DOI: 10.19130/coreecom.clh.2019

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Corpus documental

 

6.4.A.3.I-1

Archivo: General de Indias (Sevilla)
Referencia: Patronato, 245, R,8
Zona geográfica: Península Ibérica - Corte
Sexo del escribiente: Masculino
Fecha: 1583
Destinatario: Católica Real Majestad

Origen Dialectal: Indígena - Nahua
Origen étnico-Social: Indígena - Principal
Tipo de documento: Formal
Variedad textual: Carta
Periodo: 1575-1599

Resumen del contenido:
Don Fernando de Moctezuma, bisnieto de Moctezuma Xocoyotzin, relata la forma en la que su bisabuelo apoyó la empresa de la Conquista en México y por ello pide la vara de Alguacil Mayor de la Ciudad de México.

Característica del documento: El documento se encuentra en buen estado; el tipo de letra es humanística. Se utiliza ‘v’ como vocal y consonate: vn, venido. En ocasiones no se diferencia ‘v’ de ‘b’. Se registra ere mayúscula: Real. Vacilación vocálica en lijitimo. No hay puntuación.

Recopilación/edición/revisión: Beatriz Arias Álvarez/ Mauro Alberto Mendoza Posadas./Mauro Alberto Mendoza Posadas


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Edición paleográfica Edición crítica

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C. R. Md.

Don Fernando Moteçuma hijo lijítimo de donJuo de Andra
da Moteçuma visnieto de Moteçuma señor quefue delasyn
días oçidentales queoy sonla nuebaespaña de V.Md. digo q’
mi bisabuelo El Principado delas dichas yndias y Reynan
do como Sr. lijitimo y absoluto en la cibdad de Mejico y pro
uincias dela dha nuebaespaña Porsercasado como lo hera
con Teitalco susobrina aquienleperteneçia El señorioy
propiedad detiempo y memorial antesporserhija comolo
auiasido desuhermano mayor del dicho Moteçuma difunto
que abiaposeydo porsubçesion desuspadres y pasados quietay
pacificamte. todos aquellos Reyos y señoríos llegoenaquellas
costas don Hernando Cortes conquistador dellas porsu magd
ymperial yabiendotenido notiçia El dho Moteçuma desto
y ser pororden desu magd. degloriosa memoria ∫eembio aseg
rar consusvasallos depaz conmuchos presentesyriquezade
aquellatierra ofreciendoledepaz latierraylaentrada enel
y trayendolos aladicha cibdad de Mejico leshizo a El yaloσ
que con el venían muybuenoyleal ospedaje y recibimiento
contodasucorte y haciendo del dicho Marques ydelosque
conelvenian tantaconfiança queselesentregoasiyasuhijo
y cetro Real alaobediencia ypoderio desumagd, ymperial
ydeldicho marques ensuRealnombre alqual enseñaldefe
Aposento ensuscasas pasandoseelaotras yleprocurosusten
Tar enlagracia y obediencia detodossus súbditos yenesta


{1r}
Católica Real Magestad//1 Don Fernando Moteçuma, hijo lijítimo de Don Juan de Andra-/2da Moteçuma, visnieto de Moteçuma, Señor que fue de las In-/3días Ocidentales que oy son la Nueba España,de Vuestra Merced digo que/4 mi bisabuelo, El Principado de las dichas Indias y reinan-/5do como Señor lijítimo y absoluto en la Ciudad de Méjico y pro-/6vincias de la dicha Nueba España por ser casado, como lo hera,/7 con Teitalco, su sobrina, a quien le pertenecía el señorío y/8 propiedad de tiempo y memorial antes por ser hija, como lo/9 avia sido, de su hermano mayor del dicho Moteçuma, difunto,/10 que abía poseído por subcesión de sus padres y pasados quieta y/11 pacíficamente todos aquellos Reios y señoríos. Llegó en aquellas/12 costas Don Hernando Cortés, conquistador dellas por su Magestad/13 Imperial, y abiendo tenido noticia el dicho Moteçuma desto/14 y ser por orden de su Magestad, de gloriosa memoria, se embió aseg-/15rar con sus vasallos de paz con muchos presentes y riqueza de/16 aquella tierra, ofreciéndole de paz la tierra y la entrada en él;/17 y trayéndolos a la dicha Ciudad de Méjico les hizo a él y a los/18 que con él venían muy bueno y leal ospedaje y recibimiento/19 con toda su corte y haciendo del dicho Marqués y de los que/20 con él venían tanta confiança que se les entregó a sí y a su hijo/21 y cetro Real a la obediencia y poderío de su Magestad Imperial/22 y del dicho Marqués en su Real nombre, al cual en señal de fe/23 aposentó en sus casas, pasándose él a otras y le procuró susten-/24tar en la gracia y obediencia de todos sus súbditos y en esta ///25


