DOI: 10.19130/coreecom.clh.2019

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Corpus documental

 

6.4.B.5.E-1

Archivo: General de la Nación (México)
Referencia: Inquisición 61, Vol. 90, Exp.9.
Zona geográfica: Nueva España - Yucatán
Sexo del escribiente: Masculino
Fecha: 1578
Destinatario: Muy Ilustres Señores

Origen Dialectal: Desconocido
Origen étnico-Social: Desconocido
Tipo de documento: Formal
Variedad textual: Denuncia
Periodo: 1575-1599

Resumen del contenido:
Fray Pedro de Noriega describe los sucesos que han realizado, Don Guillén de las Casas gobernador de la provincia de Yucatán y Rodrigo de Escalona corregidor de Yucatán, en contra de los clérigos que habitan en esa demarcación. Fray Pedro de Noriega se queja de malos tratos del gobernador y del corregidor.

Característica del documento: El documento se encuentra en buen estado, aunque falta un folio. El tipo de letra es humanística. Se registra eszet ‘ß’ en una ocasión: proßezo. Se utiliza ‘u’ y ‘v’ con valor vocálico y consonántico: vna, auia. Como signos de puntuación se emplea coma, paréntesis, diagonal, dos puntos, punto e interrogación final.

Recopilación/edición/revisión: Ángela Campos García/Idanely Mora Peralta



Edición paleográfica Edición crítica

Muy illes sores
2. por el descargo de mi consciencia y la obligación que tengo de christiano escribo a v. sa.
3. estos pocos renglones dando quenta de algunas cosas que por aca pasan poco chiristi
4. nas en esta tierra ynfelice en que nunca ha auido paz ni Justicia despues que en
5. ella se planto la fe y agora la ay menos que hasta aqui y lleva terminos de
6. acabar con la fe sino le van a la mano a algunas de sus muchos desatinos: De
7. muchos de los quales es causa y principio Don guillen de las casas goveror de estas pro
8. vincias, y un su corregidor llamado Ro de escalona el qual en un pueblo de los mas
9. avezinados de la tierra, que se dize Maní el primer dia de pascua de resurection pro
10. xima pasada llevo unos grillos a la yglesia del convento de n’ra orden que alli esta fun
11. dado para se los echar al guaran de el hizo lo desnudar delante de todo el pueblo/ es
12. tando a punto de dezir misa para se los echar no se dixo misa aquel dia por esta causa
13. hizo pregonar que no diesen a los religiosos servicio sin su mandado, ni menos acudiesen
14. a reparar la yglesia auque se estuviera cayendo fue a la cozina del convento a quitar
15. las panaderas y el servicio que tenian y lo llevara al cabo si un español no le fuera a la
16. mano: todo quanto hizo dize lo hizo por orden del goveror y el mismo governador ha
17. confesado que le mando echar los grillos al sobre dicho guaran y prenderle y quitarla
18. comida a losreligios, como todo consta por el proßezo E ynformacion que un Juez eclesiastico
19. hizo a mi pedimiento sobre los negocios, el qual, siendo Dios servido, embiare a v.sa. con un
20. religioso con brevedad, porque agora al presente por yrse ya la barca no ay lugar de lo embiar
21. Es el goveror de estas provincias tam poco pio, como yo he visto en mi vida, como parescera por
22. sus obras y palabras, si se hiziere de ellas fiel pesquisa, y por lo que parescera a ver re
23. sultado de lo que intento hazer queriendo prender al dicho relogioso y quitarnos las limosnas
24. desbocase tan desenfrenadamente contra el papa y la yglesia, que podria facilmente llenar
25. pliegos de sus locuras, quien se aplicase a ello con algun estudio guardandole el lado y
26. plega a Dios que el sea catholico y no venga a hazer algun grande mal en esta tierra
27. que quando se quiera Remediar sea tarde Entre otras muchas cosas que dize de las que
28. yo he sabido/ son las que van dentro de esta carta por si apunctadas Advierto a v.sa.
29. que el pe Dean de esta yglesia a quien tiene dadas en esta terra sus vezes para oyr de casos
30. del sancto offo no tiene tanto credito quanto es menester para lo que esta encomendado: es
31. particularmente sospechoso el presente negocio, y tanta que estando en este convento


