burló de las Cortes, eludió el decreto del emperador, y continuó en sus excesos de ferocidad y despotismo. Aquí se ve que hizo frente a los mismos reyes a quienes se creía necesaria. No trataré de hacer aquí un extracto del tremendo código inquisitorial por no ser demasiado molesto: lo reservo para hacer después el paralelo; pero este código es tan tenebroso y obscuro como los mismos calabozos del tribunal; código confuso y complicado que abunda de artificios, cavilaciones y tretas vergonzosas muy ajenas de la majestad y santidad de las leyes; código, en fin, que presenta un perfecto sistema de la misma ilegalidad, más propio para buscar reos que no para averiguar los delitos, donde la inocencia corre peligro a par del crimen; que prescribe los castigos más atroces y que es el espanto y terror de la humanidad. Ésta es puntualmente una rápida idea del código inquisitorial, que ha dominado por tantos siglos a los sufridos y pacientes españoles, con vergüenza y oprobio de la religión, lo que tendrán mucha dificultad en creer las generaciones venideras. Léase a Masini en su tratado Práctica de la Santa Inquisición. Regístrese a Páramo Del origen de la Inquisición;(4) y sobre todo véase al famoso Eymeryc en suDirectorio Inquisitorial,(5) comentado por Peña, y allí encontrarán cuanto necesiten para su desengaño los defensores del tribunal, siempre que quieran leerlo con imparcialidad filosófica.

Vuestra majestad ordena en el artículo 291. "La declaración del arrestado será sin juramento que a nadie ha de tomarse en materias criminales sobre hecho propio." ¿Y dónde se prodigan más los juramentos que en este tribunal? Ellos son la base fundamental en que estriba este ruinoso edificio, sin pararse en la irreverencia que se irroga con su repetición al santo y terrible nombre del Señor. ¿Y qué diré de la absoluta inviolabilidad que se ha arrogado la Inquisición con alto disimulo de las potestades de la tierra? ¿Quién ha visto castigar con el rigor de la justicia a un inquisidor? Yo no tengo noticia de otra causa ruidosa que la de Lucero,(6) inquisidor de Córdoba, en tiempo de Fernando el Católico, cuyo expediente paraba hasta ahora poco en Valladolid. Este malvado, que abusó impunemente del colosal poder de su tribunal, que arruinó tantas familias inocentes, dejándolas sumergidas en el llanto y desolación, fue depuesto y desterrado al castillo de Burgos; mas para esta heroica resolución fueron necesarias toda la firmeza y celo apostólico del cardenal Cisneros, inquisidor general, lo que se miró entonces como un prodigio de justicia que ha tenido muy pocos ejemplos. Conforme a la Constitución sólo la persona del rey es sagrada e inviolable; nadie, pues, más que él puede aspirar en lo sucesivo a semejante privilegio.

El pueblo español ha jurado solemnemente su Constitución a la faz de toda la Tierra, para no ser en adelante el juguete y oprobio de las naciones; está pronto y dispuesto a defender y sellar con su sangre esta carta sagrada de sus derechos y libertad política. En ella se establece, como ley fundamental, que la religión católica, apostólica, romana, que es exclusivamente la verdadera, es la religión del Estado y la que la nación protege por leyes sabias y justas. Ningún español podrá atacarla ni por palabra ni por escrito, ni directa ni indirectamente sin pasar por impío y rebelde, pues quebranta una ley primordial de la monarquía; y además de cometer un crimen sujeto a las penas canónicas, se hace igualmente reo y digno de las penas civiles que los tribunales sabrán imponerle. Pero el pueblo(7) español no ha jurado ni jurará jamás sostener la Inquisición; antes al contrario, en el mismo acto de jurar la Constitución, ha jurado virtualmente la abolición perpetua de este odioso y sanguinario tribunal como incompatible con la Constitución, como diametralmente opuesto a sus derechos y libertad civil. Mas yo dije también que la Inquisición es no solamente perjudicial a la prosperidad del Estado, sino contraria al espíritu del Evangelio que intenta defender.

