DOI: 10.19130/coreecom.clh.2019

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Corpus documental

 

6.2.A.3.E-2

Archivo: General de la Nación (México)
Referencia: Inquisición, Vol. 22, Exp. 6
Zona geográfica: Península Ibérica - Corte (Baeza)
Sexo del escribiente: Masculino
Fecha: 1537
Destinatario: Su Señoría

Origen Dialectal: Península Ibérica - Corte (Baeza)
Origen étnico-Social: Español
Tipo de documento: Formal
Variedad textual: Petición de información
Periodo: 1525-1549

Resumen del contenido:
Escrito que contiene la petición de Alonso de la Serna para recabar información para su defensa y presentar testigos.

Característica del documento: El tipo de letra es cortesana. El documento se encuentra en buen estado. Se emplea sigmas: arçobiσpado, ese larga: te∫tigos, do∫∫. Uso de ‘v’ con valor de vocálico: vn. Se registra sancto, pero también otubre. Hay vacilaciones vocálicas: opusiciones. No hay puntuación.

Recopilación/edición/revisión: Anabel Eugenia Oyosa Romero/Idanely Mora Peralta



Edición paleográfica Edición crítica

{159 r}

+
1. en la muy noble çibdad de çibdad rreal
2. de la dioçisi y arçobiσpado de toledo treze
3. diaσ del mes de otubre año del nas çimito
4. de n’ro salvador jhu xpo de mill e qujnientos e treynta
5. e siete años antel muy rreverendo señor liçençiado
6. juan bravo vesitador general en la dha çibdad rreal
7. y arçiodanazgo decalatrava por el yllmo errmo señor
8. don juan de vera por la divina miseraçion cardenal dela
9. sancta iglia de rroma arçobispo de toledo primado delas
10. españaσ chançiller mayor deca∫tilla e y en presençia de mj
11. luys de sosa notario publico a po∫tolico ydela avdiençia ar
12. çobiσpal dela dhaçibdadrreal ydelos te∫tigos yuso scriptos
13. paresçio presente un honbre que se dixo por su nombre alonso
14. dela serna natural que ansi mysmo se dixo ser decanena
15. lugar ejuridiçion dela çibdad de baeça el qual dho alonso de
16. la serna es vn pubre moreno mediano de cuerpo y unaσ
17. barbas largas con canas ytiene enelcarrillo del la doyz
18. quierdo una señal de herida junto al parpado del ojo y
19. enel lado yz quierdo otra señal deherida que de çiende de
20. çerca dela sien alcarrillo y en los dienteσ al coσ dela boca
21. del lado drcho un diente que brado algo moreno ypresençio
22. y por mj el dho notario leer fizo una carta rrequesitoria del
23. rreverendisimo señor don frayjuan de çumarraga primero
24. obispo dela gran çibdad de mexico dela nueva es paña e yn
25. quisidor apo∫tolico contra la heretica pravedad e a po∫tasia
26. enla dha çibdad e obispado en fin della firmada de su señoria
27. y rre frendada de mjn decanpos secretario y en las eσpal
28. daσ della sellada con vn sello segun que por la dha carta rre
29. queçitoria pareσçio cuyo tenor eσ e∫te que se sigue


{159r}
En la muy noble ciudad de Ciudad Real/1 de la diócisi y arçobispado de Toledo, treze/2 días del mes de otubre año del nascimiento/3 de Nuestro Salvador Ihesu Christo de mil e quinientos e treinta/4 e siete años, ante el muy reverendo señor licenciado/5 Juan Bravo, vesitador general en la dicha Ciudad Real/6 y arciodanazgo de Calatrava, por el ilustrísimo e reverendísimo señor/7 don Juan de Vera, por la divina miseración, cardenal de la/8 sancta Iglesia de Roma, arçobispo de Toledo, primado de las/9 Españas, canciller mayor de Castilla e y en presencia de mí,/10 Luis de Sosa, notario público apostólico y de la Audiencia ar-/11çobispal de la dicha Ciudad Real, y de los testigos yusoescriptos,/12 paresció presente un hombre que se dixo por su nombre Alonso/13 de la Serna, natural que ansimismo se dixo ser de Canena,/14 lugar e juridición de la ciudad de Baeça, el cual dicho Alonso de/15 la Serna es un pubre moreno, mediano de cuerpo y unas/16 barbas largas con canas y tiene en el carrillo del lado iz-/17quierdo una señal de herida junto al párpado del ojo, y/18 en el lado izquierdo otra señal de herida que deciende de/19 cerca de la sien al carrillo, y en los dientes al coz de la boca,/20 del lado derecho, un diente quebrado, algo moreno, y presenció/21 y por mí, el dicho notario leer fizo una carta requesitoria del/22 reverendísimo señor don fray Juan de Çumárraga, primero/23 obispo de la gran Ciudad de México de la Nueva España e in-/24quisidor apostólico contra la herética pravedad e apostasía/25 en la dicha ciudad e obispado, en fin della firmada de su señoría/26 y refrendada de Martín de Campos, secretario, y en las espal-/27das della sellada con un sello, según que por la dicha carta re-/28queritoria paresció, cuyo tenor es este que se sigue:///29