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Muy ilustres señores:/1 por el descargo de mi consciencia y la obligación que tengo de christiano escribo a vuestra señoría/2 estos pocos renglones dando cuenta de algunas cosas, que por acá pasan, poco cristi-/3nas en esta tierra infelice en que nunca ha habido paz ni justicia. Después que en/4 ella se planto la fe y agora la hay menos que hasta aquí y lleva términos de/5 acabar con la fe sino le van a la mano a algunas de sus muchos desatinos, de/6 muchos de los cuales es causa y principio don Guillén de las Casas, gobernador de estas pro-/7vincias, y un su corregidor llamado Rodrigo de Escalona, el cual en un pueblo de los más/8 avecinados de la tierra, que se dize Maní, el primer día de pascua de resurection pró-/9xima pasada, llevó unos grillos a la iglesia del convento de nuestra orden que allí está fun-/10dado para se los echar al guardían de él. Hízolo desnudar delante de todo el pueblo es-/11tando a punto de decir misa para se los echar no se dijo misa aquel día por esta causa./12 Hizo pregonar que no diesen a los religiosos servicio sin su mandado, ni menos acudiesen/13 a reparar la iglesia aunque se estuviera cayendo. Fue a la cocina del convento a quitar/14 las panaderas y el servicio que tenían, y lo llevara al cabo si un español no le fuera a la/15 mano. Todo cuanto hizo, dice, lo hizo por orden del gobernador y el mismo gobernador ha/16 confesado que le mando echar los grillos al sobre dicho guardián y prenderle y quitar la/17comida a los religiosos, como todo consta por el processo e información que un juez eclesiástico/18 hizo a mi pedimento sobre los negocios, el cual, siendo Dios servido, enviaré a Vuestra Señoría con un/19 religioso con brevedad, porque agora, al presente, por irse ya la barca, no hay lugar de lo enviar./20 Es el gobernador de estas provincias tan poco pío, como yo he visto en mi vida, como parecerá por/21 sus obras y palabras, si se hiciere de ellas fiel pesquisa, y por lo que parecerá aver re-/22sultado de lo que intentó hacer, queriendo prender al dicho religiosos y quitarnos las limosnas./23 Desbocase tan desenfrenadamente contra el Papa y la iglesia, que podría fácilmente llenar/24pliegos de sus locuras quien se aplicase a ello con algún estudio guardándole el lado; y/25 plega a Dios que él sea católico y no venga a hacer algún grande mal en esta tierra,/26 que cuando se quiera remediar sea tarde; entre otras muchas cosas que dice de las que/27 yo he sabido/ son las que van dentro de esta carta por si apunctadas. Advierto a Vuestra Señoría/28 que el padre deán de esta iglesia, a quien tiene dadas en esta tierra sus veces para oír de casos/29del Sancto oficio, no tiene tanto crédito cuanto es menester para lo que esta encomendado. Es/30 particularmente sospechoso el presente negocio, y tanta que estando en este convento///31


1. y cibdad escandalizados de las palabras del dicho goveror a penas se hallava un
2. religioso que por descargo de las consciencias de todos osase de anunciar del y aun
3. de seglares he entendido que entre ellos se tiene el mismo rezelo, ni se hallaran
4 .con libertad para dezir del lo que sienten y son en esta tierra de tal humor y
5. tan christianos, que muy facilmente se perjuran los mas honrados atrue que
6. de no ser echados de su sinagoga de que luego son echados con mucha molestia los
7. honrran la verdad la razon de tan poca fe como el governador y ser como es su confe
8. sor y vez que recibe del absolucion siendo un hombre de su fuerte y tan perni
9. ciosamente desconcertado en sus cosas. Aunque digo esto. no pongo tacha en este pl
10. mas advierto de lo que pasa para que v.sa. provea lo que mas convenga al bien
11. universal de esta tierra y al servicio de Dios n’ro sor el cual de a v.sa. su Di
12. vino amor y gracia de este convento de la madre de Dios de Merida de Yucatan
13. y de mayo 9 de 1578 años
14. besa las manos de v.s. su menor capellan
15. Fray Pedro de Noriega provincial de Yucatan.


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y ciudad escandalizados de las palabras del dicho gobernador, a penas se hallaba un/1 religioso que por descargo de las consciencias de todos, osase de anunciar dél y aun/2de seglares he entendido que entre ellos se tiene el mismo recelo, ni se hallarán/3 con libertad para decir del lo que sienten, y son en esta tierra de tal humor y/4tan christianos que muy fácilmente se perjuran los más honrados a trueque/5 de no ser echados de su sinagoga de que luego son echados con mucha molestia. Los/6 honran la verdad la razón de tan poca fe como el gobernador, y ser como es su confe-/7sor y vez que recibe de él absolución siendo un hombre de su fuerte y tan perni-/8ciosamente desconcertado en sus cosas. Aunque digo esto: no pongo tacha en este pleito,/9 mas advierto de lo que pasa para que Vuestra Señoría provea lo que más convenga al bien/10 universal de esta tierra y al servicio de Dios nuestro señor, el cual dé a Vuestra Señoría su di-/11vino amor y gracia de este convento de la madre de Dios; de Mérida de Yucatán/12 y de mayo 9 de 1578 años./13 Besa las manos de Vuestra Señoría su menor capellán/14 fray Pedro de Noriega provincial de Yucatán///15