§ III

Tírese una rápida ojeada sobre la faz de la Península después del establecimiento de la Inquisición, y se verá que, desde aquella desgraciada época, desaparecieron de entre nosotros las ciencias útiles, la agricultura, las artes, la industria nacional, el comercio. Examínese la estadística de esta vasta y rica nación y se notará progresivamente su decadencia y despoblación hasta llegar a poco más de diez millones y medio de habitantes, la mayor parte miserables, cuando por la benignidad de su clima, por su localidad y feracidad de su terreno puede sustentar más que doble número. Degradados los españoles de la altura de su antiguo poder y sabiduría, al mismo tiempo que perdían su energía y libertad, caían en el más espantoso abatimiento, perdían su preponderancia y se entregaban insensiblemente al apocamiento y esclavitud. No es fácil calcular hasta qué punto de decadencia hubiera llegado esta magnánima y heroica nación sin la convulsión política originada de la invasión del tirano de la Europa. Pero aún hay más. De una devoción ilustrada, apoyada en la Sagrada Escritura, en los escritos de los padres y otros autores nacionales, eminentes en virtud y literatura, vino a parar en una agradable superstición y en un orgulloso fanatismo que tanto ultrajan a la majestad y santidad de la religión. Se vio abandonada, por lo general, la predicación del Evangelio, se descuidó la instrucción pública y desapareció la práctica de las virtudes sociales que deben formar el carácter del ciudadano católico, y en su lugar se dio acogida a las más pueriles devociones, a prácticas ridículas, a libritos y folletos atestados de cuentos, de visiones, de revelaciones falsas y de milagros fingidos, cuyo conocimiento está reservado exclusivamente a los supremos pastores de la Iglesia.

¿No se encuentra más copia de sagrada erudición, más unción y energía en las obras inmortales de un fray Luis de Granada, de un fray Luis de León, del venerable Ávila [sic], de santa Teresa de Jesús, que en tantos folletos ridículos que casi todos tiran a la superstición y fanatismo? Pero ¡ay de mí!, dos de aquellos varones fuertes, de aquellas almas justas que veneramos como a nuestros padres, no sólo en la pureza y elegancia del idioma, sino en la doctrina y religión santa fueron a parar a los calabozos de la Inquisición. Niéguenlo si se atreven los abogados y patrones de este despótico tribunal. Si la memoria de aquellos ilustres héroes, de aquellos claros varones, que han sido el ornamento y gloria de la patria, no quedó manchada con el borrón de la infamia a que los expuso la Inquisición, fue porque el esplendor de sus virtudes triunfó demasiado de las negras sombras que adornan a ese feroz establecimiento. ¡Desgraciada virtud si se han de apreciar sus quilates por la ignorancia y presunción de los mandones! No es creíble el influjo de autoridad y preponderancia de poder que se adquirió la Inquisición con estos golpes maestros de su política. A vista de estas prisiones detestables se apoderó un terror pánico del espíritu dócil y piadoso de los españoles. Atónitos y sorprendidos al notar que ni las personas más respetables y visibles por su saber, por su santidad y sus virtudes estaban libres de la vara de hierro de este horrible tribunal, ¿qué español, por virtuoso que fuera, se creería seguro de caer en sus garras? Yo quisiera que todos los que me oyen se detuvieran sobre esta reflexión; mas no dudo que vuestra majestad con su imparcialidad y sabiduría le dará todo el peso que se merece.

No fueron éstos los únicos personajes de virtud y literatura que sufrieron el yugo inquisitorial. San Francisco de Borja,(8) san Josef Calasanz,(9) padre y fundador de las escuelas pías, fueron también víctimas de la Inquisición. Y ¡cuántos sabios, cuántos literatos de primer orden no experimentaron la misma triste suerte! Las ciencias y las artes son tan incompatibles con la Inquisición como lo es la luz con las tinieblas. Bastaba distinguirse un sabio para ser el blanco de este tribunal; y a fe que su cálculo era bien fundado, porque debiendo su origen impuro a un siglo de tinieblas, y sostenido siempre por la mano de hierro de los déspotas, se alarmaba a la menor ráfaga de ilustración que pudiera con el tiempo descubrir al mundo su sistema de opresión y tiranía. Este ídolo no pudo sostenerse sino en medio de la obscuridad y del error.