1.lemantubo y amparo pacifico por tiempo deunaño despuesdel
2.qual subcediendo ellebatamiento yrebelion delosyndios porno
3.sesauerconseruar algunosdelos soldados christianos conmayor
4.ahinco yesfuerço ybuenosmedios trabajo enReducirlosyapaçi
5.guarlos al serujo desumagd. ymperial hastaquetratando deste
6.mesmo serujo Porsaluaryamparar al Marques yasugente lema
7.taron susmesmos vasallos muriendocomomurio en v.R. serujo
8.y quedarõ todos sus señorios yestados debajo de v. Real Coronav 9.enlaq’l desdeestonçes ansimismo quedaronye∫tan otrosmuchos
10.bienes y Riquezas tierras Pueblos yotros muebles quetodos heran
11.deladote y patrimonio libre de Teitalco mi bisabuela muger
12.ligitima y sobrinadeldicho moteçuma todoloq’l vbo deauer y
13.herasuyo dedoñaysabel de Moteçuma hija delosdichos moteçuma
14.y Teitalco como heredera vniuersal suya comosuhija unica
15.ligitima y por El consiguiente meperteneçian amimuchapartede
16.suspatrimonios comoasudeçendiente ligitimo deldicho matri
17.monio hijoquesoy yElmayor delos queagora viben deldicho
18.don Juan de Moteçuma mipadre quefue Elhijo mayor ysubçe
19.sor deladicha doñaysabel deningunos delosqualesvienes y tierra
20.hasta agora senosahechomerced porquelosmasdellos sepusierõ
21.en vuestra Real Corona comoagoraestan enella y otros serepar
22.tieron entre otras muchas personas quealpresente lasposeen como
23.consta delaynformaçiõ hechapor mandado de V.Md. enla dicha
24.nuebaespaña ydel parezer queenesta razonda la Realaudiençia
25.de Mejico declarando auersido los dichos vienesdotales y pa
26.trimonialesdelos dichos mis abuelos ydebersemepor El dichoti
27.tulo hazen merced dela q’l ynformacion y parezer hize presentaciõ
28.enelconsejodeyndias y por respecto detodolosusodicho semedierõ
29.seyscientos pesos encadaunaño enpueblos bacos conformealas nu
30.ebas leyes loqual noessuficiente parasustentarme conformeala calidad
31.demipersona porqueamuchos hijos deconquistadores ypobladores seles
32.ahecho merced de muchamas cantidad quantomas semedeuehazer


{1v}
le mantubo y amparó pacífico por tiempo de un año, después del/1 cual, subcediendo el lebatamiento y rebelión de los indios por no/2 se saver conservar algunos de los soldados christianos con mayor/3 ahínco y esfuerço y buenos medios, trabajó en reducirlos y apaci-/4guarlos al servicio de su Magestad Imperial, hasta que tratando deste/5 mesmo servicio por salvar y amparar al Marqués y a su gente le ma-/6taron sus mesmos vasallos, muriendo como murió en Vuestro Real servicio/7 y quedaron todos sus señoríos y estados debajo de Vuestra Real Corona,/8 en la cual desde estonces ansimismo quedaron y están otros muchos/9 bienes y riquezas, tierras, pueblos y otros muebles que todos heran/10 de la dote y patrimonio libre de Teitalco, mi bisabuela, muger/11 ligítima y sobrina del dicho Moteçuma, todo lo cuall ubo de aver y/12 hera suyo, de Doña Isabel de Moteçuma, hija de los dichos Moteçuma/13 y Teitalco, como heredera universal suya, como su hija única,/14 ligítima y por el consiguiente me pertenecían a mí mucha parte de/15 sus patrimonios, como a su decendiente ligítimo del dicho matri-/16monio, hijo que soy y el mayor de los que agora viben del dicho/17 Don Juan de Moteçuma, mi padre, que fue el hijo mayor y subce-/18sor de la dicha Doña Isabel, de ningunos de los cuales vienes y tierra/19 hasta agora se nos a hecho merced, porque los más dellos se pusieron/20 en vuestra Real Corona como agora están en ella y otros se repar-/21tieron entre otras muchas personas que al presente las poseen como/22 consta de la información hecha por mandado de Vuestra Merced en la dicha/23 Nueba España y del parezer que en esta razón da la Real Audiencia/24 de Méjico, declarando aver sido los dichos vienes dotales y pa-/25trimoniales de los dichos mis abuelos y debérseme por el dicho tí-/26tulo; hazen merced de la cual información y parezer hize/27 presentazión en el Consejo de Indias y por respecto de todo lo susodicho. Se me dieron/28 seiscientos pesos en cada un año en pueblos bacos conforme a las nu-/29ebas leyes, lo cual no es suficiente/30 para sustentarme conforme a la calidad/31 de mi persona, porque a muchos hijos de conquistadores y pobladores se les/32 a hecho merced de mucha más cantidad, cuanto más se me deve hazer///33


1.ami porser deçendienteligitimo de untangran Sr. quedemas de
2.auerseruido a V.Md. consu Reyo y señorios murió en Vuestro Re
3.al serujo y ansimismolohizo mipadre veniendo arrepresentar
4.todos estos Respectos enestos Reynos ytanbien murioenesta
5.corte vn Hermanomio concuyas venidas hequedado pobreyne
6.cesitado
7.Porloqual a V.Md. suppco. sesirua dehazermemerced delcargo >perpetuo<
8.delauara dealguacilmayordelaciudad de Mejico y haçien
9.dosmeladichamerced haredezaciõ delos seysscientos pesos queseme
10.dieron y delademasmerçed queporestederecho pretendo y por
11.Noauer cumplido Eltiempo porqueesta proueyda aguardareque
12.El dicho cargo uaque y no abiendo lugar alosusodicho suppco. a
13.V.Md. semehaga merced enlacantidad deloscincomillpesos deminas
14.quetengopedido de Renta enloq’l Reçebire bienymerced.


{2r}
a mí por ser decendiente ligítimo de un tan gran Señor que de más de/1 aver servido a Vuestra Merced con su Reio y señoríos, murió en Vuestro Re-/2al servicio; y ansimismo lo hizo mi padre, veniendo a representar/3 todos estos respectos en estos Reinos; y tanbién murió en esta/4 corte un hermano mío con cuyas venidas he quedado pobre y ne-/5cesitado, por lo cual a Vuestra Merced suplico se sirva de hazerme merced del cargo >perpetuo

 

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