{142r}


1. las palabras de don guillen de las casas goveror de estas provincias que en ellas han
2. dado escandalo y sonado mal en los oydos de algunos son las siguientes
3. la primera que prenderia al obpo y le embarcaria/ y no solamente al obpo
4. pero aun al papa
5. hase puesto vezes aprobar con Razones muy se proposito que es unas que el obispo
6. que en tierra del Rey no ay Jurisdiction sino la del Rey
7. hablando sobre los asientos de la yglesia, dize que el darlos es del Rey y no
8. del obispo que el papa no tiene que mandar ay: ni puede dar una silla ni quitarla
9. ni tiene que ver en la yglesia, sino en sus ceremonias y sacrificios: y sino/ que
10. miren como el sor visorrey lo ha con el señor obispo en Mexico
11. que el papa no le podia a el castigar salvo por las cosas de la ynquisición
12. hablando en la misma platica sobre jurisdictionez y de quien se derivan en quien
13. dixo que e la tenia del consejo y el consejo del Rey: y preguntado que el Rey de
14. quien la tenia/ respondio que de dios significando ser supremo en la yglesia
15. a lo que del se entendio teniendo attencion a lo que se yba a purando en la platica
16. que a el pertenesce el castigar de las ydolatrias y manda a los yndios que acu
17. dan a el sobre ellas y no al sor obispo y assi un su corregidor castigo a un ydola
18. tra que tenia preso el goveror y dize el dho goveror que esta muy bien hecho y que
19. lo pueda hazer
20. que los frayles no tienen que mandar en sus yglesias que manden en sus celdas:
21. el si: y puede poner su silla Junto al altar y visitar los ornamentos de n’ras
22. sacristias
23. queriendo el pueblo de çiquipach hazer una cruz con su manga, como la sue
24. len tener comunmente los otros pueblos, respondioles que hiziesen una de
25. palo, y pintasen una manta/ y queriendo hazer el pueblo de chixulul hazer
26. una casulla, respondio lo mismo.
27. preguntado que ya que mandaua prender a quel pl guaran y traer le a esta
28. cibdad con tanta deshonrra como lo auia mandado: que porque no daba parte
29. a su prelado/ respondio que no lo auia menester, que el podia hazer lo que hazia
30. muy bien
31. que aun que sor Juo baptista baxase del çielo no creeria cierta cosa sobre
32. que estaba porfiando
33. que primero a Dios, y luego al Rey y despues al papa
34. honrandole el sor obispo en la pcession del jueves sancto y combidando le que
35. se llegase al patio del sanctissimo sacramto, se agravio dello mucho diziendo que como
36. que en su casa y a donde el auia de mandar hazia aquello el sor obispo
37. advirtiendose le que sobre cierto negocio metiese una petición al sor obispo, se agravio
38. dello mucho diziendo que como auia de hablar por petición a quien el podia
39. mandar
40. Ro de escalona su corregidor queriendo que los yndios no hiziesen caso de un Juez
41. ecclesiastico que yba a hazer una ynfoon y defendiendoles con pena de car
42. çel y otras amenazas no fuesen a Jurar, dixo a loa yndios quien pensais vo
43. sotros que son estos Juezes eclesiasticos que vienen a escondidas y no osan
44. parescer delante de los que tienen la vara del Rey? los del Rey vienen publi
45. camente y son rescebidos con trompetas mandando a los pueblos que no vayan
46. sin su licencia a dezir sus dichos delante de ellos: y diciendo les tambien/ que