Daré una idea sucinta de los sabios y literatos, ya nacionales, ya extranjeros, que este tribunal sacrificó a su furor y estupidez. A principio del siglo XVII apareció en el teatro de Italia un hombre extraordinario por su saber, a quien las ciencias deben infinito, y al instante fue sepultado en las cavernas de la Inquisición: el inmortal Galileo. Este grande hombre rectificó el verdadero sistema del mundo que en la antigüedad había promovido Pitágoras, que resucitó después Nicolás Copérnico y que últimamente adoptó Newton. Aquí está todo el pecado del filósofo florentino. Es verdad que los inquisidores de aquel tiempo no eran a propósito para entrar en los arcanos de esta filosofía, y procuraron vengarse del filósofo que sabía más que todos ellos. Fue tal la impresión que este bárbaro atropellamiento hizo en el espíritu del célebre Descartes, que según se explica el autor de su vida, pensó quemar todas sus obras filosóficas para que no cayesen en manos del tribunal. Y ¡qué pérdidas hubieran sufrido las ciencias si llegaran a quemarse los escritos del padre de la filosofía moderna! Pico de la Mirándula,(10) a pesar de su alto nacimiento y profunda sabiduría, fue también víctima de la Inquisición. Pedro Ramos(11) sufrió la misma suerte. Ello es que ya sea en persona, ya en sus escritos, apenas hay sabio de nombre que no haya sido perseguido por este tribunal. Entregado por muchos años a la astuta política de los jesuitas, toda obra contraria al sistema tortuoso de la Compañía era proscripta al momento. Díganlo las famosas provinciales de Pascal, que por haber descubierto al mundo el gobierno despótico y máximas corrompidas de la Compañía, fueron proscriptas en el expurgatorio como prohibidas en primera clase, al mismo tiempo que corrían impunes las obras de los casuistas, donde rebosaba la más relajada moral. Díganlo la Historia Pelagiana del sapientísimo cardenal de Noris(12) que fue prohibida por la Suprema. En esta obra insigne se trata del sistema de la gracia según los principios de san Agustín que adoptó la Iglesia, pero era contraria a los principios del jesuita Luis de Molina,(13) y fue por tanto condenada al expurgatorio. Ni bastó la suprema autoridad de Benedicto XIV,(14) para arrancar del índice una obra tan ortodoxa, pues también la Inquisición se atrevió más de una vez a eludir los decretos del romano pontífice. Fue necesario que Fernando VI, indignado del atrevimiento y desobediencia inquisitorial, mandase que el inquisidor general levantara el furioso anatema.

¿Y qué necesidad tenemos de ir a buscar sabios extranjeros perseguidos por la Inquisición? Hay tal abundancia en nuestra España que sería imposible enumerarlos todos. Yo veo en sus garras al diligente y sabio restaurador de nuestra literatura, Antonio de Nebrija, a fray Juan de Villagarcía,(15) catedrático de Oxford, al elegante y culto historiador fray Josef de Sigüenza,(16) a Alfonso de Zamora,(17) catedrático de hebreo en Alcalá, a Cantalapiedra, catedrático de Salamanca, a Diego de Zúñiga,(18) catedrático de Osuna y el muy doctor Francisco Sánchez de las Rosas,(19)reputado en todo el orbe literario por padre y maestro de las instituciones latinas, fue a morir en las cavernas de la Inquisición de Valladolid. Con su infame prisión quedaron sepultadas para siempre sus elegantes traducciones de varias obras de la antigua Grecia. Así fueron presos los Vergaras, Tovares... ¿Qué más? Hasta el incomparable Arias Montano,(20) gloria y honor inmortal de nuestra literatura, estuvo ya para caer en las garras del terrible y sombrío tribunal. Le valió a este sabio de primer orden la consideración de haber presentado en el Vaticano a Gregorio XIII la real Biblia políglota.

Cuando no podía arrastrar con las personas de los autores prohibía o suspendía sus obras para purificarlas. ¡Qué inmensa copia de escritos ortodoxos no ha suspendido la Inquisición sin encontrar en ellos la menor tacha; en prueba de lo cual o los devolvió a sus autores o les dio curso después de su muerte! Que hablen las obras de Fernán Pérez de la Oliva,(21) las del insigne Ambrosio Morales,(22) padre de nuestra historia, las de Gaspar Juenin(23)...; no acabaría si hubiera de enumerarlas todas, ya sean de filosofía, ya de teología, ora de política, ora de moral. Pero donde se apuró más nuestra paciencia fue al ver que nos prohibió por muchos siglos la lectura de la Sagrada Escritura en castellano, como si nuestra hermosa lengua no fuera tan digna de la pureza y majestad de la religión, a manera que lo fueron la hebrea, la griega, la caldea y la latina; como si la Sagrada Escritura no fuera una carta en que el supremo Criador habla a sus criaturas según se explica el padre san Gregorio, como si los españoles fueran indignos de poseer en su lengua nativa la palabra de Dios; como si la España no abundara en todos tiempos de hombres piadosos y sapientísimos que la hubieran vertido escrupulosamente al castellano. Nadie ignora que el pecado del sabio fray Luis de León fue el haber vertido a nuestro idioma el divino libro de los cánticos sin preceder licencia del santo tribunal. Horroriza su conducta atroz y despótica.