{159 v}
1. nos don fray juan de çumarraga por la graçia de dioσ
2. y dela sancta iglia de rroma primero obispo dela gran çibdad
3. de mexico de∫ta nueva es paña e ynqujsidor a po∫tolico cõ
4. trala heretica pravedad e a po∫tasia ene∫ta dha çibdad yen
5. todo n’ro obispado porel yllu∫trisimo yrreverendisimo
6. señor don alonso manrrique cardenal de loσ doze apo∫toleσ
7. arçobiσpo de sevilla e ynquisidor general en todoσ loσ
8. rreynoσ eseñorioσ de su mage∫tad e fazemoσ saber
9. a voσ loσ muy rreverendoσ señoreσ ynquisidoreσ dela
10. çibdad de çibdad rreal y dela çibdad de baeça y aloσ señoreσ
11. provisoreσ ofiçialeσ e vicarioσ generaleσ delaσ dhaσ çibdadeσ
12. como Ante noσ paresçio alonso dela serna vezino de∫ta dha
13. çibdad preso por e∫te santo ofiçio sobre yenrrazon quel dho
14. fiscal del dho santo ofiçio le acusa y dize ser el dho alonso
15. dela serna casado do∫∫ vezes siendo la primera muger biba
16. la primera vez en çiudad rreal con una muger que se dize
17. frantçisca criada que fue de un juan dela serna difunto
18. y la segunda vez ene∫ta dha çibdad de mexico con catalina depaz
19. yel dho alonso dela serna njega aver se casado do∫∫ vezeσ maσ
20. de vna vez ene∫ta dha çibdad conla dha catalina depaz con q’en
21. al presente e∫tacasado segund que mas larga mente se
22. contiene en loσ autos de opusiçioneσ que ante noσ a
23. presentado y desuso declarado yque por quanto tiene
24. los te∫tigoσ de que sobre e∫ta dha rrazon se en tiende a pro
25. vechar enesaσ dhaσ çibdades de çibdad rreal yde baeça por
26. ende que por quel quiere yr personal mente a eσpaña
27. a hazer la provança delo susodho yque e∫tando como
28. e∫ta preso pore∫te santo ofiçio no la puede yr a hazer


{159v}
Nos, don fray Juan de Çumárraga, por la gracia de Dios/1 y de la sancta Iglesia de Roma, primero obispo de la gran Ciudad/2 de México desta Nueva España e inquisidor apostólico con-/3tra la herética pravedad e apostasía, en esta dicha ciudad y en/4 todo nuestro obispado, por el ilustrísimo y reverendísimo/5 señor don Alonso Manríquez, cardenal de los doze apóstoles,/6 arçobispo de Sevilla e inquisidor general en todos los/7 reinos e señoríos de Su Magestad e , fazemos saber/8 a vos, los muy reverendos señores inquisidores de la/9 ciudad de Ciudad Real y de la ciudad de Baeça y a los señores/10 provisores oficiales e vicarios generales de las dichas ciudades,/11 como ante nos paresció Alonso de la Serna, vezino desta dicha/12 ciudad, preso por este Santo Oficio, sobre y en razón quel dicho/13 fiscal del dicho Santo Oficio le acusa y dize ser el dicho Alonso/14 de la Serna casado dos vezes, siendo la primera mujer viva,/15 la primera vez en Ciudad Real con una muger que se dize/16 Frantcisca, criada que fue de un Juan de la Serna, difunto,/17 y la segunda vez en esta dicha ciudad de México con Catalina de Paz,/18 y el dicho Alonso de la Serna niega averse casado dos vezes más,/19 de una vez en esta dicha ciudad con la dicha Catalina de Paz, con quien/20 al presente está casado, segund que más largamente se/21 contiene en los autos de opusiciones que ante nos a/22 presentado, y desuso declarado y que por cuanto tiene/23 los testigos de que sobre esta dicha razón se entiende apro-/24vechar en esas dichas ciudades de Ciudad Real y de Baeça, por/25 ende que porque él quiere ir personalmente a España/26 a hazer la provança de lo susodicho y que estando como/27 está preso por este Santo Oficio no la puede ir a hazer.///28