{142v}
las palabras de don Guillén de las Casas, gobernador de estas provincias que en ellas han/1 dado escándalo y sonado mal en los oídos de algunos, son las siguientes:/2 la primera, que prendería al obispo y le embarcaría/ y no solamente al obispo,/3 pero aún al Papa,/4 hace puesto veces aprobar con razones muy de propósito que es unas que el obispo/5 que en tierra del rey no hay jurisdiction sino la del Rey;/6 hablando sobre los asientos de la iglesia, dice que el darlos es del Rey y no/7 del obispo que el Papa no tiene que mandar ahí, ni puede dar una silla ni quitarla,/8 ni tiene que ver en la iglesia, sino en sus ceremonias y sacrificios; y sino que/9 miren como el señor Visorrey lo ha con el señor Obispo en México,/10 que el papa no le podía a él castigar salvo por las cosas de la Inquisición./11 Hablando en la misma plática sobre jurisdictiones y de quién se derivan, en quien/12 dijo que e la tenía del consejo y el consejo del Rey. Y preguntado que el rey de/13 quién la tenía, respondió que de Dios significando ser supremo en la iglesia,/14 a lo que de él se entendió, teniendo atención a lo que se iba apurando en la plática/15 que a él pertenece el castigar de las idolatrías y manda a los indios que acu-/16dan a él sobre ellas y no al señor obispo y así un su corregidor castigó a un idóla-/17tra que tenía preso el gobernador y dice el dicho gobernador que está muy bien hecho, y que/18lo pueda hacer,/19 que los frailes no tienen que mandar en sus iglesias, que manden en sus celdas./20 Él sí, y puede poner su silla junto al altar y visitar los ornamentos de nuestras/21sacristias,/22queriendo el pueblo de Ciquipach hacer una cruz con su manga, como la sue-/23len tener comúnmente los otros pueblos. Respondioles que hiciesen una de/24 palo y pintasen una manta, y queriendo hacer el pueblo de Chixulul hacer/25 una casulla, respondió lo mismo./26 Preguntado que, ya que mandava prender a aquel principal guardián y traerle a esta/27 ciudad con tanta deshonra como lo había mandado, que por qué no daba parte/28 a su prelado, respondió que no lo había menester, que él podía hacer lo que hacía/29 muy bien,/30 que aunque señor Juan Bautista bajase del cielo no creería cierta cosa sobre/31que estaba porfiando/32 que primero a Dios, y luego al Rey y después al Papa,/33 honrándole el señor obispo en la procesión del Jueves sancto y combidándole que/34 se llegase al patio del sanctissímo sacramento. Se agravió dello mucho diciendo que cómo/35 que en su casa y a dónde él havía de mandar hacía aquello el señor obispo,/36 advirtiéndosele que sobre cierto negocio metiese una petición al señor obispo. Se agravió/37 dello mucho diciendo que cómo havía de hablar por petición a quien él podía/38mandar/39 Rodrigo de Escalona, su corregidor, queriendo que los indios no hiciesen caso de un juez/40 eclesiástico que iba a hacer una información, y defendiéndoles con pena de cár-/41cel y otras amenazas no fuesen a jurar; dijo a los indios: ‘¿quién pensáis vo-/42sotros que son estos jueces eclesiásticos que vienen a escondidas y no osan/43 parecer delante de los que tienen la vara del Rey?’ Los del Rey vienen públi-/44camente y son rescebidos con trompetas mandando a los pueblos que no vayan/45 sin su licencia a decir sus dichos delante de ellos, y diciéndoles también que:///46


1. en castilla manda el Rey aun alcalde de su corte que vaya y corte la cabeça
2. aun obispo y va y se la corta luego a la hora
3. estando el mismo Ro escalona descomulgado, y diziendole que mirase que avia
4. yncurrido en otra excomunion por cierta cosa que avia forciblemente sacado de
5. la yglesia: respondio que no se tenia por excomulgado que libre estava quando
6. a Dios, y que no se le daba nada destas descomuniones
7. De algunas destas cosas soy yo testigo de vista, de otras he sido ynformado de religiosos
8. de palabra y por cartas que tambien son testigos de vista y de otras se por uia de
9. otras personas: de todas entiendo se hallara sufficiente probança, fielmente si se haze la ynformación
10. Fray Pedro provincial
11. de Noriega de Yucatán


{143r}
en Castilla manda el Rey a un alcalde de su corte que vaya y corte la cabeza/1 a un obispo, y va y se la corta; luego a la hora,/2estando el mismo Rodrigo Escalona descomulgado y diciéndole que mirase que había/3 incurrido en otra excomunión por cierta cosa que había forciblemente sacado de/4 la iglesia, respondió que no se tenía por excomulgado, que libre estaba cuando/5 a Dios y que no se le daba nada destas descomuniones./6 De algunas destas cosas soy yo testigo de vista, de otras he sido informado de religiosos/7de palabra y por cartas que también son testigos de vista y de otras sé por vía de/8 otras personas. De todas entiendo se hallará suficiente probanza, si fielmente se hace la información./55 Fray Pedro de Noriega provincial de Yucatán.///56

 

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