Yo sería demasiado molesto si hubiera de presentar al Congreso el inmenso catálogo de sabios y eruditos que el tribunal ha sacrificado a su furor; empero permítame vuestra majestad que no omita la horrible catástrofe de un prelado español digno de eterna memoria, quiero decir, del ilustrísimo y reverendísimo don fray Bartolomé de Carranza,(24) del orden de Predicadores, arzobispo de Toledo. Este sabio compuso un erudito catecismo para la instrucción de su diócesis, que sujetó a la corrección de la Iglesia, como se explica en su prólogo. Hallábase en Torrelaguna visitando su obispado, cuando he aquí que le echa mano la formidable Inquisición. En vano reclamó el prelado su carácter y los augustos privilegios de su sagrada persona. Entonces se vio a los mastines furiosos arrojarse con impudencia sobre su propio pastor y devorarlo. La Europa entera quedó atónita y escandalizada al ver a un arzobispo de Toledo, primado de las Españas, varón doctísimo y muy recomendable por su alta dignidad, su ciencia y sus virtudes, arrastrado diez y seis años por los calabozos de la Inquisición. ¡Qué horror! ¡Qué desenfreno y osadía de tribunal! Es verdad que este terrible acontecimiento, uno de los mayores de nuestra historia política y eclesiástica, se obró a la sombra de un rey, el más a propósito para autorizar estos golpes de arbitrariedad y despotismo. Ya se sabe que hablo de Felipe II.

¿Y cuál fue el resultado de esta tragedia sacrílega? Que el reverendo arzobispo murió pocos días después de su libertad; que su catecismo fue aprobado en una de las congregaciones del Concilio de Trento para eterna confusión del tribunal, a pesar de sus manejos e intrigas, para quedar siempre en buena reputación. ¿Y es posible que se haya sufrido hasta ahora tan monstruoso establecimiento con pretexto de religión? ¿Y es posible que haya todavía quién suspire por tributar adoraciones y perfumes al becerro de oro? Filósofos, teólogos, historiadores, estadistas, políticos, oradores, poetas, artífices, artesanos, comerciantes... hasta los mismos sencillos labradores, que son el apoyo principal de la nación, no escaparon de su vara de hierro. En una palabra, hombres y mujeres, pobres y ricos, sabios e ignorantes, inocentes y culpados, justos y pecadores... a todas las clases del Estado ha espantado este tribunal con el terror de su poder. ¿Y qué cuerpo político, qué sociedad, por buenas leyes que tenga, podrá prosperar mientras subsista en su seno este tribunal farisaico? Todo lo atisba, todo lo persigue, todo lo destruye con pretexto de religión y de sostener el Evangelio. Veamos ahora si su conducta se conforma con las sagradas máximas de este código divino, porque yo senté que la Inquisición es contraria al espíritu del Evangelio que intenta defender, lo que es el punto más importante de esta disertación.

Nadie ignora, señor, la gran diferencia que media entre la ley antigua y la nueva ley. Acostumbrados los hijos de Israel a la esclavitud de Egipto bajo el yugo de los faraones, conservaron siempre aquel carácter de ferocidad y dureza, de que dieron repetidas pruebas, así en el desierto como después de establecidos en la tierra de Canaán. A un pueblo de tan dura cerviz le convenía una ley dura que reprimiese su altiva condición; empero al advenimiento del Mesías todo mudó de aspecto, y una ley de mansedumbre, de paz y de caridad, vino a consolar a los afligidos mortales, iluminando a los que yacían sentados en las tinieblas y en las sombras de la muerte. Ésta es la ley evangélica, es decir, aquella ley de gracia prometida a los patriarcas, vaticinada por los profetas, esperada por los justos, traída por Jesucristo, que es el mismo autor de la mansedumbre, de la paz y de la caridad, predicada por san Pablo, el doctor de las naciones, defendida por Agustino, el más grande de los padres; ley que dictó el mismo Verbo Eterno, que ilumina a todo hombre que viene a este mundo; ley que enseñó con su predicación, que afirmó con sus milagros, y que selló con su sangre sobre la cruz. Todas las páginas del Nuevo Testamento no respiran sino dulzura y mansedumbre, paz y caridad, piedad y misericordia, que son los caracteres propios y primordiales de nuestra religión; de esta religión santa, augusta, sublime, divina, que no pudo revelarnos la carne ni la sangre, sino el Padre Celestial. Todos los documentos que nos dio el Divino Fundador se encaminan a ejercitar en los cristianos los principios de eterna caridad, sin haber uno solo que propenda ni a la dureza, ni a la coacción, ni a la, violencia, ni menos la crueldad, lo que sería muy ajeno del celestial pastor que vino a salvar las ovejas perdidas de la casa de Israel. El poder de su gracia le trajo discípulos, el ejemplo de su continua caridad se los conservó. Esta religión reprueba por principios la violencia y persecución, detesta la coacción e inhumanidad. Santiago y san Juan fueron despreciados en una ciudad que iban a convertir a la fe; llevan las quejas a su maestro y le piden licencia para hacer bajar fuego del cielo sobre la ingrata Samaria. ¿Y qué les respondió Jesucristo? No sabéis de qué espíritu sois. El hijo del hombre no vino a perder las almas sino a salvarlas. De esta divina respuesta entendieron los hijos del Zebedeo que la esencia de esta religión consiste en la mansedumbre(25) y caridad. En ella y recostado sobre el pecho del Señor, aprendió san Juan aquel tierno amor con los prójimos, que, tanto recomienda en sus epístolas. Cuando san Pedro sacó la espada para defender a su maestro en el huerto de las Olivas, le mandó el Señor que la envainara como una arma que sería prohibida en su Iglesia. ¿Y qué necesidad tenía Jesucristo de atraer a los hombres por vía de la coacción, cuando podía formar de las mismas piedras hijos de Abraham?