{160 r}

1. por ende que noσ pedia ypidio le mandasemoσ soltar
2. dela dha prision dando fianças llanaσ y abonadaσ p’a
3. yr ybolver con la provança que Asi fiziere enel ter
4. mjno que por noσ le fuere señalado et otro le diesemoσ
5. n’ra carta de rreçivitoria con ter mjno con venjble para
6. voσ loσ dhoσ señoreσ ynquisidoreσ yprovisoreσ y vicarioσ
7. generaleσ ypara cada vno de vos para quel pueda fazer
8. su provança çerca delo susodho para la qual prueva fazer
9. lo dimoσ en fiado A fiadoreσ que se obligaron en forma
10. yle dimoσ yasignamoσ termino de año ymedio vltra
11. marino primero siguiente que comenzaron a correr deσde
12. oy sabado veynte e vn diaσ del meσ de otubre dela f∫a
13. de∫ta carta dentro del qual dho ter mjno le mandamoσ hi
14. ziese la dha provança yla formase an te noσ personal
15. mente con a perçibimiento que le hezimos quel dho
16. ter mjno pasado hariamoσ yde termjnariamoσ aq’llo
17. que fue seju∫tiçia por que os pedimoσ por nro señores
18. yde parte deju∫tiçia os rrequerimos ydela nra mucho
19. rrogamos que siel dho alonso dela serna paresçiere an
20. te voσ o ante qual quier de voσ o su procurador en σu
21. nombre dentro del dho termjno e oσ presentare e∫ta
22. nra carta de rreçivitoria fagare pareσçer ante voσ
23. o ante qual quier de vos los testigos quel o su procu
24. rador en σu nombre pre sentare sobrela dha rrazon e
25. paresçidoσ tomeys erresçibaye delloσ ydecada uno
26. delloσ juramento en forma so dho del qual leσ pre
27. gun teyσ y mandeys preguntar por un ynterroga
28. torio que el o su procurador ante voσ presentara


{160r}
Por ende que nos pedía y pidió le mandásemos soltar/1 de la dicha prisión, dando fianças llanas y abonadas para/2 ir y bolver con la provança, que así fiziere en el tér-/3mino que por nos le fuere señalado, et otro le diésemos/4 nuestra carta de recivitoria con término convenible para/5 vos, los dichos señores inquisidores y provisores y vicarios/6 generales, y para cada uno de vos, para que él pueda hazer/7 su provança cerca de lo susodicho, para la cual prueba fazer/8 su probança cerca de lo susodicho para la cual prueba fazer/9 lo dimos en fiado a fiadores que se obligaron en forma/10 y le dimos y asignamos término de año y medio ultra-/11marino primero siguiente, que comenzaron a correr desde/12 oy sábado veinte e un días del mes de otubre de la fecha/13 desta carta, dentro del cual dicho término le mandamos hi-/14ziese la dicha provança y la formase ante nos personal-/15mente, con apercibimiento que le fezimos que el dicho/16 término pasado haríamos y determinaríamos aquello/17 que fuese justicia, porque os pedimos por monseñores/18 y de parte de justicia os requerimos, y de la nuestra mucho/19 rogamos que si el dicho Alonso de la Serna paresciere an-/20 te vos o ante cualquier de vos o su procurador en su/21 nombre dentro del dicho término e os presentare esta/22 nuestra carta de recivitoria, fagare parescer ante vos/23 o ante cualquier de vos los testigos que él o su procu-/24rador en su nombre presentare sobre la dicha razón e/25 parescidos, toméis e rescibáis dellos y de cada uno/26 dellos juramento en forma, so dicho del cual les pre-/27guntéis y mandéis preguntar por un interroga-/28torio que él o su procurador ante vos presentará.///28

 

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