Toda su vida fue un continuado prodigio de estas excelsas virtudes, que son el patrimonio de la Iglesia católica y con las que admitió en su seno sin distinción al griego y al romano, al judío y al gentil. Los apóstoles promulgadores del Evangelio, recogieron esta doctrina y siguieron las propias máximas. El que no imite estos modelos, ni será buen ministro, ni será buen cristiano. Pero es menester confesarlo. Toda sociedad bien organizada, además de sus leyes y estatutos, debe establecer sus premios y castigos. "Predicad el Evangelio a todas las criaturas, dice el Señor, instruyéndolas en su obligación. El que creyere y recibiere el Bautismo se salvará, y el que no, se condenará." ¿Pero si hay rebeldes? ¿Pero si hay herejes? ¿Pero si hay apóstatas? Ya el mismo Legislador asignó individualmente el castigo que merecían. "Si pecare tu hermano, dice Jesucristo, corrígelo a solas; si no hiciere caso, reprehéndelo delante de dos o tres testigos; si se resiste, denúncialo a la Iglesia; y si no escuchare a la Iglesia, repútalo por un gentil y publicano, lo que se entiende por la excomunión o separación de los fieles." Éste es todo el castigo que les impone el mismo legislador y fundador. Los que sientan lo contrario, que me señalen otro si se atreven. Aquí tenemos ya el origen de aquellas penas canónicas de que usó la Iglesia en sus primeros y felices siglos; éstas son puntualmente las que emplearon los apóstoles, que no pudieron engañarse, pues estaban bien instruidos en la divina tradición. Con ella castigó san Pablo al incestuoso de Corinto por un crimen tan feo cual no se había visto entre los mismos gentiles. Qualis nec inter gentes. El incestuoso se corrigió y fue de nuevo admitido al seno de la Iglesia. Caen en errores contra la fe Himeneo y Alejandro: el apóstol los separa de la comunión de los fieles para que no se atrevan otra vez a blasfemar; los abandona al poder de Satanás y da cuenta de esta providencia al obispo de Éfeso; providencia digna del grande apóstol, que la aprendió del mismo Jesucristo. Igual instrucción dio al obispo de Creta cuando le dijo: huye de tratar con el hereje después de haberlo corregido una y dos veces. No encuentro, señor, en el Nuevo Testamento otro castigo para los herejes y apóstatas que la excomunión. Ésta es la única arma de que usaron los apóstoles, los antiguos concilios, los primeros pontífices y padres de la Iglesia. Aquellos ilustres obispos y clarísimos mártires supieron derramar su sangre por la fe y al mismo tiempo intercedían por los mismos que les daban la muerte.

Ya oigo ponderar la carta de san Agustín al donatista Vincencio,(26) en que le dice que es lícito recurrir a la potestad civil para castigar los herejes. ¿Y qué significa esto? Aun cuando uno u otro padre de la Iglesia, atendida la calamidad de los tiempos se inclinase a esta opinión, no puede hacer fuerza, porque ningún padre es infalible. Este don sólo pertenece a la Iglesia. Y sobre todo ¿qué es lo que dice san Agustín? ¿Dice por ventura que atormenten a los herejes con garruchas y sogas, con potros y fuego lento? ¿Dice que los condenen a las llamas? Nada menos que eso. Es necesario conocer los monstruos que produjo la herejía de Donato. Los discípulos de este heresiarca llenaron todo el oriente con el terror de su crueldad, protegidos por la potestad civil. Rebautizaban por fuerza a los católicos, saqueaban y demolían los templos, asesinaban los sacerdotes y obispos a los pies de los altares, les quemaban los ojos con cal viva y cometían otros horrores que estremecen la humanidad; en virtud de lo cual arguye el santo padre a Vincencio que era lícito a los fieles implorar la protección y castigo de los magistrados para contener aquellas furias. Eso nosotros lo confesamos, y todo cuerpo político, toda sociedad bien ordenada, debe proteger la seguridad del ciudadano con leyes justas, como ha hecho vuestra majestad con la sabia Constitución que nos ha dado. "El castigo que se os aplica a vosotros, dice san Agustín a los donatistas, se procura más bien que os sirva de advertencia para salir de vuestro error que de verdadero castigo. Quo potius admoneremini ab errore ab discedere, quam pro scelere puniremini." Bien sé que me replicarán que el santo padre dice también que conviene usar con los apóstatas de alguna coacción para que vuelvan al seno de la Iglesia; y yo no debo disimular nada hablando a vuestra majestad. Pero es necesario saber que muchos donatistas persistían en la secta, no por capricho, no por voluntad, sino por el temor de los suyos que los perseguían de muerte, y solicitaban reconciliarse con la Iglesia al abrigo de las leyes. El mismo san Agustín exhorta al procónsul de África que tenga piedad hasta con los más ingratos e impíos y que no les quite la vida. Los donatistas dan muerte a un sacerdote católico, mutilan a otro; y sin embargo el santo doctor intercede con el conde Marcelino para que no condene a muerte a los asesinos. Léanse sus cartas. ¿Y se podrá decir después que el padre san Agustín apoya los monstruosos excesos de la Inquisición?

¿Y qué diré de aquellas lumbreras clarísimas de la Iglesia, los Hilarios, Gerónimos, Crisóstomos, Irineos...(27) que no podían oír ni el solo nombre de coacción cuando se trataba de religión o de fe? Mientras más nos acercamos a los principios de la Iglesia, se ve más pura y más respetada la tradición, semejante a los arroyos, cuyas aguas son más cristalinas cuanto más se acercan a su nacimiento. Allí, allí es donde se debe averiguar la conducta de la Iglesia, que no empleaba con los herejes sino ya la persuasión, ya la suavidad, ora la predicación, ora el ejemplo, y siempre la caridad y mansedumbre. Vamos a ver ahora la conducta progresiva del Santo Oficio desde su fundación. Apenas apareció, llenó de terror y espanto a todos los pueblos de Europa que tuvieron la desgracia de admitirlo.(a) Mas yo me coarto a nuestra España. Mariana(28) y Zurita,(29) célebres historiadores, llaman espanto la íntima sensación que causó en los aragoneses y castellanos el horrible espectáculo de los sangrientos castigos con que se estrenó la Inquisición con los desgraciados pueblos. No acostumbrados hasta entonces sino a ser corregidos por sus propios pastores, extrañaron justamente una novedad tan contraria al espíritu de la Iglesia. ¿Y quién es capaz, señor, de desenvolver el plan complicado y tortuoso de un tribunal caviloso en sus juicios, misterioso en sus manejos, obscuro en sus procedimientos, absoluto en su poder, independiente en su autoridad, invulnerable en sus privilegios, despótico en sus sentencias y sangriento en su ejecución? Yo me meto en un caos de tinieblas, cuyas sombras no dieron jamás entrada al resplandor de la luz. ¿Y qué mayor prueba de su injusto proceder? El que obra mal aborrece la luz, dice el Evangelio. No se me crea, pero léanse las instrucciones que forman su terrible código y se verán las más absurdas cuestiones que trastornan la jerarquía de la Iglesia, de que sólo apuntaré una u otra. Ya dije antes que desde el momento que el Santo Oficio se estableció en España comenzó a decaer la jurisdicción episcopal tan recomendada en las Sagradas Escrituras. ¡Qué competencias tan ruidosas no hubo entre ambas jurisdicciones! ¡Qué recursos! ¡Qué escándalos! Algunos obispos trataban de sostener sus divinos privilegios, y la Inquisición de quitárselos. Al fin, sostenido el error por el brazo del despotismo, triunfó de la verdad.

Los obispos quedaron privados de calificar la doctrina de la fe, cuyo depósito les fue encomendado, y pasó esta facultad a los nuevos jueces, con asombro de toda la Europa. Yo no admiro tanto la osadía y arrogancia del tribunal, cuanto la serenidad de algunos obispos españoles. ¿Qué mucho, pues, que en las obras del inquisidor Páramo, del inquisidor Eymeric, de otros autores inquisitoriales que componen el código del Santo Oficio, se hagan seriamente las siguientes preguntas que va a oír vuestra majestad? ¿Un inquisidor es más que un obispo? Y responden: . ¡Qué impía y detestable doctrina! Preguntan asimismo: ¿Los obispos pueden leer los libros prohibidos? Y responden que no, pero sí los inquisidores... la indignación no me permite proseguir. Si esto es contrario o no al espíritu del Evangelio, júzguelo cualquiera. Estos autores abominables corren impunemente a la sombra poderosa del tribunal, a quien ensalzan con vilipendio e ignominia del altísimo carácter episcopal. Es incomprensible cómo hay obispos que reclamen el establecimiento de un tribunal que no le ha dejado más que una vana sombra de autoridad. Los de Mallorca nos dicen en la citada representación que han quedado salvos sus derechos episcopales... que ponderamos los supuestos daños que siguen a la jurisdicción ordinaria eclesiástica... Grandemente. Si es así, ¿cómo no califican por sí mismos los escritos que pertenecen a la fe y buenas costumbres? ¿Cómo no prohíben los libros que atacan la religión? ¿Cómo no conocen la pura y recta administración de sacramentos a que pertenece el feo crimen de solicitación? ¿Cómo se dejaron atar las manos para absolver de la herejía mixta de interna y externa, y eso aunque no sea por opinión sino por accidente? Pues de todo esto y mucho más se han dejado despojar los obispos arrogándoselo la Inquisición. Los obispos, señor, a quienes Jesucristo entregó principalmente las llaves del reino de los Cielos para atar y desatar ¿no pueden en España conocer de algunos pecados y absolverlos? ¡Qué escándalo en la Iglesia de Dios! ¿Hubieran sufrido este atentado los Dionisios y Ciprianos, los Ambrosios y Agustinos...?(30) La Iglesia de España, tan recomendable en todo el orbe cristiano por su santidad, por la pureza de su doctrina, por el rigor de su disciplina, establecida y conservada en tantos concilios nacionales, fue vulnerada en sus legítimos derechos y vino a quedar como sujeta a un tribunal desconocido hasta el malhadado siglo XIII. No perdió su fe ni manchó su doctrina, ya por la divina protección que el Señor ha dispensado en todos tiempos a esta porción nobilísima de la Iglesia católica, ya por la firme adhesión de los españoles a la fe de sus padres; pero se ha hollado sus cánones, se atropelló su disciplina, se obscureció su fama, desapareció su brillantez, y se desfiguró la hermosura y belleza de esta hija de Sión. Oprimida de amargura y de dolor reclama imperiosamente, por su antiguo decoro y dignidad, y alza sus manos puras hacia el cielo para lamentarse de la degradación y envilecimiento a que la redujo este horrible tribunal. Vide, Domine, et considera, quoniam facta sum vilis. ¿Qué más? La Inquisición se ha entrometido hasta en designar los sitios de los confesonarios, usurpando esta prerrogativa a los ordinarios. Léase la representación de Quiñones,(31) deán de Granada, a Carlos IV, que contiene el atropellamiento en este asunto de Santo Oficio de aquella ciudad. Véase la consulta que el señor Tavira,(32) a la sazón obispo de Osma, hizo al mismo rey contra los atentados del tribunal. Este docto y piadoso prelado se queja amargamente de los enormes abusos de la Inquisición, con humillación y envilecimiento de su dignidad. Él, y no yo, hablando de las causas de fe es quien dice al rey: que a todo el cuerpo de sus obispos de su reino ya no ha quedado más que una vana sombra de autoridad. En otro tiempo se había quejado al rey el venerable Palafox de las tropelías del Santo Oficio.

¿Y quién puede dudarlo? La Inquisición no sólo arrebata con violencia los feligreses de un obispado, ora sean seglares, ora eclesiásticos, ora curas, sin contar con los obispos para nada, sino que arrebata a los mismos obispos; a manera de un lobo hambriento y voraz, que, después de robar y devorar las ovejas, acomete y se lleva al pastor. Ya queda indicado lo que hizo con el ilustrísimo Carranza. Lo mismo estuvo para hacer con don Hernando de Talavera,(33) primer arzobispo de Granada, y con los obispos de Calahorra y de Segovia, a quienes pretendió formar causa como si fueran súbditos suyos. Así lo dice el inquisidor Luis del Páramo, uno de sus más clásicos escritores, que no puede ser sospechoso. Su idea era intimidar a los obispos con estos golpes de arbitrariedad, confundirlos, aterrarlos, para que le dejaran el campo libre, y al mismo tiempo hacer ostentación de su prepotencia para con los pueblos. Nada es más pomposo y admirable que el encabezamiento de sus edictos. Aquí está: "Nos los inquisidores apostólicos contra la herética pravedad y apostasía... a todas las personas de cualquiera calidad y condición que sean... salud en nuestro señor Jesucristo, que es verdadera salud, y a los nuestros mandamientos que más verdaderamente son dichos apostólicos, firmemente obedecer y cumplir."

Señor, ¿se conciliará este lenguaje petulante y orgulloso con el lenguaje del Evangelio, que es el de la dulzura, de la sencillez y de la humildad? ¡Qué diferente es el lenguaje que ha usado siempre la Santa Sede! ¿No se confunden de oír, por ejemplo, Pío VIIobispo, siervo de los siervos de Dios? ¡Qué contraste! Éste, éste [es] el idioma propio y peculiar de la Iglesia que le enseñó su Fundador. Aprended de mí, decía Jesucristo a todos los hombres, que soy manso y humilde de corazón. ¿Y no hablaría también con los inquisidores?

Pero donde se conoce más cuán diferente es el espíritu de la Inquisición del espíritu evangélico, es en el modo de formar las causas, de sentenciarlas y ponerlas en ejecución. Este asunto gravísimo era más digno de una pluma inquisitorial que de la mía. Yo tiemblo, señor, al verme obligado a hablar de la conducta de un tribunal eclesiástico para con los hombres, ya sean reos, ya sean inocentes; lo que ofrece un mar inmenso de tristes reflexiones, aunque no haré más que tocar rápidamente el asunto. Él ha admitido abiertamente en su seno la maledicencia y la calumnia, la delación y la venganza. "Hace verdades, decía el venerable Palafox, las que son atroces calumnias... y lo que es más, defiende lo hecho con la misma jurisdicción(34)de su tribunal, de suerte que como hombres afrentan y como inquisidores se vengan." El mismo Palafox(35) que habla así, no sólo sufrió la prohibición de su pastoral, sino que el tribunal dejó correr cuantas calumnias se publicaron contra el venerable prelado, porque así convenía a su política. ¿Y qué maravilla es que hayan perecido millares de víctimas, ya en destierros, ya en sus obscuros calabozos, ora en las prisiones y tormentos, ora en las hogueras homicidas.(b) El secreto profundo e inviolable, bajo pena de excomunión, es como el alma del Santo Oficio, porque así encubre mejor sus abusos, y en esto se diferencia principalmente de todos los tribunales del mundo. Inspira, o mejor diré, ordena una obediencia ciega a sus mandatos, como si fuera la misma infalibilidad, y no es responsable a nadie de lo que ejecuta. Manda la pesquisa, encubre la denuncia, protege el espionaje y, contra todas las leyes de la naturaleza, intima con imperio la acusación recíproca de las personas que más amamos. No importa que con pretexto de conservar la fe el padre acuse al hijo y el hijo al padre, el marido a su mujer y la mujer a su marido, hermanos, parientes, amigos... todos, según el espíritu del tribunal, están obligados a observarse, denunciarse y acusarse mutuamente aunque sea con notable perjuicio del Estado. Un comisario del Santo Oficio, acompañado de su alguacil y sus ministros, está autorizado para allanar impunemente las casas, aunque sea a media noche con un silencio misterioso, y arrancar un padre del seno de su familia, inspirándola un terror pánico, pues ni aun se le permite decir el último a Dios, a su consorte y a sus hijos, condenados a una eterna infamia, que es el único patrimonio que este desgraciado padre puede transmitir a su posteridad. Generaciones enteras, aun antes de existir, están sentenciadas, no sólo a la pobreza y mendiguez, sino a la ignominia y al oprobio. Así es como el Santo Oficio priva de un golpe a la sociedad de útiles y laboriosos ciudadanos, que sepulta en sus infectos calabozos. Aún inventó más. En el edicto que llaman de fe, promulgado todos los años en los pueblos donde reside este exótico tribunal, convida generalmente a que se delaten a sí mismos todos los que teman ser delatados por otros; a los que cumplan dentro de un cierto término promete perdón; pero con los que se resistan no habrá misericordia: serán arrestados, confiscados sus bienes y sufrirán las demás penas de la ley.

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